30/10/15

Ilegitimidad, Ilegalidad, Odiosidad e Insostenibilidad del MoU de Agosto de 2015 y del Acuerdo de Préstamo

Por el Comité de la Verdad de la deuda pública griega
Introducción
En su informe preliminar de Junio de 2015, el Comité para la Verdad sobre la Deuda Pública griega (Comité para la Verdad sobre la Deuda) demostró que la mayor parte de la deuda griega post-2009 era de hecho deuda privada convertida en deuda soberana. Los mismos países e instituciones que convirtieron deuda privada en pública después entraron en una serie de acuerdos de préstamos y Memorándums de Entendimiento (MoU) del 2010 en adelante, la mayor parte del cual fue usada para repagar la antes mencionada deuda y sus intereses, mientras al mismo tiempo se imponían condiciones de extrema austeridad a la población griega. El Comité para la Verdad sobre la Deuda encontró que esta deuda es odiosa, ilegal, ilegítima y totalmente insostenible. Estas caracterizaciones fueron consistentes con las definiciones pertinentes adoptadas por los cuerpos especializados de las Naciones Unidas (ONU). Además, en línea con otros cuerpos internacionales para los derechos humanos, el Comité para la Verdad sobre la Deuda sostuvo que las condiciones impuestas sobre Grecia violaron no solo su Constitución sino también sus tratados internacionales y el derecho consuetudinario.  
En agosto de 2015, el gobierno de Tsipras (SYRIZA/ANEL) firmó un nuevo MoU y un Acuerdo de Asistencia Financiera [acuerdo de préstamo]. Los términos del MoU de agosto de 2015 [Tercer MoU] y del acuerdo de préstamo a los que se comprometió el gobierno de Tsipras ponen en cuestión dos aspectos particulares de la doctrina de la deuda odiosa, estos son: a) el lugar adecuado de la auto-determinación económica (expresada por votación popular) en la restructuración de la deuda y; b) los resultados reales de tales acuerdos sobre el pueblo griego, las imposiciones fiscales y financieras sobre el Estado y la sostenibilidad de la deuda en su conjunto. Estos aspectos de los acuerdos determinarán la naturaleza odiosa, ilegal o ilegítima de los resultados antes mencionados.

El Carácter Vinculante del Referéndum
El referéndum del 5 de julio de 2015 pidió al pueblo griego que decidiera si aceptar o no los dos conjuntos de propuestas adelantadas por la Comisión Europea (CE), el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Central Europeo (BCE). Las propuestas se recogieron en dos documentos. El primero fue titulado “Reformas para la Terminación del Actual Programa y Continuación”, mientras el segundo fue titulado “Análisis Preliminar de la Sostenibilidad de la Deuda”. El propósito de ambos documentos  (acuerdos hipotéticos) era la provisión de liquidez, principalmente para el repago-de-deuda a cambio de severas condicionalidades fiscales y sociales. Fue debido a estas severas condiciones y su impacto perjudicial en la sociedad y en la independencia fiscal del país que el Primer Ministro convocó el referéndum. El resultado del referéndum fue un voto abrumador por el NO (61.3%) en contra del contenido de los dos documentos. El Primer Ministro y los partidos que gobernaban, SYRIZA y ANEL, habían hecho campaña para el voto por el NO, siendo esto consistente con sus manifiestos pre-electorales. Sin embargo, después del referéndum y a pesar de su resultado, el Primer Ministro adoptó el Tercer MoU y los acuerdos de préstamo, los contenidos de los cuales son de igual o mayor impacto social y fiscal que los que los precedieron.
La prensa doméstica e internacional ha permanecido callada, o en cualquier caso no ha hecho ningún intento serio de explicar la legalidad del claro rechazo al resultado del referéndum. El Artículo 44(2) de la Constitución Griega estipula las condiciones bajo las cuales se puede convocar un referéndum. Prevé dos tipos de referéndum; el primero se refiere a cuestiones nacionales cruciales mientras que el segundo está relacionado con los proyectos de ley que regulan aspectos sociales importantes, excepto si estos se refieren a cuestiones fiscales. La cláusula, sin embargo, no da detalle respecto a si los resultados del referéndum poseen un carácter vinculante en lugar de consultivo. La mejor visión, que es aceptada por la mayoría, es que los dos tipos de referéndum son vinculantes respecto a su resultado.
En lo que se refiere al segundo tipo de referéndum, en lo que concierne a las proposiciones de ley que tienen que ver con aspectos sociales importantes, éstas se considerarán aceptadas pero no aun oficialmente adoptadas si no son publicadas en el Boletín Oficial. Entre estos dos eventos (i.e. adopción por el Parlamento y la publicación) se sitúa el referéndum, el cual permite al pueblo aprobar o rechazar la propuesta de ley. La Constitución estipula que si el referéndum aprueba la propuesta de ley, entonces el resultado del referéndum se hace efectivo y la propuesta de ley debe ser publicada en el plazo de un mes.
Pero incluso más allá de este análisis procedimental legal, es aceptado por la gran mayoría de los comentaristas constitucionales que ambos tipos de referéndum son vinculantes en tanto que a su resultado sustancial. Sin embargo, cada tipo de referéndum está dirigido, y por la tanto se constriñe, solo a una institución particular del estado. Por consiguiente, los referéndums en cuestiones nacionales cruciales afectan la capacidad del Gobierno de tomar acciones contrarias en la cuestión sustancial decidida en el referéndum. De la misma forma, un referéndum sobre aspectos sociales importantes (por medio de una proposición de ley) impone limitaciones al Parlamento a la hora de legislar sobre la cuestión consultada/decidida. No obstante, aunque los referéndums son vinculante en el sentido descrito, no impiden al Gobierno y al Parlamento respectivamente tratar con cuestiones que son periféricas al contenido sustancial del referéndum. Además, el Ejecutivo y el Parlamento se pueden volver a comprometer con el aspecto sustancial ya determinado por el referéndum, pero esto solo puede ser justificado si es ‘en el beneficio del pueblo’ (Artículo 1(3) de la Constitución) y en tanto que respete la Constitución y el imperio de la ley.
Está fuera de toda duda, por lo tanto, que bajo la ley griega el referéndum es vinculante en lo que se refiere a su contenido sustancial. En el caso que nos ocupa, dado que la cuestión contenida en el referéndum del 5 de julio se refería a la adopción de acuerdos internacionales y a la soberanía fiscal de Grecia –y, por extensión, a la auto-determinación económica del pueblo griego- está mejor descrito como un referéndum en cuestiones nacionales cruciales y fue proclamado como tal. Como resultado, el abrumador rechazo de ambas propuestas (acuerdos hipotéticos) restringe el poder de cualquier gobierno griego post-referéndum de entrar/comprometerse a acuerdos de contenido similar. Dado que se ha encontrado que la deuda por la cual estos acuerdos fueron contraídos es odiosa, ilegal e ilegítima –y además sus impactos sociales han sido bien documentados- es inconcebible que cualquier omisión de los resultados del referéndum pueda ser hecha “en los intereses del pueblo griego”. 
El referéndum fue pensado como un claro ejercicio de auto-determinación económica, tanto interno como internacional, lo que constituye derecho consuetudinario y Ius cogens. La expresión clara de un 61.3 por ciento del cuerpo electoral griego demostró su oposición a los contenidos de los antes mencionados documentos y por lo tanto a cualquier acuerdo futuro que contenga sus términos. La elusión de los resultados del referéndum viola el Artículo 44 de la Constitución y del imperio de la ley y como resultado vincula a los sucesores gobiernos dada su naturaleza ilegal. Además, dado que también viola el derecho colectivo a la auto-determinación, constituye una violación de los tratados de Grecia y del derecho consuetudinario. El principio de que los acuerdos han de ser honorados (pacta sunt servanda) no encuentra aplicación en el ejemplo presente (que nos ocupa) porque la causa de acción subyacente es ilegal (i.e. violación constitucional).
En todo caso, se debería tener también en consideración la dimensión moral de un resultado electoral con una clara mayoría del 61.3 por ciento. Es inconcebible que un gobierno pueda rechazar a la ligera el resultado de una votación popular como esta y que posteriormente otros estados y organizaciones intergubernamentales puedan llegar a acuerdos que son completamente antiéticos respecto a tal votación popular. Tales acuerdos son sin duda ilegítimos y carecen de cualquier base moral.




