Por el
Comité de la Verdad
de la deuda pública griega
Introducción
En
su informe preliminar de Junio de 2015, el Comité para la Verdad
sobre la Deuda
Pública griega (Comité para la Verdad sobre la Deuda) demostró
que la mayor
parte de la deuda griega post-2009 era de hecho deuda privada
convertida en
deuda soberana. Los mismos países e instituciones que
convirtieron deuda
privada en pública después entraron en una serie de acuerdos de
préstamos y
Memorándums de Entendimiento (MoU) del 2010 en adelante, la
mayor parte del
cual fue usada para repagar la antes mencionada deuda y sus
intereses, mientras
al mismo tiempo se imponían condiciones de extrema austeridad a
la población
griega. El Comité para la Verdad sobre la Deuda encontró que
esta deuda es
odiosa, ilegal, ilegítima y totalmente insostenible. Estas
caracterizaciones
fueron consistentes con las definiciones pertinentes adoptadas
por los cuerpos
especializados de las Naciones Unidas (ONU). Además, en línea
con otros cuerpos
internacionales para los derechos humanos, el Comité para la
Verdad sobre la
Deuda sostuvo que las condiciones impuestas sobre Grecia
violaron no solo su
Constitución sino también sus tratados internacionales y el
derecho
consuetudinario.
En agosto de 2015, el
gobierno de Tsipras
(SYRIZA/ANEL) firmó un nuevo MoU y un Acuerdo de Asistencia
Financiera [acuerdo
de préstamo]. Los términos del MoU de agosto de 2015 [Tercer
MoU] y del acuerdo
de préstamo a los que se comprometió el gobierno de Tsipras
ponen en cuestión
dos aspectos particulares de la doctrina de la deuda odiosa,
estos son: a) el
lugar adecuado de la auto-determinación económica (expresada por
votación
popular) en la restructuración de la deuda y; b) los resultados
reales de tales
acuerdos sobre el pueblo griego, las imposiciones fiscales y
financieras sobre
el Estado y la sostenibilidad de la deuda en su conjunto. Estos
aspectos de los
acuerdos determinarán la naturaleza odiosa, ilegal o ilegítima
de los
resultados antes mencionados.
El Carácter
Vinculante del Referéndum
El referéndum del 5 de julio
de 2015 pidió al pueblo
griego que decidiera si aceptar o no los dos conjuntos de
propuestas
adelantadas por la Comisión Europea (CE), el Fondo Monetario
Internacional
(FMI) y el Banco Central Europeo (BCE). Las propuestas se
recogieron en dos
documentos. El primero fue titulado “Reformas para la
Terminación del Actual
Programa y Continuación”, mientras el segundo fue titulado
“Análisis Preliminar
de la Sostenibilidad de la Deuda”. El propósito de ambos
documentos (acuerdos
hipotéticos) era la provisión de
liquidez, principalmente para el repago-de-deuda a cambio de
severas condicionalidades
fiscales y sociales. Fue debido a estas severas condiciones y su
impacto
perjudicial en la sociedad y en la independencia fiscal del país
que el Primer
Ministro convocó el referéndum. El resultado del referéndum fue
un voto
abrumador por el NO (61.3%) en contra del contenido de los dos
documentos. El
Primer Ministro y los partidos que gobernaban, SYRIZA y ANEL,
habían hecho
campaña para el voto por el NO, siendo esto consistente con sus
manifiestos
pre-electorales. Sin embargo, después del referéndum y a pesar
de su resultado,
el Primer Ministro adoptó el Tercer MoU y los acuerdos de
préstamo, los
contenidos de los cuales son de igual o mayor impacto social y
fiscal que los
que los precedieron.
La prensa doméstica e
internacional ha permanecido
callada, o en cualquier caso no ha hecho ningún intento serio de
explicar la
legalidad del claro rechazo al resultado del referéndum. El
Artículo 44(2) de
la Constitución Griega estipula las condiciones bajo las cuales
se puede convocar
un referéndum. Prevé dos tipos de referéndum; el primero se
refiere a
cuestiones nacionales cruciales mientras que el segundo está
relacionado con
los proyectos de ley que regulan aspectos sociales importantes,
excepto si
estos se refieren a cuestiones fiscales. La cláusula, sin
embargo, no da
detalle respecto a si los resultados del referéndum poseen un
carácter
vinculante en lugar de consultivo. La mejor visión, que es
aceptada por la
mayoría, es que los dos tipos de referéndum son vinculantes
respecto a su
resultado.
En lo que se refiere al
segundo tipo de referéndum, en
lo que concierne a las proposiciones de ley que tienen que ver
con aspectos
sociales importantes, éstas se considerarán aceptadas pero no
aun oficialmente
adoptadas si no son publicadas en el Boletín Oficial. Entre
estos dos eventos
(i.e. adopción por el Parlamento y la publicación) se sitúa el
referéndum, el
cual permite al pueblo aprobar o rechazar la propuesta de ley.
La Constitución
estipula que si el referéndum aprueba la propuesta de ley,
entonces el
resultado del referéndum se hace efectivo y la propuesta de ley
debe ser
publicada en el plazo de un mes.
Pero incluso más allá de este
análisis procedimental legal,
es aceptado por la gran mayoría de los comentaristas
constitucionales que ambos
tipos de referéndum son vinculantes en tanto que a su resultado sustancial. Sin embargo, cada
tipo de referéndum está
dirigido, y por la tanto se constriñe, solo a una institución
particular del
estado. Por consiguiente, los referéndums en cuestiones
nacionales cruciales
afectan la capacidad del Gobierno de tomar acciones contrarias
en la cuestión
sustancial decidida en el referéndum. De la misma forma, un
referéndum sobre
aspectos sociales importantes (por medio de una proposición de
ley) impone
limitaciones al Parlamento a la hora de legislar sobre la
cuestión
consultada/decidida. No obstante, aunque los referéndums son
vinculante en el
sentido descrito, no impiden al Gobierno y al Parlamento
respectivamente tratar
con cuestiones que son periféricas al contenido sustancial del
referéndum.
