21/9/18

Guaridas y evasión fiscal: ¿Hacia una Fiscalidad internacional y española justas?.


Autor: Daniel Albarracín Sánchez. Dr. en Sociología y Licenciado en CC. Económicas y Empresariales. Asesor Político en el Parlamento Europeo. 
Junio 2018, Jornadas de Economía Crítica, León

RESUMEN
Fiscalidad y guaridas off-shore: qué hacer para luchar contra la evasión fiscal en España y en Europa.

La experiencia de movimientos sociales, las filtraciones y escándalos conocidos -como los Papeles de Panamá o los Paradise Papers, entre otros- y la lucha política llevada al plano institucional ha llevado al debate público problemas hasta hace poco anatema dentro del establishment, y que ponen en tela de juicio sus privilegios, al hacerlos notablemente visibles. El propósito de esta contribución trata de dar cuenta del alcance de la evasión fiscal y otros fenómenos asociados (elusión fiscal, planificación fiscal agresiva, lavado de dinero) y de los debates europeos que se han dado y se siguen produciendo en el marco europeo e internacional. Se aportarán algunos datos que dimensionarán el problema a escala española. Este trabajo abordará una crítica que desmontará los argumentos que han escondido una práctica que ha servido para el privilegio impune de grandes corporaciones transnacionales y grandes fortunas patrimoniales de familias acaudaladas. A este respecto, es también objeto de este papel proporcionar elementos de propuesta de lucha contra la evasión fiscal y los paraísos fiscales y sus diferentes manifestaciones, vehículos, agentes cómplices, espacios off-shore, y prácticas antisociales.

Palabras clave: Evasión Fiscal, Grandes Empresas, Elusión Fiscal, Paraísos fiscales, Medidas alternativas

Clasificación JEL: H3 Políticas fiscales y comportamiento de los agentes económicos.

1.    Mitos sobre los paraísos fiscales: Derribando muros imaginarios.




En la etapa de hegemonía del neoliberalismo tuvo lugar un gran despliegue de políticas de ajuste salarial, reordenación de las funciones del sector público -para apoyar más a las empresas-, privatización de importantes segmentos de los servicios públicos, disminución de las políticas sociales, una acentuación de la desregulación bancaria y la financiarización de la economía. El propósito material central ha sido recuperar las tasas de beneficio. Esa etapa tuvo que venir también acompañada del impulso de un nuevo ideario para legitimar dichas políticas. Ese conjunto de consignas formaron un mantra que escondía una revolución fiscal conservadora.

Aquellos mitos legitimadores fueron bien claros. La globalización generaba sinergias, donde la economía mundial encontraba opciones para seguir creciendo. El movimiento libre de capitales correspondería con la condición necesaria para que los inversores llevasen sus ahorros allí donde habría más oportunidades de negocio, lo que convertiría los excedentes acumulados y el ahorro en nueva inversión, y ésta, a su vez, en más empleo. El mercado, en un mundo global, exige mayores dimensiones de las empresas para ser más competitivas. En un mercado tan grande se relativizarían los comportamientos oligopolísticos, con lo que la mayor y más oferta de productos y servicios facilitaría el descenso de los precios. Aumentaría la libertad de los consumidores, beneficiando su bolsillo. La tecnología facilitaría enormemente, con la informática e internet, las gestiones y las comunicaciones, ahorrando costes administrativos; la robótica supondría una enorme ventaja que ahorraría esfuerzos a los y las trabajadoras.

En este contexto discursivo, la fiscalidad se muestra, junto con otras regulaciones comerciales, financieras y productivas, un obstáculo para el motor del crecimiento y la riqueza o las inversiones de las grandes compañías capitalistas, porque alteraría las condiciones tanto para el ahorro como para la inversión.

La fiscalidad, así, habría de optimizarse, mientras dota de recursos para un Estado, con funciones de control social y de garantía del funcionamiento ordenado de los mercados y de protección de los grandes sectores estratégicos en manos privadas, para no constituir una barrera para la obtención de la rentabilidad, la promoción de la consabida competitividad empresarial y la iniciativa emprendedora que haga posible la movilización plena de las capacidades productivas.

Ahora bien, poco de este discurso se corresponde con la realidad.

La mercantilización de la economía global ha avanzado mucho. Han sido un grupo no muy numeroso de corporaciones globales las que han ido acaparando, apoyadas por sus Estados de origen, o por instituciones internacionales promovidas por grupos de Estados poderosos, los espacios de negocio de la cadena de valor mundial, configurando una división internacional del trabajo basada en la competencia, enormemente desigual. Se ha desarrollado una carrera de -pocos- ganadores y -muchos- perdedores, donde los sueños de cooperación y mutuo beneficio, que el Nobel de economía Ronald Coase (1937) auguraba, no se han producido, sino más bien su deriva maquiavélica donde el acaparamiento, la presión y las ventajas absolutas (Shaikh, 2016) han determinado el curso de la globalización capitalista.

En este contexto, el papel de los sectores públicos desempeña un lugar nuevo. Ya no son los Estados-Nación los que regulan los mercados y a los actores productivos, sino que serían los mercados globales, cuya cara visible son las grandes corporaciones transnacionales privadas, los que marcarían la agenda y los objetivos a los gobiernos, a veces coordinados por una serie de instituciones supranacionales. Se trata de un neoliberalismo de Estado (Albarracín, D.; 2012) , o, dicho de otra forma, un capitalismo corporativo y financiarizado amparado por los Estados modernos.

Perplejamente, al tiempo que eclosiona una nueva ola de exaltación de las naciones, la soberanía popular -que sólo en algunas ocasiones se expresa en su forma nacional-, nunca jamás estuvo más en entredicho. Se consagra el divorcio entre los objetivos perseguidos por los Estados y las demandas y aspiraciones de las clases populares.

Cabría hablar de algunos de los ideologemas que emplean los tecnócratas y representantes públicos, para darle credibilidad presentable al neoliberalismo realmente existente, y en particular las cuestiones relacionadas con la fiscalidad y el comportamiento ante ella.

Jean Claude Juncker, entre otros dirigentes europeos, es uno de los adalides de la competitividad fiscal sana. La primacía para optimizar la dinámica de producción debe dársela a los inversores, cuyo comportamiento está compuesto por la iniciativa, la asunción del riesgo, su innovación, la búsqueda sana de negocio, mediante las mejoras en productividad y competitividad en contextos fiscales y laborales que no ocasionen distorsiones en los costes y decisiones empresariales. Esto presupone que un marco fiscal competitivo representa un incentivo a los gobiernos a su adaptación permanente a las necesidades de los inversores para escoger sus territorios, al tiempo que para los gobiernos para atraer a los inversores internacionales. Esta dinámica empujaría a una supuesta tasa fiscal óptima, como entre otros idearon Frank P. Ramsay (1927) o Arthur Laffer (2004) en su día, promovida por la lógica competitiva del mercado.

El problema clave es que los mercados no son planos, los inversores internacionales y gobiernos guardan intereses comunes en no pocas ocasiones, y estos no tienen por qué, ni suelen coincidir con los de las personas que trabajan en territorios concretos. Está dinámica de presión corporativa y adaptación fiscal de los gobiernos suele comportar rebajas sustanciales en los impuestos sobre los beneficios, o sobre el patrimonio, beneficiando, en suma, a los grupos sociales que ya cuentan con privilegios y tienen acceso a un circuito global que el resto no dispone. Vale decir, esto empuja a una tendencia de devaluación fiscal permanente para dichos grupos económicos y, para sostener las arcas de los Estados, se sostienen cargas fiscales más elevadas para las clases trabajadoras -familias que viven de un salario, falsos autónomos, pequeños empresarios, etc...- que, como decimos, no tiene las mismas opciones de escapatoria para aflorar a elección su fuente de ingresos.