El MoU Post-Referéndum y el Acuerdo de Préstamo
El 19 de agosto de 2015 el Gobierno griego firmó el antes mencionado MoU con la Comisión Europea y el  ESM, seguido de un Acuerdo de Asistencia Financiera [acuerdo de préstamo] poco después. Los acuerdos prevén el desembolso de 86 mil millones de euros a Grecia, de los cuáles más de 25 mil millones fueron guardados para la re-capitalización de los bancos privados griegos.
Solo en papel, el MoU aborda diversas cuestiones sociales tales como las redes sociales de bienestar, justicia, iniciativas de empleo, acceso a la atención sanitaria y otras, pero las acciones con las que éstas tienen que ser implementadas son vagas o inexistentes. Son solo los impuestos, las privatizaciones y las medidas de recaudación de impuestos las que son discutidas en detalle. Sin una propuesta concreta que aborde la sostenibilidad de la deuda al mismo tiempo que verdaderamente promueva las inversiones extranjeras y domésticas (que llevarán a la creación de empleo significativo) todas las antes mencionadas redes de seguridad son simplemente promesas vacías y exhortatorias. Más abajo se muestra que, de hecho, varias tarifas a los usuarios son impuestas en todos o la mayoría de servicios sociales (incluyendo la asistencia médica), así como nuevos impuestos al comercio e intercambio, siendo todo ello inhibidor de la inversión interna, al mismo tiempo que encarecedor de los servicios. Por tanto, el impacto en los derechos socio-económicos será perjudicial para la clase media (como mínimo), para la juventud y los desempleados. El mismo efecto perjudicial en los derechos humanos fundamentales continuará sin cesar debido a que el re-pago de la deuda es el único punto focal y objetivo en el MoU y el acuerdo de préstamo.
El MoU, que está más interesado en las políticas que el acuerdo de préstamo, no le da substancia real a sus promesas perentorias en las cuestiones sociales. Ninguna de éstas está prevista como derechos justiciables, sino como en términos de acuerdos contractuales entre dos soberanos, esto es un deudor y varios acreedores. Esta observación es significativa pese a que pueda parecer que ambos resultados son idénticos. Por ejemplo, el MoU estipula que una tarifa de 5 euros a usuarios para la admisión en hospitales públicos podría ser reintroducida. Aunque tal tarifa pueda finalmente no ser exigida a los ultra-pobres, este no sería el caso para aquellos con algunos (escasos) ingresos pero que de otra manera son incapaces de permitirse la tarifa, negándoles pues el derecho a la asistencia médica. Tales personas no pueden cuestionar la tarifa bajo el MoU. Por tanto, los derechos de los que ha disfrutado el pueblo griego bajo su Constitución y la legalidad internacional se vuelven no-justiciables  bajo los términos de los acuerdos de préstamo. Este estado de la cuestión constituye una violación sin precedentes de los derechos fundamentales.
El MoU hace otras numerosas promesas vacías en relación a la comunicación de su contenido al pueblo griego. Promete 50,000 nuevos trabajos mientras al mismo tiempo hace que la inversión y el comercio no sean rentables sin especificar en lo más mínimo dónde y cuándo estos trabajos se van a crear y sin elaborar sobre cómo Grecia va a promover el empleo. No hay ninguna provisión en absoluto para potenciar la economía griega de tal manera que pueda crear empleos. Por ejemplo, no hay plan para promover industrias concretas a través de I&D, desarrollar la industria del turismo o para atraer inversiones que generen empleo. De hecho, el MoU impone medidas que no contribuyen a la inversión seria, a largo-plazo. Por tanto, no hay nada en los textos que prometa promover la inversión en Grecia o un entorno de negocio que de otra forma impulse el consumismo, que a su vez estimularía la confianza en el mercado interno y llevaría a la creación de empleo.
Además, el Tercer MoU está basado en las mismas hipótesis y postulados  que los dos MoU previos. Por lo tanto, está condenado al fracaso, dejando la deuda insostenible. (Ver Annexo, “El Tercer Memorándum es Insostenible tal como los Dos Anteriores”).
El MoU también guarda silencio sobre la naturaleza odiosa, ilegal e ilegítima de la deuda griega en su conjunto (particularmente sobrela conversión de deuda privada en pública), así como también sobre la naturaleza odiosa, ilegal e ilegítima de los préstamos desembolsados a Grecia desde 2010, los cuales fueron usados casi completamente (alrededor de un 92 por ciento) para repagar capital e intereses a los acreedores. De hecho, el MoU de 2015 y el acuerdo de préstamo son una extensión de los odiosos acuerdos de préstamo previos (avanzados por los mismos acreedores) y por tanto no sorprende que no se haga referencia alguna a la naturaleza de la deuda griega. Dado que la deuda y todos los acuerdos de préstamo de 2010-2014 han sido encontrados odiosos, ilegales e ilegítimos, cualquier acuerdo de préstamos posterior que sea predicado sobre éstos (ignorando su carácter ilegal) es en sí mismo también odioso, ilegal e ilegítimo.