Además, el Ejecutivo y el Parlamento se pueden volver a
comprometer con el
aspecto sustancial ya determinado por el referéndum, pero esto
solo puede ser
justificado si es ‘en el beneficio del pueblo’ (Artículo 1(3) de
la
Constitución) y en tanto que respete la Constitución y el
imperio de la ley.
Está fuera de toda duda,
por lo tanto, que bajo la ley
griega el referéndum es vinculante en lo que se refiere a su
contenido
sustancial. En el caso que nos ocupa, dado que la cuestión
contenida en el
referéndum del 5 de julio se refería a la adopción de acuerdos
internacionales
y a la soberanía fiscal de Grecia –y, por extensión, a la
auto-determinación
económica del pueblo griego- está mejor descrito como un
referéndum en
cuestiones nacionales cruciales y fue proclamado como tal.
Como resultado, el
abrumador rechazo de ambas propuestas (acuerdos hipotéticos)
restringe el poder
de cualquier gobierno griego post-referéndum de
entrar/comprometerse a acuerdos
de contenido similar. Dado que se ha encontrado que la deuda
por la cual estos
acuerdos fueron contraídos es odiosa, ilegal e ilegítima –y
además sus impactos
sociales han sido bien documentados- es inconcebible que
cualquier omisión de
los resultados del referéndum pueda ser hecha “en los
intereses del pueblo
griego”.
El referéndum fue pensado
como un claro ejercicio de
auto-determinación económica, tanto interno como internacional,
lo que constituye
derecho consuetudinario y Ius
cogens.
La expresión clara de un 61.3 por ciento del cuerpo electoral
griego demostró
su oposición a los contenidos de los antes mencionados
documentos y por lo
tanto a cualquier acuerdo futuro que contenga sus términos. La
elusión de los
resultados del referéndum viola el Artículo 44 de la
Constitución y del imperio
de la ley y como resultado vincula a los sucesores gobiernos
dada su naturaleza
ilegal. Además, dado que también viola el derecho colectivo a la
auto-determinación, constituye una violación de los tratados de
Grecia y del
derecho consuetudinario. El principio de que los acuerdos han de
ser honorados
(pacta sunt servanda)
no encuentra
aplicación en el ejemplo presente (que nos ocupa) porque la
causa de acción
subyacente es ilegal (i.e. violación constitucional).
En todo caso, se debería
tener también en
consideración la dimensión moral de un resultado electoral con
una clara
mayoría del 61.3 por ciento. Es inconcebible que un gobierno
pueda rechazar a
la ligera el resultado de una votación popular como esta y que
posteriormente
otros estados y organizaciones intergubernamentales puedan
llegar a acuerdos
que son completamente antiéticos respecto a tal votación
popular. Tales
acuerdos son sin duda ilegítimos y carecen de cualquier base
moral.
El MoU Post-Referéndum y el
Acuerdo de Préstamo
El 19 de agosto de 2015 el
Gobierno griego firmó el
antes mencionado MoU con la Comisión Europea y el ESM, seguido de un Acuerdo
de Asistencia
Financiera [acuerdo de préstamo] poco después. Los acuerdos
prevén el
desembolso de 86 mil millones de euros a Grecia, de los cuáles
más de 25 mil
millones fueron guardados para la re-capitalización de los
bancos privados
griegos.
Solo en papel, el MoU aborda
diversas cuestiones
sociales tales como las redes sociales de bienestar, justicia,
iniciativas de empleo,
acceso a la atención sanitaria y otras, pero las acciones con
las que éstas
tienen que ser implementadas son vagas o inexistentes. Son solo
los impuestos,
las privatizaciones y las medidas de recaudación de impuestos
las que son
discutidas en detalle. Sin una propuesta concreta que aborde la
sostenibilidad
de la deuda al mismo tiempo que verdaderamente promueva las
inversiones
extranjeras y domésticas (que llevarán a la creación de empleo
significativo)
todas las antes mencionadas redes de seguridad son simplemente
promesas vacías
y exhortatorias. Más abajo se muestra que, de hecho, varias
tarifas a los
usuarios son impuestas en todos o la mayoría de servicios
sociales (incluyendo
la asistencia médica), así como nuevos impuestos al comercio e
intercambio,
siendo todo ello inhibidor de la inversión interna, al mismo
tiempo que encarecedor
de los servicios. Por tanto, el impacto en los derechos
socio-económicos será
perjudicial para la clase media (como mínimo), para la juventud
y los
desempleados. El mismo efecto perjudicial en los derechos
humanos fundamentales
continuará sin cesar debido a que el re-pago de la deuda es el
único punto
focal y objetivo en el MoU y el acuerdo de préstamo.
El MoU, que está más
interesado en las políticas que el
acuerdo de préstamo, no le da substancia real a sus promesas
perentorias en las
cuestiones sociales. Ninguna de éstas está prevista como
derechos justiciables, sino como en
términos de acuerdos
contractuales entre dos soberanos, esto es un deudor y varios
acreedores. Esta
observación es significativa pese a que pueda parecer que ambos
resultados son
idénticos. Por ejemplo, el MoU estipula que una tarifa de 5
euros a usuarios
para la admisión en hospitales públicos podría ser
reintroducida. Aunque tal
tarifa pueda finalmente no ser exigida a los ultra-pobres, este
no sería el
caso para aquellos con algunos (escasos) ingresos pero que de
otra manera son
incapaces de permitirse la tarifa, negándoles pues el derecho a
la asistencia
médica. Tales personas no pueden cuestionar la tarifa bajo el
MoU. Por tanto, los
derechos de los que ha disfrutado el pueblo griego bajo su
Constitución y la
legalidad internacional se vuelven no-justiciables bajo los términos de los
acuerdos de préstamo.
Este estado de la cuestión constituye una violación sin
precedentes de los
derechos fundamentales.
El MoU hace otras numerosas
promesas vacías en
relación a la comunicación de su contenido al pueblo griego.