Lejos de una dinámica beneficiosa, esto supone la derivación de capitales de un país, donde el régimen fiscal pueda ser más alto, a otro, en donde se obtengan ventajas fiscales para los propietarios de capital -financiero, patrimonial, empresarial, etc...-. Esto causa un detrimento de la capacidad inversora de un país en favor de la del otro. Comportando un juego potencial de suma cero, donde uno gana el otro pierde, ni siquiera llega a producirse un beneficio en balance. Las inversiones son frecuentemente fruto de transferencias contables recreadas, utilizando sedes, filiales o empresas pantalla, y usando los mecanismos de precio de transferencia o préstamo intragrupo, y no suelen materializar activos concretos. Con lo que realmente el efecto es que en un país no se recauda los impuestos correspondientes en absoluto, y en el otro apenas o en un porcentaje muy pequeño. Es decir unos pocos ganan algo, en términos relativos -puesto en términos absolutos y a escala individual es mucho-, para que la mayoría pierda bastante.

Por otra parte, hay países, como el Ducado de Luxemburgo, que alcanza acuerdos fiscales como un traje a medida (los conocidos tax ruling) con empresas transnacionales, que representan la expresión tangible de ese mercado global, que sitúan sedes fiscales en su territorio, en virtud de los cuales las obligaciones fiscales son simbólicas, un 1% en el impuesto de sociedades. Por el contrario, mientras la población sufre los efectos de los ajustes en las políticas sociales, servicios públicos y derechos sociales, debido a caídas sustanciales en las recaudaciones públicas -normalmente por la caída en los ingresos por el impuesto sobre beneficios y sobre la riqueza- se elevan las cargas fiscales por la renta personal o por el consumo, que suelen recaer en las espaldas de las familias trabajadora, precisamente las que dedican mayor porción de su renta al consumo.

En suma, no se trata de ninguna “mano invisible”, como diría Adam Smith (1776),  ni ningún mercado global “competitivo” que asigne automáticamente los recursos de manera óptima, sino más bien del pie visible de las corporaciones globales, hasta el punto de una influencia que delimita políticas económicas y marcos regulatorios supranacionales y nacionales. Modificaciones como son los anómalos acuerdos estatales de doble imposición, que con la justificación de no gravar dos veces un beneficio finalmente no es gravado ni en un país ni en otro, acabando por ser, en última instancia, acuerdos de doble no-imposición.

Ni hay mercados de competencia perfecta. Más bien al contrario, los gobiernos y los Estados promueven o toleran marcos legales y arquitecturas fiscales para privilegiar a la fracción del capital que es global y a las grandes familias de la oligarquía mundial, haciéndose cómplices de ellos o poniéndose a su servicio.

Sin embargo, no son pocos los políticos (por ejemplo, Trump en EEUU) y analistas que llegan a vincular las bajadas de impuestos a una supuesta espiral virtuosa para la inversión. Todo ello, habida cuenta, en su opinión, de la ineficiencia de los Estados a la hora del uso de los recursos recabados. Su argumento afirma que la reducción impositiva propiciaría una fuente añadida de excedentes empresariales y de ahorros que serán destinados a la inversión y la creación de empleo.

Este tipo de argumento no resiste la prueba de los hechos. Los excedentes que las empresas y grandes fortunas pueden liberar de sus compromisos fiscales no tienen por qué reinvertirse. Ni suelen hacerlo. Salvo que se den oportunidades de negocio y condiciones de rentabilidad ventajosas. Si no se producen, estos acaban en mero ahorro acumulado, en consumo suntuario o, más habitualmente en operaciones financieras que suelen conllevar relocalizaciones de actividades a territorios con mayores expectativas de rentabilidad, acaparamiento de bienes raíces o, en otros casos, comportamientos especulativos. En no pocos casos, se trataría del fenómeno que autores como David Harvey (2003) llaman acumulación por desposesión, que consistirían en operaciones financieras que redundan en alteración de precios, concentración de recursos productivos y desigualdad en el reparto de la riqueza.

La actitud oficial de los gobiernos e instituciones supranacionales suele consistir en la denuncia de la evasión fiscal, el lavado de dinero y las operaciones financieras ilícitas, como formas de fraude que en no pocas ocasiones ampara otras actividades delictivas -tales como el tráfico de armas, el narcotráfico, la trata de personas, o el terrorismo-. Esto es, en teoría se critica a quienes incumplen el marco fiscal legal, en forma de fraude o evasión. Sin embargo, muchos gobiernos promueven ese juego desnivelado, las escalas regímenes fiscales con niveles de exigencia diferente en cada país, guardando o tolerando vacíos legales. Cuando llega la hora de perseguir el fraude ni se ponen los medios institucionales, económicos, técnicos o profesionales, no se establecen sanciones disuasorias efectivas, o se persiguen a actores menores, como el pequeño empresariado y los autónomos, o a trabajadores que no tienen forma de esconder su nómina al fisco. Cuando, en última instancia, las denuncias se hacen vox populi, y la opinión pública es un clamor -como ha sucedido tras las diferentes filtraciones y escándalos (LuxLeaks, Panama Papers, Paradise Papers, etcétera)- las instituciones suelen realizar reformar parciales dejando aspectos clave para permitir la elusión organizada o la misma evasión, o anunciando nuevas listas de paraísos -que en general dejan fuera a los principales territorios responsables-, dando a entender qué hacen algo para dejar todo prácticamente igual.

Si no se apela al mito de la prosperidad, o a ejercicios institucionales de lavado de cara, suele optarse por referirse al trato jurídico de la elusión fiscal y la planificación fiscal agresiva, en apariencia “legales” –por la simple razón de que son alegales o no ilegales por no estar contempladas en la regulación-, haciendo ver que una idea falsa repetida muchas veces se torne verosímil. Así, se extiende la idea de que hay una fórmula legal para evitar pagar al fisco, que igual no es decente pero sí inatacable jurídicamente. La elusión sería la vía por la cual no pocos bancos, gestores de patrimonio, bufetes, auditoras y asesores proponen servicios y elaboración de planes de optimización fiscal, conocidos como planificación fiscal agresiva, justificarían que su negocio, ofrecido a las grandes empresas y familias de superricos, parecería legal. Se trata de generar la sensación de impotencia o reducir la crítica a una queja moral incluso entre aquellos que ven con malos ojos el fenómeno, convirtiendo la indignación en resignación.

Sin embargo, cabe señalar que dicha elusión es posible por causas que tienen responsables concretos que o bien organizan las condiciones para que sea posible, o bien se aprovechan de los agujeros regulatorios como negocio de servicio legal, bancario, contable o fiscal en sí.

En primer lugar, los Estados, sea por su falta de cooperación o de armonización de sus políticas fiscales, organizan activamente marcos y tratamientos fiscales desiguales y desnivelados entre territorios y actores económicos; en otras ocasiones, devienen comportamientos pasivos, caracterizados por la negligencia o permisividad en la formación de agujeros legales, a escala internacional o nacional. Son responsables, sea por acción u omisión, de que se presenten circuitos y maneras de proceder que dan pie a esa elusión fiscal organizada. En segundo lugar, son precisamente los promotores y facilitadores del negocio de la planificación fiscal, los que operan en los grises de la legislación, en términos generales contra el espíritu de la ley. En tercer lugar, los beneficiarios últimos de estas operaciones, mediante un comportamiento desleal e incívico, resultan responsables en primera instancia por los beneficios fiscales privilegiados de los que disfrutan gracias a ello.

