25/10/08

Financiarización y Estado capitalista (4/5)


Financiarización y el papel del Estado

Eduardo Gutiérrez y Daniel Albarracín


Revista Viento Sur nº101


4. Un Estado con prioridades distintas: guardando las espaldas del poder económico.

El proceso de financiarización no es solamente un fenómeno propiciado por una crisis de rentabilidad, que se arrastra desde finales de los años 70, sino que también está animado por la política económica y por la forma de Estado de los últimos treinta años, que ha apostado por una regulación flexible, o a veces incluso una desregulación deliberada. En este periodo hemos asistido a una creciente liberalización de la política monetaria (tipos de cambio e interés, disminución de los instrumentos e intensidad de intervención de los bancos centrales, liberalización movimiento de capitales, etc…) y de los mercados financieros. Además, la política fiscal ha alentado el desvío del capital hacia esta esfera financiera, en un contexto de titularización masiva, empezando por los déficit y deuda públicos, la privatización de los sectores públicos, y la gestión de los fondos de pensión de empleo. Además se ha permitido el incremento del endeudamiento, con el impulso de una dinámica de ostentación que posterga constantemente hacia el futuro la devolución de lo adeudado, hasta el paroxismo de la irresponsabilidad. En cierto modo, podríamos decir, que el sistema desregulado ya esta “descontando el futuro”, y nos preguntamos qué graves hipotecas se ciernen sobre él.

La dejación a este respecto tiene sus víctimas propiciatorias. Cuando parecían recuperarse las tasas de rentabilidad de nuevo la crisis sobreviene (crisis de demanda –aumento del endeudamiento de las familias-, crisis de sectores fundamentales como la construcción en detrimento del empleo, crisis de liquidez general del sistema, etc…), y las tasas de acumulación y tasas de inversión se estancan. Los últimos gobiernos están apostando por una línea contraria a la necesaria, que sería una fuerte reinversión de beneficios en renovación tecnológica y productiva de las empresas, de las economías, consumos, y movilidad de las sociedades desarrolladas para conseguir recuperar los equilibrios medioambientales básicos, dentro de la capacidad ecológica del planeta. Es en esta perspectiva donde la mera propuesta de cambio de “modelo económico” que se añade a las reclamaciones sindicales, pierde pie, y se queda en una solicitud retórica ante el muro que supone la intensa financiarización, que succiona, desvía y canaliza beneficios, pero no hacia la inversión productiva, necesaria para ese imprescindible transito tecnológico, ambiental y social de la economía española, y tanto da, de la economía-mundo.

No parece necesaria mucha argumentación para poner de manifiesto la expansión de las actividades financieras en la economía global. Desde la plataforma explicita que el denominado Consenso de Washington supuso para habilitar las inhibiciones de regulación de estas actividades, la proliferación de instituciones y activos/derivados financieros no han hecho sino crecer exponencialmente, no sólo en dimensión absoluta de fondos administrados, sino en términos relativos al tamaño y dimensión de las actividades mercantiles, y productivas (Álvarez, I;2007). Una estrategia de valorización del capital, alimentada por las políticas comentadas, que alcanzo su paroxismo en 1998, cuando los representantes de EEUU, en el Comité de Política Fiscal de la OCDE, impusieron sus tesis sobre el control y listas de paraísos fiscales, echando al traste toda la doctrina acumulada desde los años 70, abriendo paso a una definición de “paraíso fiscal” ó territorio “off-sort” basada tan sólo en la colaboración y transparencia[1].

Como de forma contundente e ilustrativa han puesto de manifiesto muchos autores, cualquier intervención política mínima, pasaría necesariamente por exigir un nivel de información y transparencia equivalente a la de cualquier actividad bancaria. Para ello se necesita de datos que no están disponibles en la actualidad (2005), y que no parece que vayan a estarlo en un futuro próximo. En todo caso será una “miopía analítica” focalizar las urgentes regulaciones en los HF, ya que por ejemplo en España, el 95% de todos los constituidos están en manos de Bancos (65% del patrimonio total gestionado por HF en España), y Cajas de Ahorro (30%).

