Autor: Daniel Albarracín Sánchez. Dr. en Sociología
y Licenciado en CC. Económicas y Empresariales. Asesor Político en el
Parlamento Europeo.
Junio 2018, Jornadas
de Economía Crítica, León
RESUMEN
Fiscalidad y
guaridas off-shore: qué hacer para luchar contra la evasión fiscal en España y
en Europa.
La experiencia de movimientos sociales, las
filtraciones y escándalos conocidos -como los Papeles de Panamá o los Paradise
Papers, entre otros- y la lucha política llevada al plano institucional ha
llevado al debate público problemas hasta hace poco anatema dentro del establishment, y que ponen en tela de
juicio sus privilegios, al hacerlos notablemente visibles. El propósito de esta
contribución trata de dar cuenta del alcance de la evasión fiscal y otros
fenómenos asociados (elusión fiscal, planificación fiscal agresiva, lavado de
dinero) y de los debates europeos que se han dado y se siguen produciendo en el
marco europeo e internacional. Se aportarán algunos datos que dimensionarán el
problema a escala española. Este trabajo abordará una crítica que desmontará
los argumentos que han escondido una práctica que ha servido para el privilegio
impune de grandes corporaciones transnacionales y grandes fortunas
patrimoniales de familias acaudaladas. A este respecto, es también objeto de
este papel proporcionar elementos de propuesta de lucha contra la evasión
fiscal y los paraísos fiscales y sus diferentes manifestaciones, vehículos,
agentes cómplices, espacios off-shore, y prácticas antisociales.
Palabras clave: Evasión Fiscal, Grandes
Empresas, Elusión Fiscal, Paraísos fiscales, Medidas alternativas
Clasificación JEL: H3 Políticas fiscales y
comportamiento de los agentes económicos.
1. Mitos sobre los paraísos fiscales: Derribando muros imaginarios.
En la etapa de hegemonía del neoliberalismo tuvo
lugar un gran despliegue de políticas de ajuste salarial, reordenación de las
funciones del sector público -para apoyar más a las empresas-, privatización de
importantes segmentos de los servicios públicos, disminución de las políticas
sociales, una acentuación de la desregulación bancaria y la financiarización de
la economía. El propósito material central ha sido recuperar las tasas de
beneficio. Esa etapa tuvo que venir también acompañada del impulso de un nuevo
ideario para legitimar dichas políticas. Ese conjunto de consignas formaron un
mantra que escondía una revolución fiscal conservadora.
Aquellos mitos legitimadores fueron bien claros. La globalización generaba sinergias, donde
la economía mundial encontraba opciones para seguir creciendo. El movimiento libre de capitales
correspondería con la condición necesaria para que los inversores llevasen sus
ahorros allí donde habría más oportunidades de negocio, lo que convertiría los
excedentes acumulados y el ahorro en nueva inversión, y ésta, a su vez, en más
empleo. El mercado, en un mundo
global, exige mayores dimensiones de las empresas para ser más competitivas. En
un mercado tan grande se relativizarían los comportamientos oligopolísticos,
con lo que la mayor y más oferta de productos y servicios facilitaría el
descenso de los precios. Aumentaría la libertad de los consumidores,
beneficiando su bolsillo. La tecnología
facilitaría enormemente, con la informática e internet, las gestiones y las
comunicaciones, ahorrando costes administrativos; la robótica supondría una
enorme ventaja que ahorraría esfuerzos a los y las trabajadoras.
En este contexto discursivo, la fiscalidad se
muestra, junto con otras regulaciones comerciales, financieras y productivas,
un obstáculo para el motor del crecimiento y la riqueza o las inversiones de
las grandes compañías capitalistas, porque alteraría las condiciones tanto para
el ahorro como para la inversión.
La fiscalidad, así, habría de optimizarse, mientras
dota de recursos para un Estado, con funciones de control social y de garantía
del funcionamiento ordenado de los mercados y de protección de los grandes
sectores estratégicos en manos privadas, para no constituir una barrera para la
obtención de la rentabilidad, la promoción de la consabida competitividad
empresarial y la iniciativa emprendedora que haga posible la movilización plena
de las capacidades productivas.
Ahora bien, poco de este discurso se corresponde con
la realidad.