Sin embargo, no faltará aquel que dirá que el fraude, como la corrupción, es cosa de todos. Que basta con que alguien no pague el IVA en una ocasión para equiparar la responsabilidad que tiene dicho fraude con la evasión fiscal organizada y a gran escala y estructurada por las grandes corporaciones globales, las familias de superricos y amparada por los poderes públicos. También se dirá que, esos agujeros legales o servicios de planificación están al alcance de todos, así que no debemos rasgarnos las vestiduras.

Cabe recordar que, por un lado, la responsabilidad fiscal por el fraude no puede reducirse a una cuestión de moralidad individual, sino que está en la impronta de la regulación y el régimen fiscal, y los medios para hacerlo cumplir, con los que cuenta una sociedad. En primer lugar, un contexto donde se extiende la idea de que quien no defrauda es tonto, porque los que debieran dar ejemplo no cumplen, y porque la triquiñuela es lo común, naturalmente abona el terreno para el fraude. Las mismas personas en otro contexto donde la ley y los regímenes fiscales son justos, donde hay prácticas sociales de educación y respeto fiscal, de compromiso con lo público, donde se hace cumplir la ley, se persigue al defraudador y se le sanciona, actuarán mucho más acorde con una conducta fiscalmente responsable. De tal modo que, antes de derivar las culpas a los individuos, fijémonos en las estructuras legales y sociales que afianzan y extienden determinadas prácticas sociales. A este respecto, un marco donde hay una manifiesta injusticia fiscal, donde el esfuerzo de pago no va acorde con la capacidad económica, donde se tolera la evasión de los más poderosos, donde figuras públicas dan mal ejemplo -como, por ejemplo, políticos, cargos públicos o personas pertenecientes a la propia monarquía- no es precisamente el que ayudará a consolidar comportamientos que corresponden con una ciudadanía fiscal responsable.

Aun cuando todos y cada uno tengamos la última palabra a la hora de declarar, puede contrastarse sobradamente que la evasión y el fraude fiscal no se comete igual por todos, y por tanto, la responsabilidad recae más en unos defraudadores que en otros. Como veremos después, casi las terceras partes del fraude es achacable a las grandes empresas y, por tanto, cabe decir que estas figuras económicas son responsables en esa proporción de esta lacra y, podríamos decirlo así por las consecuencias sociales que acarrea, este terrorismo financiero y fiscal.

Por otro lado, parece importante recordar que los servicios de planificación fiscal o de apertura de cuentas o empresas offshore no es algo a lo que tenga acceso todo el mundo. En el caso de las empresas, han de contar, y pagar los servicios, con bufetes de abogados, asesores contables y servicios de auditoría, que les abran paso a las acciones que conducen al fraude fiscal, cuanto menos en relación al espíritu de la ley, aunque se le ponga el lazo de una “simple práctica admitida de elusión fiscal”.  Asimismo, los gestores de patrimonio de las grandes fortunas reciben comisiones prohibitivas para el común de los mortales. Por ejemplo, tal y como se ha revelado en el último escándalo de los Paradise Papers, el bufete Appleby sólo atendía a aquella clientela que pusiese sobre la mesa un capital a partir de una suma sólo está al alcance de un superrico. Dicho de otra manera, cabe decir que no sólo se produce un ejercicio de selección privilegiada para las clases dominantes, sino que también viene a ser un espacio que jerarquiza a las clases sociales que se benefician del sistema existente, escogiendo sólo a un grupo muy selecto: el que se mueve a escala transnacional y cuenta con grandísimas cuentas de dinero.

En las sesiones de investigación del Comité de Investigación de los Panamá Papers del Parlamento Europeo, tuvimos la asombrosa experiencia de escuchar, por asesores que operan en el marco del territorio suizo, que los servicios de gestión patrimonial, que ofrecen los grandes bancos a las familias más pudientes, justifican la “discreción” para garantizar la seguridad de su clientela. Detrás de este argumento favorable al secretismo, se proclamaba una defensa de la libertad individual por encima de las responsabilidades fiscales universales, así como una prevención. Se trata de unos servicios que tratan de proteger a los superricos no sólo de sus obligaciones fiscales, sino también de la supuesta envidia de lo que ellos entienden son unos perdedores, unos loosers. Esta racionalización elitista ha sido elevada a norma durante décadas en Suiza, y cuando ya ha sido inevitable acabar con el secreto bancario suizo, dicho país ya contaba con que Singapur u Hong-Kong, en clara cooperación con dicho país, que ofrecen cuentas opacas a los clientes que deseen operar desde Suiza como punto de partida (Zucman, G, 2013).

Resulta chocante como las elites dan la vuelta a su comportamiento deshonesto y depredador culpabilizando a las víctimas de sus atropellos, calificándolos de envidiosos o acusándoles de no entender lo eficiente de su conducta. Sin duda alguna, las autoridades fiscales debieran seguir el rastro de las operativas bancarias que mueven grandes cifras, y establecer mecanismos de diligencia debida que obliguen a los operadores financieros a una plena transparencia y provisión de información estructurada que pueda ser escrutada por los inspectores fiscales. Cabe decir, que el mejor modo de perseguir esta gran evasión fiscal consiste en aplicar sistemas regulatorios capaces de establecer un control de movimiento de capitales que tendría, entre otros propósitos regulatorios, impedir la evasión fiscal.

A este respecto, es común encontrarse con el cinismo de los mal llamados intermediarios, en otras palabras, los facilitadores y promotores de este negocio del fraude fiscal organizado. Dirán que si no son ellos, serán otros los que harían ese papel. Dirán que, además, se juegan el pellejo, que estudian las leyes para facilitar su cumplimiento, etcétera. Cabe señalar que estos servicios son altamente especializados. Aunque diferentes bufetes, entidades y empresas que ofrecen estos servicios, no nos encontramos en un mercado amplio. Además, las clientelas son limitadas. Esto es, se trata de un grupo muy pequeño de la sociedad y, con los medios apropiados, no debiera ser tan difícil ponerles, como al gato, el cascabel. A día de hoy los servicios de investigación consiguen penetrar en organizaciones criminales con altos sistemas de protección, pudiendo rastrear sus movimientos. Con los mismos medios podría perfectamente actuarse sobre estos grupos de evasores, beneficiarios o facilitadores, algo de lo que cabe preguntar a los poderes públicos por qué no se dispone de ellos.

En suma, un modo muy eficaz para evitar el fraude fiscal consistiría en regular a estos operadores que promocionan la evasión de un modo u otro. Para ello bastaría una regulación sobre transparencia, prácticas de diligencia debida, y contar con un cuerpo fiscal especializado y un marco sancionador disuasorio. Entre las propuestas más oídas está la de la retirada de la licencia bancaria a los bancos que sirvan operaciones de gestión patrimonial, o la de establecer una licencia para bufetes de abogados, contables y auditoras, que pudiera ser retirada de probarse una conducta ilícita reiterada. O, por ejemplo, la exigencia de considerar como unidad de grupo a todas las filiales de las auditoras transnacionales, obligándoseles a proporcionar información unitaria, a efectos fiscales y legales. O, también, la de obligar legalmente a la separación de actividades, como la de fedatario público en las cuentas consolidadas de las empresas y la provisión de servicios de asesoría fiscal.