Promete 50,000
nuevos trabajos mientras al mismo tiempo hace que la inversión y
el comercio no
sean rentables sin especificar en lo más mínimo dónde y cuándo
estos trabajos
se van a crear y sin elaborar sobre cómo Grecia va a promover el
empleo. No hay
ninguna provisión en absoluto para potenciar la economía griega
de tal manera
que pueda crear empleos. Por ejemplo, no hay plan para promover
industrias concretas
a través de I&D, desarrollar la industria del turismo o para
atraer
inversiones que generen empleo. De hecho, el MoU impone medidas
que no
contribuyen a la inversión seria, a largo-plazo. Por tanto, no
hay nada en los
textos que prometa promover la inversión en Grecia o un entorno
de negocio que
de otra forma impulse el consumismo, que a su vez estimularía la
confianza en
el mercado interno y llevaría a la creación de empleo.
Además, el Tercer MoU está
basado en las mismas
hipótesis y postulados que
los dos MoU
previos. Por lo tanto, está condenado al fracaso, dejando la
deuda
insostenible. (Ver Annexo, “El Tercer Memorándum es Insostenible
tal como los
Dos Anteriores”).
El MoU también guarda
silencio sobre la naturaleza
odiosa, ilegal e ilegítima de la deuda griega en su conjunto
(particularmente sobrela
conversión de deuda privada en pública), así como también sobre
la naturaleza
odiosa, ilegal e ilegítima de los préstamos desembolsados a
Grecia desde 2010,
los cuales fueron usados casi completamente (alrededor de un 92
por ciento) para
repagar capital e intereses a los acreedores. De hecho, el MoU
de 2015 y el
acuerdo de préstamo son una extensión de los odiosos acuerdos de
préstamo
previos (avanzados por los mismos acreedores) y por tanto no
sorprende que no
se haga referencia alguna a la naturaleza de la deuda griega. Dado
que la
deuda y todos los acuerdos de préstamo de 2010-2014 han sido
encontrados
odiosos, ilegales e ilegítimos, cualquier acuerdo de préstamos
posterior que
sea predicado sobre éstos (ignorando su carácter ilegal) es en
sí mismo también
odioso, ilegal e ilegítimo.
Medidas de Coacción,
Chantajes Ilegales e Interferencia
Directa en los Asuntos Domésticos de Grecia.
En su informe preliminar de
junio el Comité para la
Verdad sobre la Deuda señaló que la mayoría de los instrumentos
de deuda
aceptados por Grecia entre 2010-2014 se habían producido bajo un
alto grado de
coacción. De hecho, se demostró que cuando un Estado es
coaccionado para que
viole su orden constitucional, tratados y derecho
consuetudinario con tal de
asegurar su liquidez, especialmente cuando es forzado a
renunciar a una parte
significativa de su soberanía legislativa y socio-económica, se
considera que tal
Estado ha consentido bajo un alto grado de coacción. Se explicó
en el informe
preliminar (ver p. 59-60) que el término “coacción” bajo el
artículo 52 de la
Convención de Viena sobre la Ley de Tratados (CVST) puede ser
interpretado como
si incluyera también formas de coacción económica y no tiene que
estar limitado
necesariamente a la fuerza armada. El informe aporta amplias
referencias a
numerosos instrumentos con los que tal presión es vista como una
forma de
agresión. Además, en el informe preliminar se explicó que los
tipos de
coacciones económicas antes mencionadas también son cualificadas
como
intervenciones ilegales en los asuntos domésticos de un Estado,
lo cual, aunque
no invalide el consentimiento, puede sin embargo ofrecer una
base legal para la
denuncia de un tratado bajo el artículo 56(1) CVST.
El Principio 4 de la
resolución de la Asamblea General
de la ONU de 2015 que resume diversos principios de derecho
consuetudinario
sobre restructuración de deuda soberana, que son discutidos más
abajo, requiere
que todos los actores implicados se abstengan de ejercer ningún
tipo de
influencia inapropiada en el proceso. Está claro que ninguna
parte de las
negociaciones fue concluida de buena fe y que se ejerció una
influencia
inapropiada desde el principio en contra del gobierno griego y
la economía
griega en su conjunto. Una influencia inapropiada que también
fue ejercida en
contra del pueblo griego en el camino hacia las elecciones de
enero de 2015 y
camino al referendum1[SC1] . Se
debería tener en cuenta que el rechazo por el gobierno griego
y sus acreedores
del abrumador resultado del referéndum constituye una
influencia inapropiada
sobre el derecho constitucional del pueblo a escoger su futuro
financiero y es
en sí mismo ilegítimo y contrario al imperio de la ley
(principio 7).
Desde Febrero de 2015, después
del ascenso al
poder de SYRIZA-ANEL, las formas de coacción e intervención
fueron directas y
las amenazas no se limitaron al gobierno sino también al pueblo
griego. Esto se
manifestó de numerosas formas y limitaremos aquí nuestras
referencias solo a
unas pocas.
El 27 de junio de 2015, el Primer
Ministro de Grecia, Alexis Tsipras, anunció un referéndum en
relación con las inasumibles
demandas de austeridad de los acreedores. En un discurso en la
televisión
nacional después de un tardío encuentro del gabinete en la noche
del viernes,
Alexis Tsipras dijo que el pueblo griego votaría el 5 de julio
si aceptaba las
condiciones impuestas a Grecia por sus tres principales
acreedores, la Unión
Europea, el Banco Central Europeo y el Fondo Monetario
Internacional, conocidos
en su conjunto como la Troika. El 29 de junio de 2015 Benoît
Cœuré, Miembro del
Comité Ejecutivo del BCE, le dijo al rotativo financiero francés
Les Echos que “una
salida de la
eurozona, hasta el momento un asunto teórico, desafortunadamente
ya no podía
ser excluida”, añadiendo que esto era a consecuencia de la
decisión de Atenas
de terminar con las conversaciones. Benoît Cœuré dijo que si los
griegos
votaban “Sí” en el referéndum al paquete de ayudas, no tenía
“ninguna duda” que
las autoridades de la eurozona encontrarían formas de encontrar
acuerdos con Grecia.
En cambio, señaló que si el voto por el “No” ganaba, “sería muy
difícil
reanudar el diálogo político”.2[SC2]
Durante ese tiempo, por una semana entera, el BCE rechazó dar
ningún tipo de
asistencia de liquidez a Grecia.