La mercantilización de la economía global ha
avanzado mucho. Han sido un grupo no muy numeroso de corporaciones globales las
que han ido acaparando, apoyadas por sus Estados de origen, o por instituciones
internacionales promovidas por grupos de Estados poderosos, los espacios de
negocio de la cadena de valor mundial, configurando una división internacional
del trabajo basada en la competencia, enormemente desigual. Se ha desarrollado
una carrera de -pocos- ganadores y -muchos- perdedores, donde los sueños de
cooperación y mutuo beneficio, que el Nobel de economía Ronald Coase (1937) auguraba,
no se han producido, sino más bien su deriva maquiavélica donde el
acaparamiento, la presión y las ventajas absolutas (Shaikh, 2016) han
determinado el curso de la globalización capitalista.
En este contexto, el papel de los sectores públicos
desempeña un lugar nuevo. Ya no son los Estados-Nación los que regulan los
mercados y a los actores productivos, sino que serían los mercados globales,
cuya cara visible son las grandes corporaciones transnacionales privadas, los
que marcarían la agenda y los objetivos a los gobiernos, a veces coordinados
por una serie de instituciones supranacionales. Se trata de un neoliberalismo
de Estado (Albarracín, D.; 2012) , o, dicho de otra forma, un capitalismo
corporativo y financiarizado amparado por los Estados modernos.
Perplejamente, al tiempo que eclosiona una nueva ola
de exaltación de las naciones, la soberanía popular -que sólo en algunas
ocasiones se expresa en su forma nacional-, nunca jamás estuvo más en
entredicho. Se consagra el divorcio entre los objetivos perseguidos por los
Estados y las demandas y aspiraciones de las clases populares.
Cabría hablar de algunos de los ideologemas que
emplean los tecnócratas y representantes públicos, para darle credibilidad
presentable al neoliberalismo realmente existente, y en particular las
cuestiones relacionadas con la fiscalidad y el comportamiento ante ella.
Jean Claude Juncker, entre otros dirigentes
europeos, es uno de los adalides de la competitividad fiscal sana. La
primacía para optimizar la dinámica de producción debe dársela a los
inversores, cuyo comportamiento está compuesto por la iniciativa, la asunción
del riesgo, su innovación, la búsqueda sana de negocio, mediante las mejoras en
productividad y competitividad en contextos fiscales y laborales que no
ocasionen distorsiones en los costes y decisiones empresariales. Esto presupone
que un marco fiscal competitivo representa un incentivo a los gobiernos a su
adaptación permanente a las necesidades de los inversores para escoger sus
territorios, al tiempo que para los gobiernos para atraer a los inversores
internacionales. Esta dinámica empujaría a una supuesta tasa fiscal óptima,
como entre otros idearon Frank P. Ramsay (1927) o Arthur Laffer (2004) en su
día, promovida por la lógica competitiva del mercado.
El problema clave es que los mercados no son planos,
los inversores internacionales y gobiernos guardan intereses comunes en no
pocas ocasiones, y estos no tienen por qué, ni suelen coincidir con los de las
personas que trabajan en territorios concretos. Está dinámica de presión
corporativa y adaptación fiscal de los gobiernos suele comportar rebajas
sustanciales en los impuestos sobre los beneficios, o sobre el patrimonio,
beneficiando, en suma, a los grupos sociales que ya cuentan con privilegios y tienen
acceso a un circuito global que el resto no dispone. Vale decir, esto empuja a
una tendencia de devaluación fiscal permanente para dichos grupos económicos y,
para sostener las arcas de los Estados, se sostienen cargas fiscales más
elevadas para las clases trabajadoras -familias que viven de un salario, falsos
autónomos, pequeños empresarios, etc...- que, como decimos, no tiene las mismas
opciones de escapatoria para aflorar a elección su fuente de ingresos.
Lejos de una dinámica beneficiosa, esto supone la
derivación de capitales de un país, donde el régimen fiscal pueda ser más alto,
a otro, en donde se obtengan ventajas fiscales para los propietarios de capital
-financiero, patrimonial, empresarial, etc...-. Esto causa un detrimento de la
capacidad inversora de un país en favor de la del otro. Comportando un juego
potencial de suma cero, donde uno gana el otro pierde, ni siquiera llega a producirse
un beneficio en balance. Las inversiones son frecuentemente fruto de
transferencias contables recreadas, utilizando sedes, filiales o empresas
pantalla, y usando los mecanismos de precio de transferencia o préstamo
intragrupo, y no suelen materializar activos concretos. Con lo que realmente el
efecto es que en un país no se recauda los impuestos correspondientes en
absoluto, y en el otro apenas o en un porcentaje muy pequeño. Es decir unos
pocos ganan algo, en términos relativos -puesto en términos absolutos y a
escala individual es mucho-, para que la mayoría pierda bastante.