Se corre el riesgo de que la cuestión pueda ser sorteada por los poderes políticos españoles con un canto al autogobierno, con recomendaciones de prudentes conductas (como tan sólo significa Basilea II). Iría contra la opinión de los servicios técnicos más especializados en estas “rapaces financieras”, que reclaman tener en cuenta que:”El problema principal viene del hecho de que no se puede apostar por una autorregulación por parte de las empresas en esta materia” (CNMV.2007).

Creemos necesario ir más lejos, siendo inexcusable cuestionar algunos aspectos de los mercados financieros y del gobierno corporativo de las empresas con líneas de regulación de la siguiente orientación, que atacando al síntoma también responden al síndrome:
- Limitar el poder de decisión política de los accionistas en el gobierno de las empresas que “invierten” sin un propósito de eficiencia duradera, sin más fin que “especular” (comprar para vender), con una presencia en las empresas de corta duración, o situaciones que ponen en colisión “el obtener valor para el accionista” frente a la viabilidad de las empresas.

- Mejorar los sistemas de registro del accionariado, personalizando la responsabilidad en la gestión de las empresas en tanto que empleadores y “emprendedores”, mediante una regulación de la “función socioeconómica” de la inversión, que determine objetivos a cumplir por las empresas y los propietarios de las mismas.

- Reconocer y dar fuerza de ley a la negociación colectiva, y el papel de los sindicatos de trabajadores respaldados democráticamente, sobre el gobierno de las empresas, con mecanismos que hagan factible el cogobierno (desde la cogestión al control de los trabajadores), especialmente en casos en las que haya un vacío de “responsables empresariales o accionariales” respecto a la gestión de la entidad productiva.

- Presionar para un cambio en el sistema tributario apostando por una mayor presión fiscal en materia de impuestos directos y progresivos y especialmente sobre la remuneración del capital que no apuesta por la reinversión, la innovación y la responsabilidad social y medioambiental, y cuya recaudación se destine a la investigación y desarrollo del sistema energético-productivo de carácter ecológicamente sostenible.

- Las posibilidades de sostenibilidad y reproducción de las capacidades productivas en el medio y largo plazo, pasan inexcusablemente por una profunda revisión de la tributación de los beneficios repartidos y retenidos. Es necesario ir más allá, y explorar formulas “parafiscales”, tales como las “tasas fiscales sobre ingresos o resultados”, que permitan garantizar un flujo continuo y estable de reinversión orientada (a renovación, expansión y sustitución de procesos y productos, mediante inversiones en I+D+i).

- De igual forma, es preciso reflexionar sobre el nivel de dotación obligatoria de reservas en las empresas (esto es, de reinversión de beneficios), considerando nuevas exigencias de “reservas obligatorias”[2], para financiar los esfuerzos inversores necesarios para la transición energética, tecnológica y de productos en las empresas occidentales es una exigencia ineludible.

Ahora bien, no podemos olvidar, que incluso corregidos los excesos (conjurando los riesgos sistémicos[3]) de esta crisis señal (“crisis financiera”), el problema seguirá radicando en las bases contradictorias del desarrollo capitalista, que desde ya debemos cuestionar.


[1] .- Ver detalles en “Nueva posición de la OCDE en materia de paraísos fiscales”.Doc.nº.1/2002, que recoge: “Esta posición se traduce en:
1. EE.UU. considera que el criterio de estanqueidad (“ring fencing”) ha de desaparecer,
por lo que aun cuando un país/jurisdicción cumpliera este criterio, no se le debería
considerar como un paraíso fiscal.
2. EE.UU. considera las medidas defensivas contra los paraísos fiscales han de aplicarse
en los mismos términos que a los países de la OCDE.
3. EE.UU. está en contra de la idea de “lista negra” de paraísos fiscales”.

[2] .- Es el caso que las empresas tienen que retener beneficios en forma de reservas, hasta un punto en que estas superen el 30% del capital social desembolsado.
[3] .- Posibilidad de que se produzcan series de fallidos correlacionados entre las entidades financieras, en un periodo breve de tiempo, que pueden ser causados por un único acontecimiento, pero que ponen en peligro el sistema en su conjunto: el financiero y el de la economía productiva de bienes y productos.

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