En definitiva, que si hubiese un control sobre estas prácticas sin duda alguna disminuirían de una manera muy sensible. Sólo la permisividad hace posible que florezcan estos servicios y estas conductas indeseables.



2.    Multinacionales y Grandes empresas españolas: una aproximación a la evasión fiscal organizada.



Desde tiempos inmemoriales los impuestos se han visto como la exacción que aplicaba el poder instituido, sean las primeras jerarquías de clan, la Iglesia, el señor Feudal, o el Estado moderno, al pueblo llano. Hay por tanto una rencilla acumulada que invita a una antipatía permanente por ellos.

Sobre esta animadversión, los poderosos, frecuentemente con influencia en las diferentes instituciones de hacienda estatal que han existido, se han amparado en una percepción general y varios argumentos para justificar su, por decirlo con delicadeza, falta de compromiso con los deberes cívicos. Sí, porque también los impuestos hacen posible las políticas, los bienes y servicios públicos que hacen posible el bienestar y la cohesión social. Algunos dicen que son opresivos, otros que los “impuestos son para la gente corriente”[1]. Finalmente, los más sofisticados y liberales afirman que precisamente los impuestos arrebatan unos excedentes imprescindibles para la generación de inversión y, por ende, del empleo, siendo el empresariado que ahorra y se arriesga para su promoción. Bien es sabido, sin embargo, que los excedentes apenas se reinvierten sino hay un negocio rentable delante, así que bajar los impuestos no garantiza en modo alguno la inversión. Yendo aún más lejos, no pocos gobernantes europeos, o incluso el propio Presidente de la Comisión Europea Jean Claude Juncker, vendrán a decir que la competitividad fiscal (Juncker dirá que “sana”) optimiza y adecúa la carga fiscal de los Estados, movidos por la necesidad de atraer capitales e inversión a cada territorio. Menos, pero los hay, como el eurodiputado David Coburn (UKIP), dirán que incluso hasta los paraísos fiscales contribuyen como garantes de la seguridad financiera, el ahorro y la inversión. Todos ellos están a favor de la devaluación fiscal o, incluso, el dumping fiscal institucionalizado, y, en nuestra opinión, son responsables de animar conductas favorables al terrorismo fiscal y financiero.

De hecho, la realidad está muy lejos de estas excusas y prejuicios sesgados.

Es bien cierto que los regímenes impositivos actuales están lejos de lo que podríamos entender “justicia fiscal”, sobre todo porque el mundo del trabajo, seguido de los pequeños productores, asumen un esfuerzo fiscal muy superior a la de un colectivo minoritario, compuesto sea bien de familias acaudaladas sea bien de grandes corporaciones. Estos últimos disfrutan de no pocas ventajas fiscales –porque los impuestos del patrimonio, del ahorro o sobre sociedades cargan mucho menos a la riqueza, la renta o los beneficios- en comparación a los que viven de un salario. Además, otro grupo más selecto de supermillonarios o grandes transnacionales cuentan, si pagan por ello, con el acceso al opaco y en general permisivo circuito offshore, como se está revelando con la nueva filtración de los Papeles del Paraíso, donde los planes de optimización fiscal les brindan, bajo secreto, fórmulas para evadir o eludir impuestos empleando operaciones y tramas que se mueven en territorios dispares por los cuales se mueven, con un click, cifras enormes de dinero.

Estos beneficiarios reales de la economía offshore cuentan con una red de facilitadores que hacen un suculento negocio, suministrando apertura de cuentas bancarias, vehículos que esconden la titularidad, apertura de empresas pantalla, directores de paja, auditores que les arreglan los balances contables o dan fe de su fiabilidad al tiempo que les asesoran para realizar operaciones de transferencia de precios o préstamos, para hacer aflorar los beneficios allá donde menos impuestos se paguen, con la asesoría de bufetes de abogados que encuentran vacíos legales para mover el dinero para que jurídicamente los operaciones sean, en principio, o invisibles o inatacables.

Así, los políticos neoliberales, al servicio de estos grupos, dirán que tenemos que diferenciar la evasión de la elusión fiscal. Dicen que esta última puede ser legal, porque se limita a aprovechar las opciones y contradicciones de los sistemas legales. Sin embargo, en un mundo global, más allá de esas contradicciones y agujeros, que también existen, podemos observar dos cosas. Primero, que la mayor parte de las operaciones de elusión fiscal se hacen en franca colisión con el espíritu de la ley. Segundo, que, dado que varios Estados emplean sus sistemas fiscales como mecanismos de atracción de capitales y para hacer florecer los negocios de gestión de patrimonio, y puesto que algunos gobiernos de otros países tratan de favorecer a sus capitalistas nacionales (para que puedan trasladar sus capitales y patrimonios allí donde más les favorezca, aunque sea a otro país) estos están, en la práctica, contribuyendo a un mecanismo de elusión global que no es otra cosa que una “forma de evasión orquestada por los Estados”. Eso, cuando no sucede, como en el caso de Ramón Fonseca en Panamá, que al mismo tiempo que codirigía el bufete con Jürgen Mossack, sobre el que se produjo la conocida filtración, y que operaba con criminales y evasores de toda calaña para sus negocios off-shore, es un líder político y asesora o incluso ayuda a redactar leyes en Panamá. Un auténtico pirata con patente de corso…

Ni que decir tiene que, frente a esta historia de trato desigual, e incluso de reconfiguración moderna de una aristocracia global que disfruta en la práctica de una exoneración tácita de sus obligaciones fiscales, también hay una experiencia, y sobre todo un potencial, en la que los sistemas fiscales han hecho posible la conformación de presupuestos públicos. Estos son medios imprescindibles para el desarrollo de políticas y bienes públicos así como de derechos sociales. Por eso, ante los que miran con recelo a los impuestos, o incluso justifican comportamientos de fraude, a veces hasta bien razonados en base a lo injusto de los regímenes fiscales, cabría decirles que de lo que se trata no es de replicar las conductas de esos pocos privilegiados, sino de volcarse con todo el ímpetu político a reclamar una reforma del modelo para haya justicia fiscal, para que lo se recaude se haga en base a la capacidad económica, y que contenga un esquema que haga posible la redistribución y para que haya medios que materialicen los bienes y servicios públicos necesarios.



2.1.       El régimen fiscal injusto existente en el Estado español.



Las haciendas modernas, siendo el caso también en el Estado español, siguen contando con esquemas fiscales alejados de lo que puede considerarse justo.

El régimen fiscal es claramente regresivo. El sistema fiscal español trata a las diferentes fuentes de ingresos de manera desigual. Considerando el salario mediano (unos 19.466 euros anuales), siguiendo al INE, y el más frecuente (16.498) en España, eso quiere decir que la mayoría de los trabajadores aportan el 24% de carga fiscal, si bien el salario medio (23.106), que no es el más representativo, ya entra en el tramo del 30%, todos por encima del trato del ahorro, entre el 19 y el 23%. Las empresas pagan por sus beneficios en el impuesto de sociedades un tipo general del 25% desde la reforma de 2016, antes lo hacían al 30%. Sin embargo, lo que importa es el tipo efectivo, una vez aplicadas deducciones y otras ventajas fiscales. El tipo efectivo aplicado a las personas asalariadas en el Impuesto de la Renta se encuentra algo por debajo del 15%. Descontadas deducciones y otras ventajas, las grandes empresas pagan la mitad por sus beneficios, un 7,3% efectivo, las PYMEs el 12,2%. En suma, el tratamiento fiscal es muy desfavorable para el mundo del trabajo.