Por otra parte, hay países, como el Ducado de
Luxemburgo, que alcanza acuerdos fiscales como un traje a medida (los conocidos
tax ruling) con empresas
transnacionales, que representan la expresión tangible de ese mercado global,
que sitúan sedes fiscales en su territorio, en virtud de los cuales las
obligaciones fiscales son simbólicas, un 1% en el impuesto de sociedades. Por
el contrario, mientras la población sufre los efectos de los ajustes en las
políticas sociales, servicios públicos y derechos sociales, debido a caídas
sustanciales en las recaudaciones públicas -normalmente por la caída en los
ingresos por el impuesto sobre beneficios y sobre la riqueza- se elevan las
cargas fiscales por la renta personal o por el consumo, que suelen recaer en
las espaldas de las familias trabajadora, precisamente las que dedican mayor
porción de su renta al consumo.
En suma, no se trata de ninguna “mano invisible”,
como diría Adam Smith (1776), ni ningún
mercado global “competitivo” que asigne automáticamente los recursos de manera
óptima, sino más bien del pie visible de las corporaciones globales, hasta el
punto de una influencia que delimita políticas económicas y marcos regulatorios
supranacionales y nacionales. Modificaciones como son los anómalos acuerdos
estatales de doble imposición, que con la justificación de no gravar dos veces
un beneficio finalmente no es gravado ni en un país ni en otro, acabando por
ser, en última instancia, acuerdos de doble no-imposición.
Ni hay mercados de competencia perfecta. Más bien al
contrario, los gobiernos y los Estados promueven o toleran marcos legales y
arquitecturas fiscales para privilegiar a la fracción del capital que es global
y a las grandes familias de la oligarquía mundial, haciéndose cómplices de
ellos o poniéndose a su servicio.
Sin embargo, no son pocos los políticos (por
ejemplo, Trump en EEUU) y analistas que llegan a vincular las bajadas
de impuestos a una supuesta espiral virtuosa para la inversión.
Todo ello, habida cuenta, en su opinión, de la ineficiencia de los Estados a la
hora del uso de los recursos recabados. Su argumento afirma que la reducción
impositiva propiciaría una fuente añadida de excedentes empresariales y de
ahorros que serán destinados a la inversión y la creación de empleo.
Este tipo de argumento no resiste la prueba de los
hechos. Los excedentes que las empresas y grandes fortunas pueden liberar de
sus compromisos fiscales no tienen por qué reinvertirse. Ni suelen hacerlo.
Salvo que se den oportunidades de negocio y condiciones de rentabilidad
ventajosas. Si no se producen, estos acaban en mero ahorro acumulado, en
consumo suntuario o, más habitualmente en operaciones financieras que suelen
conllevar relocalizaciones de actividades a territorios con mayores
expectativas de rentabilidad, acaparamiento de bienes raíces o, en otros casos,
comportamientos especulativos. En no pocos casos, se trataría del fenómeno que
autores como David Harvey (2003) llaman acumulación
por desposesión, que consistirían en operaciones financieras que redundan
en alteración de precios, concentración de recursos productivos y desigualdad
en el reparto de la riqueza.
La actitud oficial de los gobiernos e
instituciones supranacionales suele consistir en la denuncia de la
evasión fiscal, el lavado de dinero y las operaciones financieras ilícitas,
como formas de fraude que en no pocas ocasiones ampara otras actividades
delictivas -tales como el tráfico de armas, el narcotráfico, la trata de personas,
o el terrorismo-. Esto es, en teoría se critica a quienes incumplen el marco
fiscal legal, en forma de fraude o evasión. Sin embargo, muchos gobiernos promueven
ese juego desnivelado, las escalas regímenes fiscales con niveles de exigencia
diferente en cada país, guardando o tolerando vacíos legales. Cuando llega la
hora de perseguir el fraude ni se ponen los medios institucionales, económicos,
técnicos o profesionales, no se establecen sanciones disuasorias efectivas, o
se persiguen a actores menores, como el pequeño empresariado y los autónomos, o
a trabajadores que no tienen forma de esconder su nómina al fisco. Cuando, en
última instancia, las denuncias se hacen vox
populi, y la opinión pública es un clamor -como ha sucedido tras las
diferentes filtraciones y escándalos (LuxLeaks, Panama Papers, Paradise Papers,
etcétera)- las instituciones suelen realizar reformar parciales dejando
aspectos clave para permitir la elusión organizada o la misma evasión, o
anunciando nuevas listas de paraísos -que en general dejan fuera a los
principales territorios responsables-, dando a entender qué hacen algo para
dejar todo prácticamente igual.