Medidas de Coacción, Chantajes Ilegales e Interferencia Directa en los Asuntos Domésticos de Grecia.
En su informe preliminar de junio el Comité para la Verdad sobre la Deuda señaló que la mayoría de los instrumentos de deuda aceptados por Grecia entre 2010-2014 se habían producido bajo un alto grado de coacción. De hecho, se demostró que cuando un Estado es coaccionado para que viole su orden constitucional, tratados y derecho consuetudinario con tal de asegurar su liquidez, especialmente cuando es forzado a renunciar a una parte significativa de su soberanía legislativa y socio-económica, se considera que tal Estado ha consentido bajo un alto grado de coacción. Se explicó en el informe preliminar (ver p. 59-60) que el término “coacción” bajo el artículo 52 de la Convención de Viena sobre la Ley de Tratados (CVST) puede ser interpretado como si incluyera también formas de coacción económica y no tiene que estar limitado necesariamente a la fuerza armada. El informe aporta amplias referencias a numerosos instrumentos con los que tal presión es vista como una forma de agresión. Además, en el informe preliminar se explicó que los tipos de coacciones económicas antes mencionadas también son cualificadas como intervenciones ilegales en los asuntos domésticos de un Estado, lo cual, aunque no invalide el consentimiento, puede sin embargo ofrecer una base legal para la denuncia de un tratado bajo el artículo 56(1) CVST.
El Principio 4 de la resolución de la Asamblea General de la ONU de 2015 que resume diversos principios de derecho consuetudinario sobre restructuración de deuda soberana, que son discutidos más abajo, requiere que todos los actores implicados se abstengan de ejercer ningún tipo de influencia inapropiada en el proceso. Está claro que ninguna parte de las negociaciones fue concluida de buena fe y que se ejerció una influencia inapropiada desde el principio en contra del gobierno griego y la economía griega en su conjunto. Una influencia inapropiada que también fue ejercida en contra del pueblo griego en el camino hacia las elecciones de enero de 2015 y camino al referendum1[SC1] . Se debería tener en cuenta que el rechazo por el gobierno griego y sus acreedores del abrumador resultado del referéndum constituye una influencia inapropiada sobre el derecho constitucional del pueblo a escoger su futuro financiero y es en sí mismo ilegítimo y contrario al imperio de la ley (principio 7).
Desde Febrero de 2015, después del ascenso al poder de SYRIZA-ANEL, las formas de coacción e intervención fueron directas y las amenazas no se limitaron al gobierno sino también al pueblo griego. Esto se manifestó de numerosas formas y limitaremos aquí nuestras referencias solo a unas pocas.
El 27 de junio de 2015, el Primer Ministro de Grecia, Alexis Tsipras, anunció un referéndum en relación con las inasumibles demandas de austeridad de los acreedores. En un discurso en la televisión nacional después de un tardío encuentro del gabinete en la noche del viernes, Alexis Tsipras dijo que el pueblo griego votaría el 5 de julio si aceptaba las condiciones impuestas a Grecia por sus tres principales acreedores, la Unión Europea, el Banco Central Europeo y el Fondo Monetario Internacional, conocidos en su conjunto como la Troika. El 29 de junio de 2015 Benoît Cœuré, Miembro del Comité Ejecutivo del BCE, le dijo al rotativo financiero francés Les Echos que “una salida de la eurozona, hasta el momento un asunto teórico, desafortunadamente ya no podía ser excluida”, añadiendo que esto era a consecuencia de la decisión de Atenas de terminar con las conversaciones. Benoît Cœuré dijo que si los griegos votaban “Sí” en el referéndum al paquete de ayudas, no tenía “ninguna duda” que las autoridades de la eurozona encontrarían formas de encontrar acuerdos con Grecia. En cambio, señaló que si el voto por el “No” ganaba, “sería muy difícil reanudar el diálogo político”.2[SC2]  Durante ese tiempo, por una semana entera, el BCE rechazó dar ningún tipo de asistencia de liquidez a Grecia.
El 3 de julio de 2015, el vice Presidente del BCE Vítor Constancio dijo que no podía decir si el BCE aportaría asistencia de liquidez de emergencia (ELA) a los bancos griegos si los griegos votaban “No” en 2 días. Preguntado sobre si el BCE garantizaría la asistencia necesaria para que los bancos griegos se mantuvieran a flote, Constancio dijo: “No puedo responder a esta cuestión por avanzado. Será una decisión del Consejo de Gobierno (BCE). Tendremos que esperar y ver como el Consejo de Gobierno en su conjunto analiza la situación”, dijo en la conferencia de prensa que siguió a su discurso en la conferencia financiera.3 [SC3] 
El 11 de julio, unos días después de la abrumadora votación por el “No”, un documento emitido por el Ministro de Finanzas de Alemania mencionaba: “Estas propuestas no pueden construir una base para un programa [de rescate financiero] completamente nuevo, como el pedido por Grecia”. Esto hacía referencia a las nuevas propuestas de austeridad fiscal sugeridas por el Primer Ministro de Grecia. En el documento Schäuble propuso la salida de la eurozona de Grecia por un mínimo de cinco años y mandaba que el gobierno griego transfiriese 50 mil millones de euros de activos del estado a una agencia externa  para su venta.4[SC4] 
La postura del BCE y la coacción financiera dirigida contra Grecia y su gente no fue solamente directa sino que completamente descarada y extremadamente hostil. Durante este periodo los oficiales de la UE y los oficiales de los gobiernos, tales como Wolfgang Schäuble, dejaron claro que Grecia sería llevada a un desastre humanitario con tanques saliendo a las calles en caso que el electorado escogiera la opción del voto por el “No” en el referéndum, intimidando con que Grecia estaba destinada de esa manera a un colapso completo de Grecia.5[SC5]  La decisión del BCE de limitar las provisiones de liquidez adicional para el sistema bancario griego, que llevaron efectivamente a la imposición de controles de capitales, contravenían su mandato y el núcleo de sus responsabilidades. Dado que el BCE había considerado a los bancos griegos solventes en sus test de estrés llevados a cabo en 2014, se encontraba en la obligación de dar acceso a la Asistencia de Liquidez de Emergencia (ELA) con tal de frenar la huida bancaria mientras estos bancos pudieran proveer garantías de calidad en línea con las regulaciones. En el momento que el BCE capó el ELA, se estimó que los bancos griegos podrían haber accedido aún a una financiación adicional de emergencia de 28 mil millones de euros.6[SC6]  El BCE claramente violó sus obligaciones bajo los tratados de la UE. Para empezar, la interrupción impuesta en el sistema de pagos de Grecia es una violación clara de su obligación de asegurar el funcionamiento fluido de tal sistema, tal y como prescribe el Artículo 127 del Tratado de la UE. Segundo, el BCE tiene el mandato de “dar su apoyo a las políticas económicas generales en la Unión con vistas a contribuir al logro de los objetivos de la Unión”. Una de estas políticas económicas es el “imperativo de romper el círculo vicioso de crisis entre banco y la deuda soberana”.7[SC7]  Al forzar el cierre de los bancos y empujar al país hacia una salda de facto e ilegal del euro, el BCE creó una situación en la que el Estado griego y sus bancos se entrelazaron aún más.
El 13 de julio de 2015 Alexis Tsipras aceptó el acuerdo de austeridad de los acreedores y acordó los términos del Tercer MoU. El 19 de julio de 2015 Alexis Tsipras firmó el Tercer MoU. El 14 de septiembre de 2015 en una entrevista a Reuters, Vítor Constancio contestó a la pregunta: “¿Qué dudas se lanzaron sobre el euro?” “Se generaron dudas en los mercados sobre si países como Grecia podrían salir adelante con los retos económicos de la unión monetaria. Nunca hubo ninguna duda entre la mayoría de los países miembros. Mantenemos la afirmación de que el euro es irreversible. Legalmente, ningún país puede ser expulsado. La posibilidades reales de que eso sucediera nunca fueron reales”.8[SC8] 
Es también revelador que dos meses después del referéndum, en la crucial discusión ante la Asamblea General de las ONU del 10 de septiembre de 2015 en relación a la resolución sobre los principios de restructuración de deuda soberana, Grecia se abstuviera de votar. Una posición política como esta es inconcebible dado que el contenido de la resolución era de máxima importancia nacional para un país endeudado como Grecia (y los términos de la resolución le eran favorables). Pese a la posición común de la UE en esta materia,9[SC9]  hay un claro conflicto de intereses entre Grecia y el resto de estados de la UE, dado que Grecia es un país deudor y sus otros socios son acreedores. La postura común de la UE demandaba efectivamente que los estados miembros votaran en contra de la resolución, o como mínimo se abstuvieran. La posición Griega en este asunto solo puede ser el resultado de la presión de sus acreedores dado que su abstención está completamente en contra de sus intereses nacionales.
Afirmaciones directas en contra del voto por el “No” y las calamidades que caerían sobre el pueblo griego fueron, además, hechas por oficiales poderosos de la UE, en un claro desafío a la democracia y los principios democráticos. Ejemplos ilustrativos son las afirmaciones hechas por el Presidente del Parlamento de la UE, Martin Schultz. Sin duda, las coacciones descritas en esta sección fueron ampliadas por una gran parte de la prensa griega, que llegó tan lejos como  para distorsionar las predicciones sobre el resultado del referéndum. Diversas encuestas predijeron que el voto del “Sí” se impondría. Tal resultado de ninguna manera podría haber sido inferido de los datos disponibles en ese momento.
Todo lo contado anteriormente fue diseñado intencionadamente para infundir miedo en el pueblo griego y por lo tanto decantar su voto en favor de la opción del “Sí” y, adicionalmente, coaccionar al Gobierno de Grecia para que aceptara los términos de sus acreedores.