Con datos de 2017 simplemente convergiendo con la presión fiscal de la Eurozona para 2015 (41,4% del PIB), en tanto que en España se encuentra 6,8 puntos por debajo, se podrían recaudar 75,5 mil millones más, algo que podría subsanar muchas carencias de nuestra economía y que potencialmente podría crear 3,7 millones de puestos de trabajo, lo que prácticamente erradicaría el paro en España.

Según la Agencia Tributaria los datos de recaudación global de 2016 se calculaban en 186.249 millones de euros. El IRPF representaba el 38,8% del total; el Impuesto de Sociedades, con el 11,6%, recaudó hasta 21.678 millones. Entre los impuestos más regresivos estarían ya los indirectos, como el IVA, que representó el 33,7%, en relación a los principales impuestos, y recaudó 62.845 millones. Los impuestos especiales ingresaron 19.866 millones, el 10,6% del montante de las arcas públicas centrales. Vale decir, el peso fundamental de la recaudación recae en el IRPF e IVA donde las aportaciones de la población asalariada y consumidora son centrales.



Evolución de los ingresos tributarios en la última década




Fuente: Gestha a partir de la AEAT (datos en millones de euros)



En 2017, según el Ministerio de Hacienda y su previsión en los presupuestos generales del Estado, la recaudación llegaría a los 200.963 millones de euros. Sin embargo, Gestha (2018), precisamente atribuyendo a la fuerte caída de la recaudación en el Impuesto de sociedades -un 50% desde 2007- y a la baja en la recaudación del IVA, considera que el cálculo del Gobierno está sobreestimado, y que realmente fue de 194.500 millones. También implica que ni siquiera llegamos a la recaudación normal de antes de la crisis, al ser más baja que en el 2007. Como diría el economista Carlos Sánchez Mato, los analistas neoliberales defienden que la recaudación sigue la curva de Laffer, en virtud de la cual bajando impuestos, las Administraciones Públicas pueden recaudar más. Gestha, pero también la Comisión Europea, ha estimado que la reforma fiscal del PP, lejos de contribuir a mejorar la recaudación, ha mermado los ingresos tributarios, más de 12.400 millones en 2015 y 2016, que sería una medida equivalente a los recortes realizados entre 2009 y 2016 en la Sanidad Pública, y que previsiblemente producirán nuevos ajustes.

Sin duda alguna, la reforma fiscal regresiva de 2016 del PP, que reducía el tipo del impuesto de sociedades -y que entre 2007 y 2017 ha supuesto ingresar 22.000 millones de euros de menos, según Gestha-, cuando en 2010 y 2012 se habían aumentado los del IRPF e IVA (que pagamos trabajadores y consumidores) no puede conllevar más que disgustos a la mayoría social, aunque suponga un alivio para las grandes empresas.



2.2.       Fraude y Evasión fiscal en España.

Las autoridades fiscales en España apenas detectan el 25,42% de la evasión fiscal, para 2015. El número de informes por inspecciones realizadas entre 2005 y 2015 cayó un 57%, posiblemente por la falta de personal y medios. La plantilla de la AEAT, apenas tiene un empleado por cada 1.928 contribuyentes, algo que contrasta con la situación de Francia que tiene uno por cada 860.

La mayoría de las inspecciones fiscales focalizan su actividad en los pequeños productores, como son las pequeñas empresas y autónomos. Los que cuentan con una nómina no tienen otra opción que hacer su declaración fiscal. Mientras, a las grandes empresas se les da manga ancha.

La razón es que el fraude se produce en un lugar distinto al que se mira. Según Gestha, el 71,8% del montante del fraude fiscal, con datos de 2009, unos 42,7 mil millones de euros, puede atribuirse tanto a las grandes empresas -que facturan más de 6 millones de euros anuales- como a personas acaudaladas, a las que se persigue muchos menos que al común de los mortales. En suma, el gran fraude se debe, entre las corporaciones privadas, a 41.582 grandes empresas, mientras que a las PYMEs sólo les es atribuible el 17% del fraude fiscal.

Esta dejación de las autoridades fiscales es fruto de una mala regulación, un modelo fiscal regresivo y una gestión sesgada aplicada por el Gobierno, para favorecer a ciertos núcleos minoritarios de la sociedad.

Más inaceptable aún fue, si cabe, la Amnistía fiscal aplicada por Montoro en 2012. Como sabemos, fue recientemente declarada inconstitucional. Si bien la sentencia no ha tenido efectos prácticos. Aquella amnistía fiscal coincidió con una serie de filtraciones y casos de corrupción jugando un papel para dar salida a los que no querían correr el riesgo de salir en los papeles (como luego sucedió en los Papeles de Panamá, por ejemplo con el exMinistro José Manuel Soria, entre otros), y que benefició a 31.500 personas.  Sólo la filtración de los Papeles de la Castellana pudo haber causado cierto perjuicio en la imagen de determinados personajes. Aquella amnistía, que apenas exigía un tipo nominal del 10% de lo declarado, al final sólo exigió el 3% efectivo de lo declarado, dadas las cantidades perdonadas. Por lo demás, apenas permitió regularizar la mitad de lo previsto, unos 1200 millones de euros.

Cabe preguntarse hasta qué punto España es un paraíso fiscal - o un infierno, desde el punto de vista de lo que debiera ser un buen uso de los sistemas fiscales-. A este respecto, la figura de las Entidades de Tenencia de Valores Extranjeros (ETVE), promocionada por el Instituto de Comercio Exterior, es sumamente ventajosa para la inversión extranjera -la mitad de la inversión extranjera escoge este vehículo-, a la que se busca atraer, aunque parece que no con el éxito con que lo logra los Países Bajos. Se trata de un tipo de sociedad holding cuyo atractivo es que los inversores no pagan impuestos ni por los dividendos, ni por las ganancias de capital procedentes de sus filiales en el extranjero. No suele ser inversión productiva ni genera empleo. Y, en última instancia, es también aprovechada por empresas españolas que, tras una reforma del gobierno de 2014, tras haber llevado su dinero a paraísos fiscales luego lo traen de vuelta, disfrutan de una nueva exención sobre los dividendos y plusvalías.

Otra figura digna de un régimen fiscal que privilegia a las grandes fortunas son las SICAV. Se trata de un instrumento financiero que permite invertir dinero y diferir el pago anual de impuestos, como otros fondos de inversión, a través de la creación de una sociedad anónima cuyo objeto social sea invertir en activos financieros. Mediante este instrumento los accionistas, que tienen que ser al menos 100 -aunque es frecuente que haya unos pocos principales y el resto aporten una porción menor- y cuente con 2,4 millones de euros de capital, tributan por las plusvalías una vez materialicen estas, sea repartiendo dividendos o vendiendo las acciones. Como los fondos de inversión, cuentan con una tributación para los rendimientos y plusvalías de la sociedad del 1 % y entre el 21 % y el 27 % para las ganancias patrimoniales de los socios.

También resulta digno de destacar la figura de las SOCIMIs que son entidades inmobiliarias, que disfrutan de un régimen fiscal escandalosamente favorable para sus inversores, y que representan un vehículo para beneficiarse enormemente de la miniburbuja inmobiliaria creada en estos últimos años, y que replica viejos vicios de la bien conocida que se produjo en la primera década de los 2000.