Si no se apela al mito de la prosperidad, o a
ejercicios institucionales de lavado de cara, suele optarse por referirse al
trato jurídico de la elusión fiscal y la planificación fiscal agresiva, en
apariencia “legales” –por la simple razón de que son alegales o no ilegales por
no estar contempladas en la regulación-, haciendo ver que una idea falsa
repetida muchas veces se torne verosímil. Así, se extiende la idea de que hay
una fórmula legal para evitar pagar al fisco, que igual no es decente pero sí
inatacable jurídicamente. La elusión sería la vía por la cual no
pocos bancos, gestores de patrimonio, bufetes, auditoras y asesores proponen
servicios y elaboración de planes de optimización fiscal, conocidos como
planificación fiscal agresiva, justificarían que su negocio, ofrecido a las
grandes empresas y familias de superricos, parecería legal. Se trata de generar
la sensación de impotencia o reducir la crítica a una queja moral incluso entre
aquellos que ven con malos ojos el fenómeno, convirtiendo la indignación en
resignación.
Sin embargo, cabe señalar que dicha elusión es
posible por causas que tienen responsables concretos que o bien organizan las
condiciones para que sea posible, o bien se aprovechan de los agujeros
regulatorios como negocio de servicio legal, bancario, contable o fiscal en sí.
En primer lugar, los Estados, sea por su falta de
cooperación o de armonización de sus políticas fiscales, organizan activamente
marcos y tratamientos fiscales desiguales y desnivelados entre territorios y
actores económicos; en otras ocasiones, devienen comportamientos pasivos,
caracterizados por la negligencia o permisividad en la formación de agujeros
legales, a escala internacional o nacional. Son responsables, sea por acción u
omisión, de que se presenten circuitos y maneras de proceder que dan pie a esa
elusión fiscal organizada. En segundo lugar, son precisamente los promotores y
facilitadores del negocio de la planificación fiscal, los que operan en los
grises de la legislación, en términos generales contra el espíritu de la ley.
En tercer lugar, los beneficiarios últimos de estas operaciones, mediante un
comportamiento desleal e incívico, resultan responsables en primera instancia
por los beneficios fiscales privilegiados de los que disfrutan gracias a ello.
Sin embargo, no faltará aquel que dirá que el
fraude, como la corrupción, es cosa de todos. Que basta con que alguien no
pague el IVA en una ocasión para equiparar la responsabilidad que tiene dicho
fraude con la evasión fiscal organizada y a gran escala y estructurada por las
grandes corporaciones globales, las familias de superricos y amparada por los
poderes públicos. También se dirá que, esos agujeros legales o servicios de
planificación están al alcance de todos, así que no debemos rasgarnos las
vestiduras.
Cabe recordar que, por un lado, la responsabilidad fiscal por el fraude no
puede reducirse a una cuestión de moralidad individual, sino que está en la
impronta de la regulación y el régimen fiscal, y los medios para hacerlo
cumplir, con los que cuenta una sociedad. En primer lugar, un contexto donde se
extiende la idea de que quien no defrauda es tonto, porque los que debieran dar
ejemplo no cumplen, y porque la triquiñuela es lo común, naturalmente abona el
terreno para el fraude. Las mismas personas en otro contexto donde la ley y los
regímenes fiscales son justos, donde hay prácticas sociales de educación y
respeto fiscal, de compromiso con lo público, donde se hace cumplir la ley, se
persigue al defraudador y se le sanciona, actuarán mucho más acorde con una
conducta fiscalmente responsable. De tal modo que, antes de derivar las culpas a
los individuos, fijémonos en las estructuras legales y sociales que afianzan y
extienden determinadas prácticas sociales. A este respecto, un marco donde hay
una manifiesta injusticia fiscal, donde el esfuerzo de pago no va acorde con la
capacidad económica, donde se tolera la evasión de los más poderosos, donde
figuras públicas dan mal ejemplo -como, por ejemplo, políticos, cargos públicos
o personas pertenecientes a la propia monarquía- no es precisamente el que
ayudará a consolidar comportamientos que corresponden con una ciudadanía fiscal
responsable.
Aun cuando todos y cada uno tengamos la última
palabra a la hora de declarar, puede contrastarse sobradamente que la evasión y
el fraude fiscal no se comete igual por todos, y por tanto, la responsabilidad
recae más en unos defraudadores que en otros. Como veremos después, casi las
terceras partes del fraude es achacable a las grandes empresas y, por tanto,
cabe decir que estas figuras económicas son responsables en esa proporción de
esta lacra y, podríamos decirlo así por las consecuencias sociales que acarrea,
este terrorismo financiero y fiscal.