El 3 de julio de 2015, el vice
Presidente del BCE Vítor Constancio dijo que no podía decir si
el BCE aportaría
asistencia de liquidez de emergencia (ELA) a los bancos griegos
si los griegos
votaban “No” en 2 días. Preguntado sobre si el BCE garantizaría
la asistencia
necesaria para que los bancos griegos se mantuvieran a flote,
Constancio dijo:
“No puedo responder a esta cuestión por avanzado. Será una
decisión del Consejo
de Gobierno (BCE). Tendremos que esperar y ver como el Consejo
de Gobierno en
su conjunto analiza la situación”, dijo en la conferencia de
prensa que siguió
a su discurso en la conferencia financiera.3 [SC3]
El 11 de julio, unos días
después de la abrumadora votación por el “No”, un documento
emitido por el
Ministro de Finanzas de Alemania mencionaba: “Estas propuestas
no pueden
construir una base para un programa [de rescate financiero]
completamente
nuevo, como el pedido por Grecia”. Esto hacía referencia a las
nuevas
propuestas de austeridad fiscal sugeridas por el Primer Ministro
de Grecia. En
el documento Schäuble propuso la salida de la eurozona de Grecia
por un mínimo
de cinco años y mandaba que el gobierno griego transfiriese 50
mil millones de
euros de activos del estado a una agencia externa para su venta.4[SC4]
La postura del BCE y la
coacción financiera dirigida
contra Grecia y su gente no fue solamente directa sino que
completamente
descarada y extremadamente hostil. Durante este periodo los
oficiales de la UE
y los oficiales de los gobiernos, tales como Wolfgang Schäuble,
dejaron claro
que Grecia sería llevada a un desastre humanitario con tanques
saliendo a las
calles en caso que el electorado escogiera la opción del voto
por el “No” en el
referéndum, intimidando con que Grecia estaba destinada de esa
manera a un
colapso completo de Grecia.5[SC5] La
decisión del BCE de limitar las provisiones de liquidez
adicional para el
sistema bancario griego, que llevaron efectivamente a la
imposición de controles
de capitales, contravenían su mandato y el núcleo de sus
responsabilidades. Dado
que el BCE había considerado a los bancos griegos solventes en
sus test de
estrés llevados a cabo en 2014, se encontraba en la obligación
de dar acceso a la
Asistencia de Liquidez de Emergencia (ELA) con tal de frenar la
huida bancaria
mientras estos bancos pudieran proveer garantías de calidad en
línea con las regulaciones.
En el momento que el BCE capó el ELA, se estimó que los bancos
griegos podrían
haber accedido aún a una financiación adicional de emergencia de
28 mil
millones de euros.6[SC6] El
BCE claramente violó sus obligaciones bajo los tratados de la
UE. Para empezar,
la interrupción impuesta en el sistema de pagos de Grecia es una
violación
clara de su obligación de asegurar el funcionamiento fluido de
tal sistema, tal
y como prescribe el Artículo 127 del Tratado de la UE. Segundo,
el BCE tiene el
mandato de “dar su apoyo a las políticas económicas generales en
la Unión con
vistas a contribuir al logro de los objetivos de la Unión”. Una
de estas
políticas económicas es el “imperativo de romper el círculo
vicioso de crisis entre
banco y la deuda soberana”.7[SC7] Al
forzar el cierre de los bancos y empujar al país hacia una
salda de facto e
ilegal del euro, el BCE creó una situación en la que el Estado
griego y sus
bancos se entrelazaron aún más.
El 13 de julio de 2015 Alexis
Tsipras aceptó el acuerdo de austeridad de los acreedores y
acordó los términos
del Tercer MoU. El 19 de julio de 2015 Alexis Tsipras firmó el
Tercer MoU. El
14 de septiembre de 2015 en una entrevista a Reuters, Vítor
Constancio contestó
a la pregunta: “¿Qué dudas se lanzaron sobre el euro?” “Se
generaron dudas en los
mercados sobre si países como Grecia podrían salir adelante con
los retos
económicos de la unión monetaria. Nunca hubo ninguna duda entre
la mayoría de
los países miembros. Mantenemos la afirmación de que el euro es
irreversible.
Legalmente, ningún país puede ser expulsado. La posibilidades
reales de que eso
sucediera nunca fueron reales”.8[SC8]
Es también revelador que dos
meses después del
referéndum, en la crucial discusión ante la Asamblea General de
las ONU del 10
de septiembre de 2015 en relación a la resolución sobre los
principios de
restructuración de deuda soberana, Grecia se abstuviera de
votar. Una posición política
como esta es inconcebible dado que el contenido de la resolución
era de máxima
importancia nacional para un país endeudado como Grecia (y los
términos de la
resolución le eran favorables). Pese a la posición común de la
UE en esta materia,9[SC9] hay
un claro conflicto de intereses entre Grecia y el resto de
estados de la UE,
dado que Grecia es un país deudor y sus otros socios son
acreedores. La postura
común de la UE demandaba efectivamente que los estados miembros
votaran en
contra de la resolución, o como mínimo se abstuvieran. La
posición Griega en
este asunto solo puede ser el resultado de la presión de sus
acreedores dado
que su abstención está completamente en contra de sus
intereses nacionales.
Afirmaciones directas en
contra del voto por el “No” y
las calamidades que caerían sobre el pueblo griego fueron,
además, hechas por oficiales
poderosos de la UE, en un claro desafío a la democracia y los
principios
democráticos. Ejemplos ilustrativos son las afirmaciones hechas
por el
Presidente del Parlamento de la UE, Martin Schultz. Sin duda,
las coacciones
descritas en esta sección fueron ampliadas por una gran parte de
la prensa
griega, que llegó tan lejos como
para distorsionar
las predicciones sobre el resultado del referéndum. Diversas
encuestas
predijeron que el voto del “Sí” se impondría. Tal resultado de
ninguna manera
podría haber sido inferido de los datos disponibles en ese
momento.
Todo lo contado anteriormente
fue diseñado intencionadamente
para infundir miedo en el pueblo griego y por lo tanto decantar
su voto en
favor de la opción del “Sí” y, adicionalmente, coaccionar al
Gobierno de Grecia
para que aceptara los términos de sus acreedores.