Resultados Indicativos que se derivan de la Aceptación del Tercer MoU.
El Tercer MoU está en la línea de los dos que lo preceden. Continúa con la violación de derechos humanos fundamentales, mientras al mismo tiempo lisia la economía griega y no aporta incentivos o base para el crecimiento, la inversión y la promoción del comercio. Su objetivo es recaudar aún más impuestos y conseguir ingresos para seguir pagando la “deuda” griega, sin que haya referencia alguna a la reducción de deuda que permitiera  situarla en niveles sostenibles. El MoU demanda una mayor privatización, lo cual es contrario a la auto-determinación económica y que, sin un plan serio, puede provocar una disolución y mala venta de negocios beneficiosos, generando así más desempleo.
Grecia ha perdido efectivamente su soberanía de la misma forma que con los acuerdos previos. Cualquier ley que pasa por el Parlamento debe recibir la aprobación de los acreedores antes de ser adoptada. Tales restricciones de la soberanía solo pueden culminar en la ausencia de democracia y en la imposición de servilismo y colonialismo. Es indicativo que tras llegar a acuerdos con sus acreedores, el Gobierno de Grecia adoptara una serie de leyes que los acreedores habían demandado durante tiempo. Un ejemplo ilustrativo es la adopción de un nuevo Código de Procedimiento Civil. Este nuevo Código había sido rechazado por el 93 por ciento de los juristas y había sido rechazado por parlamentos previos. Sorprendentemente, el nuevo Código prevé que cuando una entidad sea insolvente o no quiera o pueda satisfacer a sus acreedores, los bancos privados siempre tendrán el estatus de acreedores preferenciales, ¡por encima y más allá del estado y de sus empleados! Este resultado es ajeno a la Constitución griega, a la ley administrativa y a la civil y es, sin lugar a duda, el resultado de la intensa presión de los acreedores griegos.