Por otro lado, parece importante recordar que los
servicios de planificación fiscal o de apertura de cuentas o empresas offshore
no es algo a lo que tenga acceso todo el mundo. En el caso de las empresas, han
de contar, y pagar los servicios, con bufetes de abogados, asesores contables y
servicios de auditoría, que les abran paso a las acciones que conducen al
fraude fiscal, cuanto menos en relación al espíritu de la ley, aunque se le
ponga el lazo de una “simple práctica admitida de elusión fiscal”. Asimismo, los gestores de patrimonio de las
grandes fortunas reciben comisiones prohibitivas para el común de los mortales.
Por ejemplo, tal y como se ha revelado en el último escándalo de los Paradise
Papers, el bufete Appleby sólo atendía a aquella clientela que pusiese sobre la
mesa un capital a partir de una suma sólo está al alcance de un superrico.
Dicho de otra manera, cabe decir que no sólo se produce un ejercicio de
selección privilegiada para las clases dominantes, sino que también viene a ser
un espacio que jerarquiza a las clases sociales que se benefician del sistema
existente, escogiendo sólo a un grupo muy selecto: el que se mueve a escala transnacional
y cuenta con grandísimas cuentas de dinero.
En las sesiones de investigación del Comité de
Investigación de los Panamá Papers del Parlamento Europeo, tuvimos la asombrosa
experiencia de escuchar, por asesores que operan en el marco del territorio
suizo, que los servicios de gestión
patrimonial, que ofrecen los grandes bancos a las familias más pudientes,
justifican la “discreción” para garantizar la seguridad de su clientela. Detrás
de este argumento favorable al secretismo, se proclamaba una defensa de la
libertad individual por encima de las responsabilidades fiscales universales,
así como una prevención. Se trata de unos servicios que tratan de proteger a
los superricos no sólo de sus obligaciones fiscales, sino también de la
supuesta envidia de lo que ellos entienden son unos perdedores, unos loosers. Esta racionalización elitista
ha sido elevada a norma durante décadas en Suiza, y cuando ya ha sido
inevitable acabar con el secreto bancario suizo, dicho país ya contaba con que
Singapur u Hong-Kong, en clara cooperación con dicho país, que ofrecen cuentas
opacas a los clientes que deseen operar desde Suiza como punto de partida
(Zucman, G, 2013).
Resulta chocante como las elites dan la vuelta a su
comportamiento deshonesto y depredador culpabilizando a las víctimas de sus
atropellos, calificándolos de envidiosos o acusándoles de no entender lo
eficiente de su conducta. Sin duda alguna, las autoridades fiscales debieran
seguir el rastro de las operativas bancarias que mueven grandes cifras, y establecer
mecanismos de diligencia debida que obliguen a los operadores financieros a una
plena transparencia y provisión de información estructurada que pueda ser
escrutada por los inspectores fiscales. Cabe decir, que el mejor modo de
perseguir esta gran evasión fiscal consiste en aplicar sistemas regulatorios
capaces de establecer un control de movimiento de capitales que tendría, entre
otros propósitos regulatorios, impedir la evasión fiscal.
A este respecto, es común encontrarse con el cinismo
de los mal llamados intermediarios,
en otras palabras, los facilitadores y promotores de este negocio del fraude
fiscal organizado. Dirán que si no son ellos, serán otros los que harían ese
papel. Dirán que, además, se juegan el pellejo, que estudian las leyes para
facilitar su cumplimiento, etcétera. Cabe señalar que estos servicios son
altamente especializados. Aunque diferentes bufetes, entidades y empresas que
ofrecen estos servicios, no nos encontramos en un mercado amplio. Además, las
clientelas son limitadas. Esto es, se trata de un grupo muy pequeño de la
sociedad y, con los medios apropiados, no debiera ser tan difícil ponerles,
como al gato, el cascabel. A día de hoy los servicios de investigación
consiguen penetrar en organizaciones criminales con altos sistemas de
protección, pudiendo rastrear sus movimientos. Con los mismos medios podría
perfectamente actuarse sobre estos grupos de evasores, beneficiarios o
facilitadores, algo de lo que cabe preguntar a los poderes públicos por qué no
se dispone de ellos.