Resultados
Indicativos que se derivan de la Aceptación del Tercer MoU.
El Tercer MoU está en la
línea de los dos que lo
preceden. Continúa con la violación de derechos humanos
fundamentales, mientras
al mismo tiempo lisia la economía griega y no aporta incentivos
o base para el crecimiento,
la inversión y la promoción del comercio. Su objetivo es
recaudar aún más
impuestos y conseguir ingresos para seguir pagando la “deuda”
griega, sin que
haya referencia alguna a la reducción de deuda que permitiera situarla en niveles
sostenibles. El MoU
demanda una mayor privatización, lo cual es contrario a la
auto-determinación
económica y que, sin un plan serio, puede provocar una
disolución y mala venta
de negocios beneficiosos, generando así más desempleo.
Grecia ha perdido
efectivamente su soberanía de la
misma forma que con los acuerdos previos. Cualquier ley que
pasa por el Parlamento
debe recibir la aprobación de los acreedores antes de ser
adoptada. Tales
restricciones de la soberanía solo pueden culminar en la
ausencia de democracia
y en la imposición de servilismo y colonialismo. Es indicativo
que tras llegar
a acuerdos con sus acreedores, el Gobierno de Grecia adoptara
una serie de
leyes que los acreedores habían demandado durante tiempo. Un
ejemplo ilustrativo es la adopción de un nuevo Código de
Procedimiento Civil.
Este nuevo Código había sido rechazado por el 93 por ciento de
los juristas y
había sido rechazado por parlamentos previos. Sorprendentemente,
el nuevo
Código prevé que cuando una entidad sea insolvente o no quiera o
pueda
satisfacer a sus acreedores, los bancos privados siempre tendrán
el estatus de
acreedores preferenciales, ¡por encima y más allá del estado y
de sus empleados!
Este resultado es ajeno a la Constitución griega, a la ley
administrativa y a
la civil y es, sin lugar a duda, el resultado de la intensa
presión de los
acreedores griegos.
Implicaciones Sociales
del Tercer Memorándum.
El Tercer
MoU que acompaña al acuerdo de préstamo de agosto de 2015, igual
que los
previos de 2010 y 2012, transfiere el peso de los ajustes
estructurales a la
sociedad griega. Como resultado, el Tercer Mou incrementará la
pobreza, la
polarización de clase y la exclusión social. Un ejemplo
característico de esto
es que aunque las demandas de los acreedores prevén ampliar la
base impositiva,
lidiar con la evasión de impuestos, etc., al mismo tiempo
persiguen la eliminación
del 26% de los impuestos en las transacciones transfronterizas.
Se estableció
que esto entrara en funcionamiento el 1 de septiembre de 2015
con el objetivo
de cortar una fuente común de evasión de impuestos, con el
argumento de promover
el movimiento libre del capital.
Composición del ajuste
fiscal durante el período del
programa
Fuente:
Assessment of the social impact of the new stability support
programme for Greece,
Commission staff working document, Brussels19.8.2015, swd(2015)
162 final.
Además, los términos
económicos del Tercer MoU y del
acuerdo de préstamo de agosto de 2015 minarán aún más los
derechos soberanos de
Grecia.
Está fuera de toda duda que
las nuevas medidas de
austeridad, entre muchas otras consecuencias:
·
Reducen las pensiones en
línea con las medidas
implementadas a través de las reformas anti-pensiones de 2010 y
2012 con la
promesa de ahorrar cerca del 0.25% del PIB en 2015 y el 1% del
PIB en 2016. El
paquete, entre otras cosas, crea fuertes trabas a la jubilación
temprana al
incrementar las respectivas sanciones; sube las contribuciones
relacionadas con
la salud de los pensionistas hasta el 6%; integra todos los
fondos de pensiones
suplementarios que de aquí en adelante serán financiados en
exclusiva por
contribuciones personales a partir del 1 de enero de 2015;
congela los límites
de la pensión contributiva mensual garantizada en términos
nominales hasta
2021; establece una conexión más directa entre contribuciones y
beneficios;
elimina gradualmente los subsidios solidarias (EKAS) a todos los
pensionistas
para finales de diciembre de 2019, empezando por el 20% superior
de los
beneficiarios en marzo de 2016.
·
Aumentan los impuestos a los
campesinos. El
estrangulamiento de los ingresos de los campesinos se realiza a
través de la
abolición gradual de la desgravación del impuesto especial sobre
el combustible
diésel en dos pasos iguales en octubre de 2015 y octubre de
2016, así como a
través del aumento de los impuestos directos y, finalmente, por
medio del
aumento de contribuciones a la seguridad social.
·
Eliminan progresivamente,
hasta el 31 de diciembre de
2016, los descuentos sobre el IVA disponibles actualmente para
los negocios en
las islas del Egeo. La primera ronda de abolición fue anunciada
por una
decisión ministerial conjunta el 1 de octubre de 2015. El
objetivo de tal
exención era la disminución de los precios al consumo en islas
distantes y de
difícil acceso y por lo tanto lograr una mayor coherencia
regional.
·
Facilitan
los procesos de
embargo y liquidación a favor de las autoridades
tributarias y los bancos.
Esto se debe conseguir a través de la eliminación del techo del
25% para el embargo
de los salarios y pensiones y mediante la disminución del umbral
de 1.500
euros. Esta medida conllevará una nueva ola de expropiaciones de
los salarios,
pensiones y depósitos.
·
Aumentan los impuestos
anticipados sobre beneficios a
las empresas, no solo para grandes compañías, sino incluso
también para los
autónomos hasta el 75% por ingresos generados en 2015 y el 100%
por ingresos de
2016, por lo tanto reduciendo los ingresos disponibles.
·
Imponen una nueva ronda de
liberalización de mercados
bajo las instrucciones de la llamada ‘caja de herramientas’ de
la OCDE. Los
únicos beneficiarios de la apertura de las (ahora) restringidas
profesiones de notario,
actuario y alguacil serán los bancos, bufetes de abogados y
grandes negocios.