Implicaciones Sociales del Tercer Memorándum.
       El Tercer MoU que acompaña al acuerdo de préstamo de agosto de 2015, igual que los previos de 2010 y 2012, transfiere el peso de los ajustes estructurales a la sociedad griega. Como resultado, el Tercer Mou incrementará la pobreza, la polarización de clase y la exclusión social. Un ejemplo característico de esto es que aunque las demandas de los acreedores prevén ampliar la base impositiva, lidiar con la evasión de impuestos, etc., al mismo tiempo persiguen la eliminación del 26% de los impuestos en las transacciones transfronterizas. Se estableció que esto entrara en funcionamiento el 1 de septiembre de 2015 con el objetivo de cortar una fuente común de evasión de impuestos, con el argumento de promover el movimiento libre del capital.

Composición del ajuste fiscal durante el período del programa
Fuente: Assessment of the social impact of the new stability support programme for Greece, Commission staff working document, Brussels19.8.2015, swd(2015) 162 final.


Además, los términos económicos del Tercer MoU y del acuerdo de préstamo de agosto de 2015 minarán aún más los derechos soberanos de Grecia.
Está fuera de toda duda que las nuevas medidas de austeridad, entre muchas otras consecuencias:
·         Reducen las pensiones en línea con las medidas implementadas a través de las reformas anti-pensiones de 2010 y 2012 con la promesa de ahorrar cerca del 0.25% del PIB en 2015 y el 1% del PIB en 2016. El paquete, entre otras cosas, crea fuertes trabas a la jubilación temprana al incrementar las respectivas sanciones; sube las contribuciones relacionadas con la salud de los pensionistas hasta el 6%; integra todos los fondos de pensiones suplementarios que de aquí en adelante serán financiados en exclusiva por contribuciones personales a partir del 1 de enero de 2015; congela los límites de la pensión contributiva mensual garantizada en términos nominales hasta 2021; establece una conexión más directa entre contribuciones y beneficios; elimina gradualmente los subsidios solidarias (EKAS) a todos los pensionistas para finales de diciembre de 2019, empezando por el 20% superior de los beneficiarios en marzo de 2016.
·         Aumentan los impuestos a los campesinos. El estrangulamiento de los ingresos de los campesinos se realiza a través de la abolición gradual de la desgravación del impuesto especial sobre el combustible diésel en dos pasos iguales en octubre de 2015 y octubre de 2016, así como a través del aumento de los impuestos directos y, finalmente, por medio del aumento de contribuciones a la seguridad social.
·         Eliminan progresivamente, hasta el 31 de diciembre de 2016, los descuentos sobre el IVA disponibles actualmente para los negocios en las islas del Egeo. La primera ronda de abolición fue anunciada por una decisión ministerial conjunta el 1 de octubre de 2015. El objetivo de tal exención era la disminución de los precios al consumo en islas distantes y de difícil acceso y por lo tanto lograr una mayor coherencia regional.
·         Facilitan los procesos de embargo y liquidación a favor de las autoridades tributarias y los bancos. Esto se debe conseguir a través de la eliminación del techo del 25% para el embargo de los salarios y pensiones y mediante la disminución del umbral de 1.500 euros. Esta medida conllevará una nueva ola de expropiaciones de los salarios, pensiones y depósitos.
·         Aumentan los impuestos anticipados sobre beneficios a las empresas, no solo para grandes compañías, sino incluso también para los autónomos hasta el 75% por ingresos generados en 2015 y el 100% por ingresos de 2016, por lo tanto reduciendo los ingresos disponibles.
·         Imponen una nueva ronda de liberalización de mercados bajo las instrucciones de la llamada ‘caja de herramientas’ de la OCDE. Los únicos beneficiarios de la apertura de las (ahora) restringidas profesiones de notario, actuario y alguacil serán los bancos, bufetes de abogados y grandes negocios. Habrá un impacto negativo en los derechos de la clase trabajadora, incluyendo la revisión del marco de negociación colectiva y el establecimiento de los salarios, la actividad industrial y los despidos colectivos. La flexibilidad adicional de las relaciones laborales (como ha mostrado la experiencia de años anteriores) resultará en salarios aún menores y en un incremento del desempleo, de la precariedad, del trabajo no declarado y de los beneficios no imponibles.
Además, los mecanismos de corrección semiautomáticos que impondrán nuevos recortes en el gasto en casos de que no se cumplan los objetivos fiscales fijados, traerán consigo de forma indudable una nueva ola de medidas de austeridad. Estas medidas aunque son desconocidas hasta la fecha, tienen la aprobación previa del Parlamento de Grecia. Esto fue adoptado por el Parlamento a través de una ley de tamaño monstruoso que fue solicitada por los acreedores de Grecia y aceptada finalmente por el Gobierno. Uno puede predecir fácilmente que bajo estas condiciones favorables, los acreedores no necesitan preocuparse de la desviación respecto de los objetivos fiscales. Como resultado, es probable que anuncien una nueva ronda de recortes de gasto sobre la base de que tales medidas ya han sido aprobadas por el Parlamento.
En conclusión, el período de medidas de austeridad draconianas iniciado en 2010, que están descritas en las siguientes estadísticas, continúa…