En suma, un modo muy eficaz para evitar el fraude
fiscal consistiría en regular a estos operadores que promocionan la evasión de
un modo u otro. Para ello bastaría una regulación sobre transparencia,
prácticas de diligencia debida, y contar con un cuerpo fiscal especializado y
un marco sancionador disuasorio. Entre las propuestas más oídas está la de la
retirada de la licencia bancaria a los bancos que sirvan operaciones de gestión
patrimonial, o la de establecer una licencia para bufetes de abogados,
contables y auditoras, que pudiera ser retirada de probarse una conducta
ilícita reiterada. O, por ejemplo, la exigencia de considerar como unidad de
grupo a todas las filiales de las auditoras transnacionales, obligándoseles a
proporcionar información unitaria, a efectos fiscales y legales. O, también, la
de obligar legalmente a la separación de actividades, como la de fedatario
público en las cuentas consolidadas de las empresas y la provisión de servicios
de asesoría fiscal.
En definitiva, que si hubiese un control sobre estas
prácticas sin duda alguna disminuirían de una manera muy sensible. Sólo la
permisividad hace posible que florezcan estos servicios y estas conductas
indeseables.
2. Multinacionales
y Grandes empresas españolas: una aproximación a la evasión fiscal organizada.
Desde tiempos inmemoriales los impuestos se han
visto como la exacción que aplicaba el poder instituido, sean las primeras
jerarquías de clan, la Iglesia, el señor Feudal, o el Estado moderno, al pueblo
llano. Hay por tanto una rencilla acumulada que invita a una antipatía
permanente por ellos.
Sobre esta animadversión, los poderosos,
frecuentemente con influencia en las diferentes instituciones de hacienda
estatal que han existido, se han amparado en una percepción general y varios
argumentos para justificar su, por decirlo con delicadeza, falta de compromiso
con los deberes cívicos. Sí, porque también los impuestos hacen posible las
políticas, los bienes y servicios públicos que hacen posible el bienestar y la
cohesión social. Algunos dicen que son opresivos, otros que los “impuestos son
para la gente corriente”[1].
Finalmente, los más sofisticados y liberales afirman que precisamente los
impuestos arrebatan unos excedentes imprescindibles para la generación de
inversión y, por ende, del empleo, siendo el empresariado que ahorra y se
arriesga para su promoción. Bien es sabido, sin embargo, que los excedentes
apenas se reinvierten sino hay un negocio rentable delante, así que bajar los
impuestos no garantiza en modo alguno la inversión. Yendo aún más lejos, no
pocos gobernantes europeos, o incluso el propio Presidente de la Comisión
Europea Jean Claude Juncker, vendrán a decir que la competitividad fiscal
(Juncker dirá que “sana”) optimiza y adecúa la carga fiscal de los Estados,
movidos por la necesidad de atraer capitales e inversión a cada territorio.
Menos, pero los hay, como el eurodiputado David Coburn (UKIP), dirán que
incluso hasta los paraísos fiscales contribuyen como garantes de la seguridad
financiera, el ahorro y la inversión. Todos ellos están a favor de la
devaluación fiscal o, incluso, el dumping fiscal institucionalizado, y, en
nuestra opinión, son responsables de animar conductas favorables al terrorismo
fiscal y financiero.
De hecho, la realidad está muy lejos de estas
excusas y prejuicios sesgados.
Es bien cierto que los regímenes impositivos
actuales están lejos de lo que podríamos entender “justicia fiscal”, sobre todo
porque el mundo del trabajo, seguido de los pequeños productores, asumen un
esfuerzo fiscal muy superior a la de un colectivo minoritario, compuesto sea
bien de familias acaudaladas sea bien de grandes corporaciones. Estos últimos
disfrutan de no pocas ventajas fiscales –porque los impuestos del patrimonio,
del ahorro o sobre sociedades cargan mucho menos a la riqueza, la renta o los
beneficios- en comparación a los que viven de un salario. Además, otro grupo
más selecto de supermillonarios o grandes transnacionales cuentan, si pagan por
ello, con el acceso al opaco y en general permisivo circuito offshore, como se está revelando con la
nueva filtración de los Papeles del Paraíso, donde los planes de optimización
fiscal les brindan, bajo secreto, fórmulas para evadir o eludir impuestos
empleando operaciones y tramas que se mueven en territorios dispares por los
cuales se mueven, con un click, cifras enormes de dinero.
Estos beneficiarios reales de la economía offshore cuentan con una red de
facilitadores que hacen un suculento negocio, suministrando apertura de cuentas
bancarias, vehículos que esconden la titularidad, apertura de empresas
pantalla, directores de paja, auditores que les arreglan los balances contables
o dan fe de su fiabilidad al tiempo que les asesoran para realizar operaciones
de transferencia de precios o préstamos, para hacer aflorar los beneficios allá
donde menos impuestos se paguen, con la asesoría de bufetes de abogados que
encuentran vacíos legales para mover el dinero para que jurídicamente los
operaciones sean, en principio, o invisibles o inatacables.