Las multinacionales españolas también se desenvuelven en el marco internacional aprovechando la arquitectura que privilegia a las grandes corporaciones transnacionales. Algo al alcance de muy pocos. La totalidad de las grandes empresas españolas, cuya máxima expresión son las 35 entidades que cotizan en el IBEX, cuentan con filiales en jurisdicciones off-shore o paraísos fiscales. Según Oxfam Intermón, en 2016 se produjo hasta un incremento adicional del 44% de la presencia de empresas del Ibex-35 en guaridas fiscales, con un total de 891 filiales instaladas allí, destacando el Banco Santander con 235 y ACS con 113. Pero también Iberdrola, Abengoa, BBVA, etc... Tan sólo en la jurisdicciones off-shore de Delaware, en EEUU, había 417 filiales, el 47% del total, siendo su guarida preferida.

Este comportamiento es extensible a todas las grandes multinacionales globales, como Google, Apple, Starbucks, McDonalds, Fiat o Ikea cuya gestión fiscal de su rentabilidad se vertebra a partir de mecanismos de precios de transferencia y préstamos intra-grupo, que les permite aflorar sus beneficios allí donde menos carga fiscal les reporta. Las grandes auditoras, especialmente las Big 4, se encargan de avalar públicamente sus balances empresariales, dando fe de su veracidad y legalidad, al tiempo que les asesoran para adaptar sus esquemas contables privados para minimizar sus costes fiscales, sorteando el espíritu de la ley, lo que constituye un flagrante conflicto de intereses. La planificación fiscal que se pergeña incumple el espíritu de la ley ajustándose, sin embargo, a los agujeros en su redacción. Redacciones que, no pocas veces, han sido realizadas bajo la asesoría de expertos vinculados a estos intereses privados...



3.     Papeles de Panamá: Contra el capital líquido.




Entre 2016 y finales de 2017 participamos en el Parlamento Europeo en la Comisión de Investigación de los Papeles de Panamá, uno de los casos en los que se filtró cierta documentación sobre diversas jurisdicciones fiscales reconocidas como “guarida fiscal”. La Unión Europea se ha visto empujada a abrir esta comisión parlamentaria ante un escándalo que, podría ofrecer información adicional y concreta, de un fenómeno que, por desgracia, convive con nosotros desde hace tiempo y que forma parte sistémica de los fundamentos del capitalismo líquido de nuestra época.



Conviene señalar que muchas de estas comisiones se abren para “hacer como que se investiga”. Nosotros lo venimos denunciando, porque, al fin y al cabo, de los más de 11 millones de documentos filtrados, a bien pocos se nos dio acceso, dada la clasificación secretista que se les confiere a la mayoría de los papeles sensibles, y la dificultad de acceso que se brinda a los mismos. También hay otras razones para esta obstaculización. Una fue la falta de voluntad política de la Comisión Europea que antepuso numerosas restricciones. Otra es que los periodistas que disponen de ella se verían perjudicados, y podrían ser denunciados, si filtran algo que perjudique a personas o empresas específicas. Algo que se resolvería si hubiese realmente una protección para los “whistleblowers” (denunciantes) a día de hoy inexistente.



Conocer la realidad se consigue a fuerza de conocer sus resistencias. Esas resistencias se han presentado no sólo como distracciones burocráticas y secretistas. Sobre todo han cobrado forma de ping-pong, donde unos y otros se escabullen de su responsabilidad apelando a su “incompetencia legal”, echando la pelota a otro tejado. Muchos dirán que la UE no tiene la regulación ni los medios apropiados, la UE dirá que cuenta con la regulación apropiada y que algunos Estados Miembros no la aplican, y los Estados Miembros involucrados señalan que ellos tan sólo juegan con la regla universalizada en el capitalismo global que hace de la competitividad fiscal una ventaja comparativa. Cabe decir que no es cierto que las regulaciones europeas sean las adecuadas. Aunque nos tememos que sí es cierto que muchos Estados Miembros no aplican ni siquiera los mínimos recomendados. Y aun así esto no encierra toda la verdad.



El capital circula como el agua y las regulaciones equivaldrían a algo así como la arquitectura de una piscina. No resulta admisible que nos digan que el fondo está en general bien cimentado. Basta con un pequeño agujero para que, dicha excepción, se convierta en norma de escapatoria del agua. El agua se irá toda por ahí si el fondo es plano. Eso es precisamente lo que sucede con la arquitectura fiscal para el capital.



Ahora bien, en el contexto de que el capitalismo necesita y emplea el Estado para ordenar la economía y la sociedad, los sistemas fiscales siguen requiriendo ingresos. Pero eso, la renta recibe un tratamiento, cuanto menos, dual, como la luz en tanto que onda-corpúsculo. Por un lado, cuando la renta procede de actividades productivas del mundo del trabajo o de la generación de valor de pequeños productores, lo tiene francamente difícil para escapar al fisco y, entonces, adopta la forma de corpúsculo, sólida. Pero cuando los ingresos proceden de rentas financieras o como beneficios extraídos a los productores o trabajadores, se comporta como el agua, como la onda que se escapa. En suma, el dinero sólo se hace capital, y entonces líquido, cuando se agrupa en grandes cantidades. Esto sólo está al alcance de grandes corporaciones y grandes fortunas. Y, entonces sí, no sólo se encuentra en el camino un sinfín de rendijas por las que fugarse, sino con una diversidad de servicios estructurados de optimización fiscal, numerosos actores intermediarios que hacen negocio, y una variedad importante de mercados con su propia área de influencia geoestratégica.





3.1.       Mercado mundial de Guaridas Fiscales





Según la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (Vazquez y Soria, 2016), más del 30% de la inversión mundial en 2015 se realizó a través de paraísos fiscales o centros de inversión extraterritoriales. Stiglitz afirmó el pasado día 16 de Noviembre en el Parlamento Europeo que presenciamos un régimen fiscal global injusto y detrás de los paraísos fiscales se abre un sector que se basa en el secretismo para crear una “economía global en la sombra”.



Así, las rendijas, en la práctica, dan paso a canales que se dirigen al mercado internacional de “paraísos fiscales”, con puerta de entrada, grandes potencias o áreas de países que los amparan, y facilitadores concretos. En 2010, Tax Justice Network estimaba que entre 21 y 39 billones de dólares se encontraban en forma de activo financiero en un total de 80 jurisdicciones fiscales off-shore, cifra que, por supuesto no ha dejado de crecer. Grandes bancos privados transnacionales, consultores jurídicos y fiscales, directores de paja y entidades pantalla, como las fundaciones y fideicomisos, que ofrecen servicios de optimización fiscal, bajo la más estricta confidencialidad, a cambio de un porcentaje y un pacto de silencio mutuo. Según Intermon Oxfam, las entidades financieras ostentan un papel destacado no solo como ayudantes para crear sociedades pantalla, sino como principales benefactoras de la creación de filiales en estos territorios off shore. Esas tramas cuentan con polos o alianzas geoestratégicas de gobiernos cómplices que amparan dichas prácticas con subterfugios o vacíos legales tolerados, que se refuerzan con situaciones de descoordinación o competencia regulatoria “a la baja” entre países, o, en su defecto cuando sí hay cierta armonización, una ausencia de organismos de control o inspección para hacer cumplir la ley. Cuando los hay, operan con pocos o inadecuados recursos, con objetivos secundarios que procuran distraer o legitimar prácticas detestables, o trabajan con poderes limitados con el efecto evidente de dejar hacer.



Estas estructuras ya no son meros vacíos, sino estructuras sólidas que operan en el margen de la ley, cuyo origen está en el beneficiario o propietario real del capital, sigue con los gestores financieros de la gran banca en la sombra, continua con los diferentes gabinetes hasta llegar a las jurisdicciones fiscales finales. Ahora bien, hay diferentes mercados a los que se puede llegar. De hecho, los polos de generación de esas tramas se originan en diferentes áreas de mercado de capitales, que pueden tener amparo sea en el polo asiático, europeo, británico –que cuenta con las dependencias de la corona- o americano, si bien, siendo estos los principales, la clasificación está por definir.