Indicadores de Inclusión Social y Laboral en Grecia
Fuente: IBID

Conclusión
En la reciente Resolución de la Asamblea General de la ONU sobre la restructuración de la deuda soberana10[SC10]  se establecieron varios principios. Estos son importantes por numerosas razones. A pesar del hecho de que las resoluciones de la Asamblea General de las ONU no son vinculantes per se, prueban, cuando tienen suficiente apoyo, la posición oficial de los estados sobre una materia particular. Cuando el apoyo es abrumador, argumentado y sostenido durante un tiempo significativo (o cuando la práctica apoyada en la resolución satisface estos criterios) el(los) principio(s) de la resolución pueden al mismo tiempo reflejar el derecho consuetudinario internacional. En el caso que nos ocupa, la resolución recibió 136 votos a favor, solo 6 en contra y 41 abstenciones. La Asamblea dejó claro que los principios enunciados en la resolución estaban guiados por el derecho consuetudinario internacional y, en cualquier caso, el abrumador apoyo a estos principios por 136 estados demostró un claro consenso consuetudinario. Debería hacerse notar que estos principios son bastante conservadores y de ninguna manera son favorables a los estados deudores. Su énfasis está en el re-pago de la deuda y en honrar los acuerdos de préstamo. El primer principio, que es central en esta discusión, afirma que: “Un Estado soberano tiene el derecho, en el ejercicio de su discreción, de diseñar su política macroeconómica, incluyendo la restructuración de su deuda soberana, que no debería ser frustrada ni impedida por ninguna medida abusiva”.
Esto también es consistente con los Principios rectores sobre la deuda externa y los derechos humanos, adoptados por el Experto Independiente de las ONU sobre deuda y derechos humanos y respaldados por el Consejo de los Derechos Humanos.11[SC11]  En la misma dirección, el Principio 2 requiere buena fe de las partes con vistas a conseguir un servicio de deuda duradero y sostenible.12[SC12]  La sostenibilidad es definida en el Principio 8 como sigue:
“La sostenibilidad implica que los ejercicios de restructuración de la deuda soberana sean completados de manera oportuna y eficiente y lleven a una situación de la deuda que sea estable en el estado deudor, preservando como principio los derechos de los acreedores al mismo tiempo que promoviendo un crecimiento económico sostenido e inclusivo y un desarrollo sostenible, minimizando los costes económicos y sociales, garantizando la estabilidad del sistema financiero internacional y respetando los derechos humanos”.13[SC13] 
Basándonos en la discusión previa y la ley pertinente aplicada a los hechos del caso, las siguientes conclusiones quedan más allá de cualquier duda:
·         El Tercer MoU y el acuerdo de préstamo de agosto de 2015 son ilegales, ilegítimos y odiosos porque son incapaces de reconocer el carácter ilegal, ilegítimo y odioso de la deuda griega existente, así como la naturaleza odiosa, ilegal e ilegítima de los procedimientos por los que esta deuda fue financiada desde 2010 hasta a inicios de 2015.
·         El Tercer MoU y el acuerdo de préstamo de agosto de 2015 violan los derechos humanos fundamentales del pueblo griego (tanto civiles como políticos así como derechos socio-económicos) así como están dispuestos en la Constitución de Grecia y en el derecho internacional (basado en tratados y en derecho consuetudinario).
·         Desde el ascenso al poder del gobierno de SYRIZA-ANEL y hasta su acuerdo político con los acreedores de Grecia, hubo un nivel de coacción sin precedentes e interferencia directa en los asuntos domésticos de Grecia (incluyendo amenazas al pueblo griego) con vistas a asustar al Gobierno griego y a su pueblo con tal de que aceptaran los términos de los acreedores. Tal interferencia y coacción convierten cualquier acuerdo en inválido y abierto a cualquier denuncia unilateral por futuros gobiernos. Además, estas acciones evidencian una ausencia de espíritu moral y solidario por parte de los líderes de los estados de la UE y las instituciones de la UE y demuestran que el bienestar del sistema bancario privado es el mayor imperativo en las políticas de la UE.
El Comité para la Verdad sobre la Deuda querría expresar su más profundo pesar por el hecho de que el gobierno de Tsipras no tuviera en consideración ninguna el Informe Preliminar del Comité datado de junio de 2015 en sus negociaciones con los acreedores. De hecho, el Primer Ministro Tsipras aceptó que no tuviera lugar ninguna quita sobre la deuda a pesar de ser plenamente consciente del carácter odioso, ilegal e ilegítimo de la deuda del país.14[SC14] 
Anexo 1. Impacto en las Relaciones Laborales.