Así, los políticos neoliberales, al servicio de estos
grupos, dirán que tenemos que diferenciar la evasión de la elusión fiscal. Dicen que esta última puede ser legal, porque se
limita a aprovechar las opciones y contradicciones de los sistemas legales. Sin
embargo, en un mundo global, más allá de esas contradicciones y agujeros, que
también existen, podemos observar dos cosas. Primero, que la mayor parte de las
operaciones de elusión fiscal se hacen en franca colisión con el espíritu de la
ley. Segundo, que, dado que varios Estados emplean sus sistemas fiscales como
mecanismos de atracción de capitales y para hacer florecer los negocios de
gestión de patrimonio, y puesto que algunos gobiernos de otros países tratan de
favorecer a sus capitalistas nacionales (para que puedan trasladar sus
capitales y patrimonios allí donde más les favorezca, aunque sea a otro país)
estos están, en la práctica, contribuyendo a un mecanismo de elusión global que
no es otra cosa que una “forma de evasión orquestada por los Estados”. Eso,
cuando no sucede, como en el caso de Ramón Fonseca en Panamá, que al mismo
tiempo que codirigía el bufete con Jürgen Mossack, sobre el que se produjo la
conocida filtración, y que operaba con criminales y evasores de toda calaña
para sus negocios off-shore, es un líder político y asesora o incluso ayuda a
redactar leyes en Panamá. Un auténtico pirata con patente de corso…
Ni que decir tiene que, frente a esta historia de
trato desigual, e incluso de reconfiguración moderna de una aristocracia global
que disfruta en la práctica de una exoneración tácita de sus obligaciones
fiscales, también hay una experiencia, y sobre todo un potencial, en la que los
sistemas fiscales han hecho posible la conformación de presupuestos públicos.
Estos son medios imprescindibles para el desarrollo de políticas y bienes
públicos así como de derechos sociales. Por eso, ante los que miran con recelo
a los impuestos, o incluso justifican comportamientos de fraude, a veces hasta
bien razonados en base a lo injusto de los regímenes fiscales, cabría decirles
que de lo que se trata no es de replicar las conductas de esos pocos
privilegiados, sino de volcarse con todo el ímpetu político a reclamar una
reforma del modelo para haya justicia fiscal, para que lo se recaude se haga en
base a la capacidad económica, y que contenga un esquema que haga posible la
redistribución y para que haya medios que materialicen los bienes y servicios
públicos necesarios.
2.1.
El régimen fiscal injusto existente en el Estado
español.
Las haciendas modernas, siendo el caso también en el
Estado español, siguen contando con esquemas fiscales alejados de lo que puede
considerarse justo.
El régimen fiscal es claramente regresivo. El
sistema fiscal español trata a las diferentes fuentes de ingresos de manera
desigual. Considerando el salario mediano (unos 19.466 euros anuales),
siguiendo al INE, y el más frecuente
(16.498) en España, eso quiere decir que la mayoría de los trabajadores aportan
el 24% de carga fiscal, si bien el salario medio (23.106), que no es el más
representativo, ya entra en el tramo del 30%, todos por encima del trato del
ahorro, entre el 19 y el 23%. Las empresas pagan por sus beneficios en el
impuesto de sociedades un tipo general del 25% desde la reforma de 2016, antes
lo hacían al 30%. Sin embargo, lo que importa es el tipo efectivo, una vez
aplicadas deducciones y otras ventajas fiscales. El tipo efectivo aplicado a
las personas asalariadas en el Impuesto de la Renta se encuentra algo por debajo
del 15%. Descontadas deducciones y otras ventajas, las grandes empresas pagan
la mitad por sus beneficios, un 7,3% efectivo, las PYMEs el 12,2%. En suma, el
tratamiento fiscal es muy desfavorable para el mundo del trabajo.
Con datos de 2017 simplemente convergiendo con la
presión fiscal de la Eurozona para 2015 (41,4% del PIB), en tanto que en España
se encuentra 6,8 puntos por debajo, se podrían recaudar 75,5 mil millones más,
algo que podría subsanar muchas carencias de nuestra economía y que potencialmente
podría crear 3,7 millones de puestos de trabajo, lo que prácticamente
erradicaría el paro en España.