Habrá un impacto negativo en los derechos de la clase
trabajadora, incluyendo
la revisión del marco de negociación colectiva y el
establecimiento de los
salarios, la actividad industrial y los despidos colectivos. La
flexibilidad
adicional de las relaciones laborales (como ha mostrado la
experiencia de años
anteriores) resultará en salarios aún menores y en un incremento
del desempleo,
de la precariedad, del trabajo no declarado y de los beneficios
no imponibles.
Además, los mecanismos de
corrección semiautomáticos
que impondrán nuevos recortes en el gasto en casos de que no se
cumplan los
objetivos fiscales fijados, traerán consigo de forma indudable
una nueva ola de
medidas de austeridad. Estas medidas aunque son desconocidas
hasta la fecha,
tienen la aprobación previa del Parlamento de Grecia. Esto fue
adoptado por el
Parlamento a través de una ley de tamaño monstruoso que fue
solicitada por los
acreedores de Grecia y aceptada finalmente por el Gobierno. Uno
puede predecir
fácilmente que bajo estas condiciones favorables, los acreedores
no necesitan
preocuparse de la desviación respecto de los objetivos fiscales.
Como
resultado, es probable que anuncien una nueva ronda de recortes
de gasto sobre
la base de que tales medidas ya han sido aprobadas por el
Parlamento.
En conclusión, el período de
medidas de austeridad draconianas
iniciado en 2010, que están descritas en las siguientes
estadísticas, continúa…
Indicadores de Inclusión
Social y Laboral en Grecia
Fuente:
IBID
Conclusión
En la reciente Resolución de
la Asamblea General de la
ONU sobre la restructuración de la deuda soberana10[SC10] se establecieron varios
principios. Estos son importantes por numerosas razones. A pesar
del hecho de
que las resoluciones de la Asamblea General de las ONU no son
vinculantes per
se, prueban, cuando tienen suficiente apoyo, la posición oficial
de los estados
sobre una materia particular. Cuando el apoyo es abrumador,
argumentado y sostenido
durante un tiempo significativo (o cuando la práctica apoyada en
la resolución
satisface estos criterios) el(los) principio(s) de la resolución
pueden al
mismo tiempo reflejar el derecho consuetudinario internacional.
En el caso que
nos ocupa, la resolución recibió 136 votos a favor, solo 6 en
contra y 41
abstenciones. La Asamblea dejó claro que los principios
enunciados en la
resolución estaban guiados por el derecho consuetudinario
internacional y, en
cualquier caso, el abrumador apoyo a estos principios por 136
estados demostró
un claro consenso consuetudinario. Debería hacerse notar que
estos principios
son bastante conservadores y de ninguna manera son favorables a
los estados
deudores. Su énfasis está en el re-pago de la deuda y en honrar
los acuerdos de
préstamo. El primer principio, que es central en esta discusión,
afirma que:
“Un Estado soberano tiene el derecho, en el ejercicio de su
discreción, de
diseñar su política macroeconómica, incluyendo la
restructuración de su deuda
soberana, que no debería ser frustrada ni impedida por ninguna
medida abusiva”.
Esto también es consistente
con los Principios
rectores sobre la deuda externa y los derechos humanos,
adoptados por el
Experto Independiente de las ONU sobre deuda y derechos humanos
y respaldados
por el Consejo de los Derechos Humanos.11[SC11] En la misma dirección, el
Principio 2 requiere buena
fe de las partes con vistas a conseguir un servicio de deuda
duradero y
sostenible.12[SC12] La sostenibilidad es
definida en el Principio 8 como
sigue:
“La sostenibilidad implica
que los ejercicios de
restructuración de la deuda soberana sean completados de manera
oportuna y
eficiente y lleven a una situación de la deuda que sea estable
en el estado
deudor, preservando como principio los derechos de los
acreedores al mismo
tiempo que promoviendo un crecimiento económico sostenido e
inclusivo y un
desarrollo sostenible, minimizando los costes económicos y
sociales,
garantizando la estabilidad del sistema financiero internacional
y respetando
los derechos humanos”.13[SC13]
Basándonos en la discusión
previa y la ley pertinente
aplicada a los hechos del caso, las siguientes conclusiones
quedan más allá de
cualquier duda:
·
El Tercer MoU y el acuerdo de
préstamo de agosto de
2015 son ilegales, ilegítimos y odiosos porque son incapaces de
reconocer el
carácter ilegal, ilegítimo y odioso de la deuda griega
existente, así como la
naturaleza odiosa, ilegal e ilegítima de los procedimientos por
los que esta
deuda fue financiada desde 2010 hasta a inicios de 2015.
·
El Tercer MoU y el acuerdo de
préstamo de agosto de
2015 violan los derechos humanos fundamentales del pueblo griego
(tanto civiles
como políticos así como derechos socio-económicos) así como
están dispuestos en
la Constitución de Grecia y en el derecho internacional (basado
en tratados y en
derecho consuetudinario).
·
Desde el ascenso al poder del
gobierno de SYRIZA-ANEL
y hasta su acuerdo político con los acreedores de Grecia, hubo
un nivel de
coacción sin precedentes e interferencia directa en los asuntos
domésticos de
Grecia (incluyendo amenazas al pueblo griego) con vistas a
asustar al Gobierno griego
y a su pueblo con tal de que aceptaran los términos de los
acreedores. Tal
interferencia y coacción convierten cualquier acuerdo en
inválido y abierto a
cualquier denuncia unilateral por futuros gobiernos. Además,
estas acciones
evidencian una ausencia de espíritu moral y solidario por parte
de los líderes
de los estados de la UE y las instituciones de la UE y
demuestran que el
bienestar del sistema bancario privado es el mayor imperativo en
las políticas
de la UE.
El Comité para la Verdad
sobre la Deuda querría
expresar su más profundo pesar por el hecho de que el gobierno
de Tsipras no
tuviera en consideración ninguna el Informe Preliminar del
Comité datado de junio
de 2015 en sus negociaciones con los acreedores. De hecho, el
Primer Ministro
Tsipras aceptó que no tuviera lugar ninguna quita sobre la deuda
a pesar de ser
plenamente consciente del carácter odioso, ilegal e ilegítimo de
la deuda del
país.14[SC14]
Anexo 1. Impacto en las
Relaciones Laborales.