1. Nuevo sistema de negociación colectiva.
En el Tercer Memorándum está estipulado que el nuevo sistema se fundamentará en las mejores prácticas de los estados miembros de la UE. En lo que se refiere a sus características definitorias, se levanta un muro en contra del exitoso sistema establecido por la Ley 1876/90. El MoU prohíbe la re-introducción del modelo al que dio inicio la Ley 1876/90 – antes de que fuera distorsionado por las medidas legislativas de los MoU previos. Mientras tanto, el Pleno del Consejo de Estado Helénico (CdE) con su fallo 2307/2014 anuló el Acta del Consejo Ministerial (ACM) 6/2012 (implementando la ley del Segundo MoU) que se refiere a la derogación del derecho a recurso unilateral a arbitraje (derecho clave para el funcionamiento de la autonomía colectiva y los acuerdos laborales colectivos [de aquí en adelante ALC]). Esta anulación hizo posible la re-introducción del arbitraje y los ALC que habían sido congeladas durante los dos años enteros.
La respuesta del gobierno de Samaras-Venizelos se produjo a través de la Ley 4303/2014, que aunque re-introdujo el derecho al recurso unilateral, tal como mandaba el CdE, al mismo tiempo estableció varios criterios para la resolución arbitrada de las disputas laborales colectivas. Estas estaban exclusivamente centradas en proteger los intereses de las empresas. Por lo tanto, la devaluación interna a través de la reducción de salarios – un objetivo clave del Segundo MoU – continúa hasta el día de hoy violando la sentencia 2307/2014 del CdE.
Un objetivo claro del Tercer Memorándum es la continuación de la misma política de devaluación interna a través de la reducción de salarios. Este es el porqué de que el tercer Memorándum rechazara la re-introducción del régimen de la Ley 1876/90 que había sido adoptada por todos los partidos del Parlamento de ese tiempo y tenía el apoyo no solo de los empleados sino también de los empresarios.
Finalmente, en referencia a las mejores prácticas de los estados miembro de la UE, en las que el sistema griego actual debe fijarse para su guía, se evidencia que las políticas de austeridad tienden a romper los ALC de la misma manera en estos estados.

2. Despidos colectivos
La ley de despidos colectivos (Ley 1387/1983) y la pertinente Directiva de la UE se aplican solo al 2% de los negocios griegos, porque el 98% restante emplea a menos de 20 trabajadores (20 trabajadores es el límite para la aplicación de la ley). Cualquier restricción ulterior en contra del ya estrechísimo campo de aplicación de la ley aniquilará cualquier tipo de control sobre los despidos colectivos en Grecia y señalará el rechazo efectivo a aplicar la Directiva de la UE sobre despidos colectivos. Además, un objetivo evidente del Tercer MoU es la abolición de la necesidad de consentimiento ejecutivo sobre los despidos colectivos, que llevará, en la práctica, de media, al pago de 12 salarios mensuales (en vez de la compensación por despido), si la directiva sigue adelante con el despido colectivo sin el consentimiento ejecutivo. Esto es una característica de la ley griega que es más favorable a los empleados que la Directiva de la UE. Las patronales han perseguido persistentemente la abolición de esta ley. Debería hacerse notar que tanto el Tratado del Funcionamiento de la UE y las Directivas de la UE que se refieren a despidos colectivos permiten expresamente a los estados promulgar leyes más favorables a los empleados. En realidad, esta característica particular de la ley griega cubre un importante vacío en la protección de los empleados. Esto es porque en Grecia no hay planes sociales acordados para el caso de los despidos colectivos y la protección de los desempleados es inexistente.


3. Pensiones.
La reducción continuada de las pensiones a través del Tercer MoU (directa, indirecta con el incremento en las contribuciones al Fondo de Salud y a través del incremento de impuestos directos, indirectos y extraordinarios) viola la Constitución griega de acuerdo con el Pleno del CdE (sentencias 2287-2290/2014, que anularon las reducciones en las pensiones impuestas en 2012 de acuerdo con el Segundo MoU). El CdE sostuvo que tales nuevos recortes (otros los habían precedido) violaban los términos de una vida digna. Por lo tanto, los nuevos recortes que ya se habían aplicado, así como los que se aplicarán en el futuro, violan el artículo 2(1) de la Constitución (que hace referencia al respeto y protección del valor y dignidad de las personas) y contravienen las sentencias 2287-2290/2014 del Pleno del CdE.
Con las mismas sentencias el Pleno del CdE anuló la “cláusula de déficit cero” de los Fondos de Seguro, que establecía que los Fondos pagarán pensiones solo en el grado en que sus finanzas permitan tales pagos sin ninguna asistencia del estado. El Pleno del CdE encontró que tal cláusula era inconstitucional (artículo 22(5) de la Constitución). Sin embargo, la re-introducción de la cláusula anulada parece que ahora ha sido impuesta al Gobierno a través del Tercer Memorándum). Es ilustrador que el Plan Juncker, entregado al Gobierno griego antes del referéndum, previera la abolición por ley de las sentencias 2287-2290/2014 del Pleno del CdE.

Anexo 2. El Tercer Memorándum es tan Insostenible como los Dos Precedentes

1. La economía política del Tercer Memorándum.

Las características del Tercer Memorándum15[SC15]  se resumen en la tabla siguiente:

Objetivos fiscales y crecimiento del PIB que fundamentan el programa de ajuste del Tercer MoU
Fuente: Jeroen Dijsselbloem16[SC16] 

En este memorándum se parte de la misma hipótesis que subyacía en los dos precedentes y que fue desmentida por los hechos: que una fuerte contracción fiscal sería compatible con una recuperación del crecimiento.