En suma, no sólo hay una trama para favorecer estos canales offshore, sino que también estas estructuras offshore compiten entre sí. Nikolas Stolpkin (2016), advertía que la filtración de los Papeles de Panamá vertía “información [que] fue obtenida de una fuente anónima, (…) [publicada] por el diario alemán Sueddeutsche Zeitung y que, para procesar tamaña cantidad de información, fue compartida benévolamente con el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (International Consortium of Investigative Journalists – ICIJ), creada en 1997 por iniciativa del Center for Public Integrity, [financiada por] Rockefeller Brothers Fund, Rockefeller Family Fund, Open Society Foundations, Ford Foundation, Carnegie Corporation of New York, etc.”. Esto es, instituciones ligadas a George Soros y la CIA, especialmente. Según Stolpkin, el propósito podría poner en dificultades políticas a algunos adversarios de EEUU, pero, fundamentalmente, de lo que se trataba era de señalar que hay algunos destinos inseguros en el mercado mundial de paraísos fiscales, para propiciar, una vez que EEUU no quiere acatar ni siquiera las mínimas normas de intercambio de información planteadas por la OCDE (CRS o Norma de Información Común), que los capitales afluyan a los propios paraísos fiscales de la superpotencia norteamericana[2].



3.2.       Problemas de regulación internacional y, por supuesto, europea.





Más allá de competencia de estructuras de negocios offshore, en la que EEUU y Reino Unido operan con un mayor abuso si cabe que otros, la UE también cuenta con sus propias estructuras offshore y un entramado regulatorio cuyos desniveles, permisividades, y estímulos en la sombra potencian este privilegio que de facto beneficia sólo a los grandes capitales, rentistas y familias más ricas, en perjuicio de las mayorías productivas.



En 2015, Antonio Fuertes Esteban, de ATTAC, señalaba que “La Unión Europea se ha construido como espacio financiero sin fronteras y sin autoridad reguladora como tal, por lo tanto descontrolado“, sorprendiendo que el BCE no tenga ni competencias para actuar en la materia. Así, la UE “permite a 3 paraísos fiscales en su seno y no regula su relación con los otros 7 territorios paraísos fiscales del espacio económico europeo, manteniendo con ellos acuerdos económicos y comerciales preferenciales mientras que estos compiten deslealmente con los demás países de la UE.“



Los países apenas desarrollan registros que identifiquen debidamente a los beneficiarios reales, facilitando su anonimato o contando con “testaferros”. De existir esos registros, se carece de una coordinación internacional que permita el intercambio adecuado de información.



Al amparo de este tolerado funcionamiento en la sombra, nos encontramos operaciones más oscuras. Se trata del lavado de dinero, el narcotráfico y el terrorismo. Nos llama la atención que los poderes públicos no hayan tenido gran problema para seguir la pista de terroristas, pero no empleen sus instrumentos para acabar con estas prácticas e identificar a los responsables, culpables y cómplices necesarios de los mecanismos globales de evasión fiscal[3].



Por otro lado, también hay Estados Miembros, más allá de los propios paraísos presentes en el Espacio Económico Europeo (Luxemburgo, Suiza, Mónaco, Gibraltar, Andorra, etc…), que encajan en la figura de “semiparaíso fiscal” como son, por ejemplo, los casos de Holanda, Irlanda o Bélgica, y son consecuencias y beneficiarios de la devaluación fiscal que como estrategia se sostiene en el marco del Espacio Económico Europeo.



Un informe de Intermon Oxfam[4], observaba que el 66% de la inversión extranjera en España, en 2015, llegaba desde paraísos fiscales, algo propiciado porque los beneficios obtenidos fuera apenas están obligados a tributar. Asimismo, las empresas del IBEX-35 contaban con 891 filiales en paraísos fiscales ya en 2014, destacando el Banco de Santander entre las empresas españolas, con 235 filiales.



4.     ¿Qué se puede hacer?.





Numerosas organizaciones internacionales y economistas, como Joseph Stiglitz, ponen el acento en desarrollar standards internacionales para mejorar la cooperación e intercambio de información entre autoridades nacionales, identificando a los auténticos beneficiarios de las tramas offshore mediante registros públicos. También se propone que se supervise a los múltiples intermediarios, o que se modifique la regulación de las entidades fiduciarias que no están obligadas a declarar a los beneficiarios reales (los que aportan fondos a las mismas, cuando lo hacen en un porcentaje inferior al 25%) así como establecer medidas para la protección de los denunciantes (whistleblowers). Esta es la retahíla de medidas al uso que se proponen en los medios convencionales que, siendo necesarias, sin duda, resultan aún con todo insuficientes.



Para nosotros resulta crucial ir a la raíz de los problemas. En primer lugar,  aislando a los paraísos fiscales y sancionando a quienes operan en ellos, investigando a la gran banca y los intermediarios cómplices que aprovechan el secreto bancario –que habría eliminar-, no siguen prácticas normativizadas de diligencia debida y hacen de la evasión fiscal un negocio. En segundo lugar, todas estas iniciativas deben conjugarse en el camino hacia un modelo internacional en el que se armonice la fiscalidad internacional, aspirando a una reforma fiscal progresiva favorable a las clases populares. Más concretamente, además, parece imprescindible desarrollar y aplicar una normativa contable homogénea que obligue a las empresas multinacionales a presentar información económica relevante estructurada por su base de negocio y de actividad real por país, para tributar en cada territorio en base a la presencia de personal, capital físico y beneficios efectivos extraídos en el mismo, evitando el abuso a los precios de transferencia.



El problema de la evasión fiscal tiene solución, pero no la tendrá mientras los lobos estén al mando del gallinero. Es necesaria otro gobierno y otra política para superarlo, y también un marco internacional que lo facilite.

Para empezar podemos sugerir algunas medidas que convendría poner en pie:

A escala, cuanto menos, europea:

a) Necesitamos una lista de paraísos fiscales, que favorecen el dumping fiscal o el secretismo, y que no cooperan fiscalmente, que no sea a la carta, que incluya también las jurisdicciones con baja tributación.

b) Se requiere de una aplicación de sanciones financieras y comerciales a las jurisdicciones que incumplan en Europa. Muy en particular, en el espacio europeo, Suiza, Luxemburgo y diversos territorios dependientes de la Corona Británica, así como la exigencia de un impuesto de sociedades europeo que no sólo armonice las bases imponibles[5], sino que se aplique con retenciones fiscales en origen, y establezca un tipo mínimo efectivo a escala europea que impida el dumping fiscal permanente, como el que realizan Países Bajos o Irlanda, así como otros pequeños territorios vinculados indirectamente con la Unión Europea (Liechtenstein, Andorra, Mónaco, etc...).

b) Eso implica establecer mecanismos de control del movimiento de capitales, comenzando con el seguimiento de las transacciones que tengan repercusión fiscal. Un primer paso es generalizar el intercambio automático de información fiscal en toda Europa al mismo tiempo (y no de manera desigual, como es lo que puede producirse pronto), y establecer retenciones fiscales equivalentes al tipo mínimo efectivo deseable (que debiera comenzar por un 25%) en las transacciones que salgan fuera de la Unión europea.

c) También comporta establecer una regulación global sobre los facilitadores de los negocios offshore, comenzando por la banca, las auditoras, los bufetes de abogados y de contabilidad que viven del negocio de la gestión patrimonial, la apertura de empresas o la asesoría fiscal, obligando a contar con una licencia para operar que, de no rendir cuenta de su responsabilidad de elaborar informes de transparencia y responder a los criterios de diligencia debida, debiera ser retirada.