1.
Nuevo sistema de negociación colectiva.
En el Tercer Memorándum está
estipulado que el nuevo
sistema se fundamentará en las mejores prácticas de los estados
miembros de la
UE. En lo que se refiere a sus características definitorias, se
levanta un muro
en contra del exitoso sistema establecido por la Ley 1876/90. El
MoU prohíbe la
re-introducción del modelo al que dio inicio la Ley 1876/90 –
antes de que
fuera distorsionado por las medidas legislativas de los MoU
previos. Mientras
tanto, el Pleno del Consejo de Estado Helénico (CdE) con su
fallo 2307/2014
anuló el Acta del Consejo Ministerial (ACM) 6/2012
(implementando la ley del
Segundo MoU) que se refiere a la derogación del derecho a
recurso unilateral a
arbitraje (derecho clave para el funcionamiento de la autonomía
colectiva y los
acuerdos laborales colectivos [de aquí en adelante ALC]). Esta
anulación hizo
posible la re-introducción del arbitraje y los ALC que habían
sido congeladas
durante los dos años enteros.
La respuesta del gobierno de
Samaras-Venizelos se
produjo a través de la Ley 4303/2014, que aunque re-introdujo el
derecho al
recurso unilateral, tal como mandaba el CdE, al mismo tiempo
estableció varios
criterios para la resolución arbitrada de las disputas laborales
colectivas.
Estas estaban exclusivamente centradas en proteger los intereses
de las
empresas. Por lo tanto, la devaluación interna a través de la
reducción de
salarios – un objetivo clave del Segundo MoU – continúa hasta el
día de hoy
violando la sentencia 2307/2014 del CdE.
Un objetivo claro del Tercer
Memorándum es la
continuación de la misma política de devaluación interna a
través de la
reducción de salarios. Este es el porqué de que el tercer
Memorándum rechazara
la re-introducción del régimen de la Ley 1876/90 que había sido
adoptada por
todos los partidos del Parlamento de ese tiempo y tenía el apoyo
no solo de los
empleados sino también de los empresarios.
Finalmente, en referencia a
las mejores prácticas de
los estados miembro de la UE, en las que el sistema griego
actual debe fijarse para
su guía, se evidencia que las políticas de austeridad tienden a
romper los ALC de
la misma manera en estos estados.
2. Despidos
colectivos
La ley de despidos colectivos
(Ley 1387/1983) y la pertinente
Directiva de la UE se aplican solo al 2% de los negocios
griegos, porque el 98%
restante emplea a menos de 20 trabajadores (20 trabajadores es
el límite para
la aplicación de la ley). Cualquier restricción ulterior en
contra del ya estrechísimo
campo de aplicación de la ley aniquilará cualquier tipo de
control sobre los
despidos colectivos en Grecia y señalará el rechazo efectivo a
aplicar la
Directiva de la UE sobre despidos colectivos. Además, un
objetivo evidente del
Tercer MoU es la abolición de la necesidad de consentimiento
ejecutivo sobre los
despidos colectivos, que llevará, en la práctica, de media, al
pago de 12
salarios mensuales (en vez de la compensación por despido), si
la directiva sigue
adelante con el despido colectivo sin el consentimiento
ejecutivo. Esto es una
característica de la ley griega que es más favorable a los
empleados que la
Directiva de la UE. Las patronales han perseguido
persistentemente la abolición
de esta ley. Debería hacerse notar que tanto el Tratado del
Funcionamiento de
la UE y las Directivas de la UE que se refieren a despidos
colectivos permiten
expresamente a los estados promulgar leyes más favorables a los
empleados. En
realidad, esta característica particular de la ley griega cubre
un importante vacío
en la protección de los empleados. Esto es porque en Grecia no
hay planes
sociales acordados para el caso de los despidos colectivos y la
protección de
los desempleados es inexistente.
3.
Pensiones.
La reducción continuada de
las pensiones a través del
Tercer MoU (directa, indirecta con el incremento en las
contribuciones al Fondo
de Salud y a través del incremento de impuestos directos,
indirectos y extraordinarios)
viola la Constitución griega de acuerdo con el Pleno del CdE
(sentencias 2287-2290/2014,
que anularon las reducciones en las pensiones impuestas en 2012
de acuerdo con
el Segundo MoU). El CdE sostuvo que tales nuevos recortes (otros
los habían
precedido) violaban los términos de una vida digna. Por lo
tanto, los nuevos
recortes que ya se habían aplicado, así como los que se
aplicarán en el futuro,
violan el artículo 2(1) de la Constitución (que hace referencia
al respeto y
protección del valor y dignidad de las personas) y contravienen
las sentencias
2287-2290/2014 del Pleno del CdE.
Con las mismas sentencias el
Pleno del CdE anuló la
“cláusula de déficit cero” de los Fondos de Seguro, que
establecía que los
Fondos pagarán pensiones solo en el grado en que sus finanzas
permitan tales
pagos sin ninguna asistencia del estado. El Pleno del CdE
encontró que tal
cláusula era inconstitucional (artículo 22(5) de la
Constitución). Sin embargo,
la re-introducción de la cláusula anulada parece que ahora ha
sido impuesta al Gobierno
a través del Tercer Memorándum). Es ilustrador que el Plan
Juncker, entregado
al Gobierno griego antes del referéndum, previera la abolición
por ley de las
sentencias 2287-2290/2014 del Pleno del CdE.
Anexo 2. El Tercer
Memorándum es tan Insostenible como
los Dos Precedentes
1.
La economía política del Tercer Memorándum.
Objetivos fiscales y
crecimiento del PIB que
fundamentan el programa de ajuste del Tercer MoU
En este memorándum se parte
de la misma hipótesis que
subyacía en los dos precedentes y que fue desmentida por los
hechos: que una
fuerte contracción fiscal sería compatible con una recuperación
del
crecimiento.