El presidente del eurogrupo, Jeroen Dijsselbloem, sostiene que eso es posible:

"El Memorándum prevé alcanzar los objetivos de superávit primario gracias a las siguientes medidas:

·         El ahorro que se realicen en el ámbito de las pensiones: del orden del 0.25 % del PIB en 2015 y 1 % del PIB en 2016 (ver pp.13-14 del Memorándum);

·         Las medidas concernientes al sector de la salud (pp.15-16 del Memorándum);

·         Las reformas en torno a los ingresos públicos y la gestión financiera, que incluye medidas contra el fraude y la evasión de capitales. La recaudación en concepto de IVA tienen será, cuando menos, de 2.65 mil millones. El impuesto sobre bienes inmuebles se fijará a partir de 2017 en función de los precios del mercado y se deberán revisar las bases impositivas de este impuesto. Las autoridades públicas deberán mejorar la recaudación de los impuestos atrasados, poner en pie agencias independientes [para la recaudación de impuestos] e independizar el Consejo Fiscal. El Memorándum prevé otras reformas fiscales (pp. 6-11 del Memorándum);

·         Además, se le exige al gobierno griego que en octubre de 2015 introduzca medidas estructurales. Las medidas que entren en vigor en 2017 deberían conducir a un crecimiento suplementario del 0.75 % del PIB y las que entren en vigor en 2018 de un 0.25 %, además de contribuir a la alcanzar los objetivos presupuestarios a medio plazo."

2. Una fe ciega en las reformas estructurales

La segunda hipótesis es que las reformas estructurales, por sí solas, pueden estimular el crecimiento17[SC17] . Los fracasos en el pasado se explicarían por la inadecuada implantación de las mismas. Por ejemplo, el FMI afirma que “las importantes carencias de la puesta en pie del actual programa a lo largo de estos últimos años condujeron a un incremento significativo de las necesidades de financiación”.

Ahora bien, tal y como reconocía el propio FMI en el balance del memorándum precedente18[SC18] , esas reformas estructurales fueron implantadas en Grecia. La OCDE señaló que “desde el inicio de la crisis se han realizado importantes progresos en la reforma del mercado laboral y de mercancías, pero su punto de partida era muy bajo. Desde 2009-2010 Grecia tiene la puntuación más alta de la OCDE en lo que respecta a la implantación de las reformas estructurales recomendada”.19[SC19]  En junio de 201320[SC20] , el FMI felicitó a Grecia por su reforma de las pensiones “uno de los principales logros del programa”.

El año 2013, otro documento del FMI21[SC21]  no dudaba en afirmar que “la simulación de los efectos de la reforma concuerdan con la evolución de la economía griega” y que “del mismo modo, los resultados son compatibles con los objetivos de crecimiento a largo plazo del programa”.

Pero, en realidad, Grecia cayó en una profunda recesión, a pesar, o más bien a causa, de la aplicación estricta de las reformas estructurales recomendadas e impuestas por la Troika, al precio de una crisis social dramática.

En la situación actual, nada permite pensar que las nuevas reformas estructurales podrían conducir a resultados diferentes.


3. “La deuda griega se ha hecho insostenible”

Christine Lagarde, la directora general del FMI22[SC22]  declaró: “Sin embargo, continúo estando firmemente convencida de que la deuda griega se ha hecho insostenible y que Grecia no puede restablecer por sí misma la sostenibilidad de la deuda.”

Esta toma de posición se basa en un documento reciente del FMI23[SC23]  que establece que “la deuda pública de Grecia es altamente insostenible [y que] se acercaría al 200 % del PIB en los dos próximos años, si no se logra rápidamente un acuerdo”. Actualmente la deuda griega no puede devenir sostenible más que a través de medidas de alivio que vayan más allá de lo que Europa ha planteado aceptar hasta el presente.

Conclusión

El tercer memorándum se basa en las mismas hipótesis y los mismos postulados que las dos precedentes. Así pues, está condenada al fracaso y la deuda griega continuará siendo insostenible.

Traducido por Sergi Cutillas


Notas

6.    Barclays Research (2015). Greece’s Achilles’ Heel.
7.    Council of the EU (2012), Euro Area Summit Statement of 29 June 2012.
9.    EU Common Position on the UN Draft Resolution A/69/L.84, Doc 11705/15 (7 September 2015).
10.  UN Doc A/69/L.84 (29 July 2015).
11.  UN Guiding Principles on Foreign Debt and Human Rights, UN Doc A/HRC/20/23 (10 April 2011), paras 73-75.
12.  UN Guiding Principles, para 54
13.  Equally endorsed in the UN Guiding Principles, paras 48 and 65.
14.  Euro Summit Statement, 12 July 2015, at 6
15.  Memorandum Of Understanding Between The European Commission Acting On Behalf Of The European Stability Mechanism And The Hellenic Republic And The Bank Of Greece, 19 August 2015 http://ec.europa.eu/economy_finance/assistance_eu_ms/greek_loan_facility/pdf/01_mou_20150811_en.pdf
16.  Jeroen  Dijsselbloem,“Exchange  of  views  with the President of the Eurogroup on Greece”,European Parliament, 22 September 2015
17.  Michel  Husson,  “Greece:  Structural  reforms, multipliers, competitiveness”, Note for the Truth Committee on Public Debt, April 2015, http://hussonet.free.fr/grtruth415.pdf
18.  IMF, “Greece. Ex post Evaluation of Exceptional Access Under the 2010 Stand-by Arrangement”, June 2013, p.44,. http://goo.gl/FHJZsC
19.  OECD, Economic Survey. Greece, OECD, November 2013.
20.  “Ex post Evaluation of Exceptional Access Under the 2010 Stand-by Arrangement”, June 2013, http://goo.gl/FHJZsC
21.  “Greece. Selected issues”, May 2013, http://goo.gl/mSNN4N
22.  “Statement by Christine Lagarde on Greece”, IMF Press Release No. 15/381, August 14, 2015, http://goo.gl/ui5Q1O
23.  “An update of IMF staff’s preliminary public debt sustainability analysis”, IMF, Greece Country Report No. 15/186, July 14, 2015, https://goo.gl/hMdL4p

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