A este respecto, las medidas que la Comisión europea piensa poner en marcha son insuficientes o son problemáticas. De todos modos, coincidimos que desarrollar un registro de beneficiarios últimos de todas las empresas, que incluyan a fundaciones y entidades fiduciarias, o la armonización de la base imponible del impuesto de sociedades y los informes país por país, forman parte de la solución. Pero las medidas de transparencia por sí solas no son suficientes, sin un cuerpo de inspección y sanciones disuasorias efectivas, y el impuesto de sociedades en su armonización necesita elementos en su diseño adicionales, que introduzca progresividad, retenciones fiscales en origen, y un tipo mínimo efectivo (que no de manga ancha a deducciones con dudosa utilidad).  Ni que decir tiene que Europa necesita una reforma también de los recursos que nutren el presupuesto europeo, y eso supone proponer un modelo de contribuciones nacional que tenga tanto el peso de cada economía como su renta per cápita, un impuesto de sociedades europeo armonizado y al alza, una ecotasa, o un impuesto sobre las transacciones financieras, o un impuesto sobre las grandes fortunas.

d) Frente a las palabras, los whistleblowers (delatores) y periodistas de investigación deben gozar de derechos equivalentes a la protección de defensores de derechos humanos, mediante un organismo público que tramite ágilmente sus denuncias con sigilo.

A nivel estatal:

1) Es preciso impulsar una fuerte reforma fiscal que, sin necesidad de aumentar la presión fiscal en un primer periodo, modifique el peso de los impuestos y su regresividad. Debiéramos contar con una reducción del impuesto del IVA, sobre todo para los bienes de primera necesidad y los culturales, más tramos que den mayor progresividad al IRPF, un incremento del tipo efectivo del Impuesto de Sociedades eliminando la mayoría de sus deducciones, y el restablecimiento del impuesto de patrimonio a escala estatal, a partir de un mínimo exento de 300.000 euros, con un tipo adicional para tramos superiores.

2) Necesitamos un cuerpo de inspectores fiscales que puedan realizar su cometido, lo que supone dotar de más medios y personal a la Agencia Tributaria, así como dotar de medios especializados para el seguimiento de la evasión fiscal más sofisticada o de aquella vinculada al crimen organizado.



5.     Bibliografía

Albarracín, Daniel (2012) “¿De qué mercado y estado me hablas?: los fundamentos del capitalismo y las nuevas políticas de la burguesía” Nuestra bandera: revista de debate político, ISSN 1133-567X, Nº. 231, 2012, págs. 71-75

Coase, Ronald (1937). "The Nature of the Firm". Economica. Blackwell Publishing

Harvey, David (2003). The New ImperialismOxford University Press.

Fuertes Esteban, Antonio (2015) “Los paraísos fiscales europeos, al servicio de las corporaciones globales.” http://www.attac.es/2015/01/26/los-paraisos-fiscales-europeos-al-servicio-de-las-corporaciones-globales/

Laffer, Arthur (2004) "The Laffer Curve: Past, Present, and Future," Heritage Foundation Backgrounder No. 1765

Obermaier y Obermayer (2016) Los papeles de Panamá. El club mundial de los evasores de impuestos.  Península Realidad. pág. 239

Ramsey, F. (1927). “A contribution to the theory of taxation”. En: Economic Journal, 37, p.47-61.

Shaikh, Anwar (2016) Capitalism: Competition, Conflict and Crisis New York, NY : Oxford University Press

Stolpkin, Nicolas (2016) “La jugada maestra detrás de la operación Panama Papers”. http://www.attac.es/2016/04/30/la-jugada-maestra-detras-de-la-operacion-panama-papers/


Vazquez, Orencio y Soria, Eduardo, (2016) “¿Cuáles son los paraísos fiscales más usados por las empresas del IBEX35?” http://www.nuevatribuna.es/articulo/consumo/rsc/20160913174641131707.html


Zucman, Gabriel (2013) La richesse cachée des nations. La République des idées






[1] Como dijo una vez con orgullo, la esposa del multimillonario Harry Helmsley, Leona Helmsley, que luego fue condenada por evasión fiscal (Obermaier y Obermayer (2016) Los papeles de Panamá. El club mundial de los evasores de impuestos.  Península Realidad. pág. 239).
[2] Según Intermon Oxfam, en 2014 los paraísos fiscales más usados por las empresas españolas del IBEX35 son: EEUU Delaware: 417, Holanda: 131, Irlanda: 65, Luxemburgo: 55, Hong Kong: 27, Suiza: 25, Islas Cayman: 23 y Uruguay: 22.
[3] Sally Burch señalaba en 2012 que a nivel mundial, “la pérdida en términos tributarios es también enorme: teniendo en cuenta las ganancias no declaradas que han generado estas inversiones offshore desde 1970, la pérdida en los últimos 40 años podría alcanzar alrededor de 3,7 billones de dólares”. Recordemos que para España, en 2015, el 58% de la inversión que llegó lo hizo a través de Holanda y Luxemburgo. http://www.attac.es/2012/11/08/los-paraisos-fiscales-y-la-fuga-de-capitales/
[5] Uno de los grandes hitos que lograría la regulación sería la tasación unitaria, a cuyo propósito puede contribuir la armonización de las bases imponibles en materia del Impuesto de Sociedades (sobre los beneficios), lo que en la jerga europea se llama el CCCTB. Esta exigiría un tratamiento fiscal único a todo un mismo grupo empresarial, más allá de la independencia formal de las empresas que lo compongan. A partir de ahí, la recaudación en cada país ha de seguir una regla de distribución que ponderaría el peso de la presencia de empleados, salarios y ventas atribuibles en cada país. Este tipo de medidas vacunan en gran medida contra el abuso de los precios de transferencia entre las contabilidades intragrupo transnacionales.
Numerosos países han avanzado en la aplicación y realización de los Informes país por país, que es un prerrequisito para disponer de información para el tratamiento fiscal completamente imprescindible para una armonización en la materia. Sin embargo, aún no se ha generalizado, y sin contar con esta información adelantar esta regulación puede ocasionar varios problemas serios. La armonización de las bases fiscales sobre lo que ha de gravarse es una iniciativa positiva e importante. Pero cuando no se puede determinar esas bases con cierta precisión pueden ocasionarse vacíos que causarán problemas de evasión o elusión fiscal. De tal manera que la aplicación de esta nueva regulación debe exigir a todos los países la realización de dichos informes de país. De hecho, un problema existente es que la regulación puede dejar dos vacíos muy importantes.
El primero, es que al no poder regular esta determinación de las bases imponibles fuera de la UE, muchas empresas podrán abrir sedes en terceros países, lo que puede generar una oleada de evasión de capitales por esta vía. El segundo, es que muchas regulaciones permiten que las pérdidas de un año puedan ocasionar descuentos fiscales en años posteriores, transfiriendo en el tiempo la obligación fiscal. La regulación aún no ha abordado como resolverlo.
De manera adicional, nosotros consideramos que la regulación y armonización europea de impuesto de Sociedades es fundamental, no sólo en su base imponible, sino también en el avance hacia un tipo mínimo efectivo europeo, que aunque admita limitadas desgravaciones tengan un peso máximo equivalente en todos los países europeos.

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