El presidente del eurogrupo,
Jeroen Dijsselbloem,
sostiene que eso es posible:
"El Memorándum prevé alcanzar
los objetivos de superávit
primario gracias a las siguientes medidas:
·
El ahorro que se realicen en
el ámbito de las
pensiones: del orden del 0.25 % del PIB en 2015 y 1 % del PIB en
2016 (ver
pp.13-14 del Memorándum);
·
Las medidas concernientes al
sector de la salud
(pp.15-16 del Memorándum);
·
Las reformas en torno a los
ingresos públicos y la
gestión financiera, que incluye medidas contra el fraude y la
evasión de
capitales. La recaudación en concepto de IVA tienen será, cuando
menos, de 2.65
mil millones. El impuesto sobre bienes inmuebles se fijará a
partir de 2017 en
función de los precios del mercado y se deberán revisar las
bases impositivas
de este impuesto. Las autoridades públicas deberán mejorar la
recaudación de
los impuestos atrasados, poner en pie agencias independientes
[para la
recaudación de impuestos] e independizar el Consejo Fiscal. El
Memorándum prevé
otras reformas fiscales (pp. 6-11 del Memorándum);
·
Además, se le exige al
gobierno griego que en octubre
de 2015 introduzca medidas estructurales. Las medidas que entren
en vigor en
2017 deberían conducir a un crecimiento suplementario del 0.75 %
del PIB y las
que entren en vigor en 2018 de un 0.25 %, además de contribuir a
la alcanzar
los objetivos presupuestarios a medio plazo."
2. Una fe ciega en las
reformas estructurales
La segunda hipótesis es que
las reformas
estructurales, por sí solas, pueden estimular el crecimiento17[SC17] . Los fracasos en el pasado se
explicarían por la
inadecuada implantación de las mismas. Por ejemplo, el FMI
afirma que “las importantes
carencias de la puesta en pie del actual programa a lo largo de
estos últimos
años condujeron a un incremento significativo de las necesidades
de
financiación”.
Ahora bien, tal y como
reconocía el propio FMI en el
balance del memorándum precedente18[SC18] , esas reformas estructurales
fueron implantadas en
Grecia. La OCDE señaló que “desde el inicio de la crisis se han
realizado
importantes progresos en la reforma del mercado laboral y de
mercancías, pero
su punto de partida era muy bajo. Desde 2009-2010 Grecia tiene
la puntuación
más alta de la OCDE en lo que respecta a la implantación de las
reformas
estructurales recomendada”.19[SC19] En junio de 201320[SC20] , el FMI felicitó a Grecia
por su reforma de las
pensiones “uno de los principales logros del programa”.
El año 2013, otro documento
del FMI21[SC21] no dudaba en
afirmar que “la simulación de los efectos de la reforma
concuerdan con la
evolución de la economía griega” y que “del mismo modo, los
resultados son
compatibles con los objetivos de crecimiento a largo plazo del
programa”.
Pero, en realidad, Grecia
cayó en una profunda
recesión, a pesar, o más bien a causa, de la aplicación estricta
de las
reformas estructurales recomendadas e impuestas por la Troika,
al precio de una
crisis social dramática.
En la situación actual, nada
permite pensar que las
nuevas reformas estructurales podrían conducir a resultados
diferentes.
3. “La deuda griega se ha
hecho insostenible”
Christine Lagarde, la
directora general del FMI22[SC22] declaró: “Sin embargo,
continúo estando firmemente
convencida de que la deuda griega se ha hecho insostenible y que
Grecia no
puede restablecer por sí misma la sostenibilidad de la deuda.”
Esta toma de posición se basa
en un documento reciente
del FMI23[SC23] que establece que “la deuda
pública de Grecia es
altamente insostenible [y que] se acercaría al 200 % del PIB en
los dos
próximos años, si no se logra rápidamente un acuerdo”.
Actualmente la deuda
griega no puede devenir sostenible más que a través de medidas
de alivio que
vayan más allá de lo que Europa ha planteado aceptar hasta el
presente.
Conclusión
El
tercer memorándum se basa en las mismas hipótesis y los mismos
postulados que
las dos precedentes. Así pues, está condenada al fracaso y la
deuda griega continuará
siendo insostenible.
Traducido por Sergi
Cutillas
Notas
6. Barclays
Research (2015). Greece’s Achilles’ Heel.
7. Council
of the EU (2012), Euro Area Summit Statement of 29 June 2012.
9. EU
Common Position on the UN Draft Resolution A/69/L.84, Doc
11705/15 (7 September
2015).
10. UN
Doc A/69/L.84 (29 July 2015).
11. UN
Guiding Principles on Foreign Debt and Human Rights, UN Doc
A/HRC/20/23 (10
April 2011), paras 73-75.
12. UN
Guiding Principles, para 54
13. Equally
endorsed in the UN Guiding Principles, paras 48 and 65.
14. Euro
Summit Statement, 12 July 2015, at 6
15. Memorandum
Of Understanding Between The European Commission Acting On
Behalf Of The
European Stability Mechanism And The Hellenic Republic And The
Bank Of Greece,
19 August 2015
http://ec.europa.eu/economy_ finance/assistance_eu_ms/ greek_loan_facility/pdf/01_ mou_20150811_en.pdf
16. Jeroen Dijsselbloem,“Exchange of
views with the
President of the
Eurogroup on Greece”,European Parliament, 22 September 2015
17. Michel Husson,
“Greece: Structural reforms, multipliers,
competitiveness”, Note
for the Truth Committee on Public Debt, April 2015,
http://hussonet.free.fr/ grtruth415.pdf
18. IMF,
“Greece. Ex post Evaluation of Exceptional Access Under the 2010
Stand-by
Arrangement”, June 2013, p.44,. http://goo.gl/FHJZsC
19. OECD,
Economic Survey. Greece, OECD, November 2013.
20. “Ex
post Evaluation of Exceptional Access Under the 2010 Stand-by
Arrangement”,
June 2013, http://goo.gl/FHJZsC
21. “Greece.
Selected issues”, May 2013, http://goo.gl/mSNN4N
22. “Statement
by Christine Lagarde on Greece”, IMF Press Release No. 15/381,
August 14, 2015,
http://goo.gl/ui5Q1O
23. “An
update of IMF staff’s preliminary public debt sustainability
analysis”, IMF,
Greece Country Report No. 15/186, July 14, 2015,
https://goo.gl/hMdL4p
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