Según la Agencia Tributaria los datos de recaudación
global de 2016 se calculaban en 186.249 millones de euros. El IRPF representaba
el 38,8% del total; el Impuesto de Sociedades, con el 11,6%, recaudó hasta
21.678 millones. Entre los impuestos más regresivos estarían ya los indirectos,
como el IVA, que representó el 33,7%, en relación a los principales impuestos,
y recaudó 62.845 millones. Los impuestos especiales ingresaron 19.866 millones,
el 10,6% del montante de las arcas públicas centrales. Vale decir, el peso
fundamental de la recaudación recae en el IRPF e IVA donde las aportaciones de
la población asalariada y consumidora son centrales.
Evolución de
los ingresos tributarios en la última década
Fuente:
Gestha a partir de la AEAT (datos en millones de euros)
En 2017, según el Ministerio de Hacienda y su
previsión en los presupuestos generales del Estado, la recaudación llegaría a
los 200.963 millones de euros. Sin embargo, Gestha
(2018), precisamente atribuyendo a la fuerte caída de la recaudación en el
Impuesto de sociedades -un 50% desde 2007- y a la baja en la recaudación del
IVA, considera que el cálculo del Gobierno está sobreestimado, y que realmente
fue de 194.500 millones. También implica que ni siquiera llegamos a la
recaudación normal de antes de la crisis, al ser más baja que en el 2007. Como
diría el economista Carlos Sánchez Mato, los analistas neoliberales defienden
que la recaudación sigue la curva de Laffer, en virtud de la cual bajando
impuestos, las Administraciones Públicas pueden recaudar más. Gestha, pero
también la Comisión Europea, ha estimado que la reforma fiscal del PP, lejos de
contribuir a mejorar la recaudación, ha mermado los ingresos tributarios, más
de 12.400 millones en 2015 y 2016, que sería una medida equivalente a los recortes
realizados entre 2009 y 2016 en la Sanidad Pública, y que previsiblemente
producirán nuevos ajustes.
Sin duda alguna, la reforma fiscal regresiva de 2016
del PP, que reducía el tipo del impuesto de sociedades -y que entre 2007 y 2017
ha supuesto ingresar 22.000 millones de euros de menos, según Gestha-, cuando
en 2010 y 2012 se habían aumentado los del IRPF e IVA (que pagamos trabajadores
y consumidores) no puede conllevar más que disgustos a la mayoría social,
aunque suponga un alivio para las grandes empresas.
2.2.
Fraude y Evasión fiscal en España.
Las autoridades fiscales en España apenas detectan
el 25,42% de la evasión fiscal, para 2015. El número de informes por
inspecciones realizadas entre 2005 y 2015 cayó un 57%, posiblemente por la
falta de personal y medios. La plantilla de la AEAT, apenas tiene un empleado
por cada 1.928 contribuyentes, algo que contrasta con la situación de Francia
que tiene uno por cada 860.
La mayoría de las inspecciones fiscales focalizan su
actividad en los pequeños productores, como son las pequeñas empresas y
autónomos. Los que cuentan con una nómina no tienen otra opción que hacer su
declaración fiscal. Mientras, a las grandes empresas se les da manga ancha.
La razón es que el fraude se produce en un lugar
distinto al que se mira. Según Gestha, el 71,8% del montante del fraude fiscal,
con datos de 2009, unos 42,7 mil millones de euros, puede atribuirse tanto a
las grandes empresas -que facturan más de 6 millones de euros anuales- como a
personas acaudaladas, a las que se persigue muchos menos que al común de los
mortales. En suma, el gran fraude se debe, entre las corporaciones privadas, a
41.582 grandes empresas, mientras que a las PYMEs sólo les es atribuible el 17%
del fraude fiscal.
Esta dejación de las autoridades fiscales es fruto
de una mala regulación, un modelo fiscal regresivo y una gestión sesgada
aplicada por el Gobierno, para favorecer a ciertos núcleos minoritarios de la
sociedad.
Más inaceptable aún fue, si cabe, la Amnistía fiscal
aplicada por Montoro en 2012. Como sabemos, fue recientemente declarada
inconstitucional. Si bien la sentencia no ha tenido efectos prácticos. Aquella
amnistía fiscal coincidió con una serie de filtraciones y casos de corrupción
jugando un papel para dar salida a los que no querían correr el riesgo de salir
en los papeles (como luego sucedió en los Papeles de Panamá, por ejemplo con el
exMinistro José Manuel Soria, entre otros), y que benefició a 31.500
personas. Sólo la filtración de los
Papeles de la Castellana pudo haber causado cierto perjuicio en la imagen de
determinados personajes. Aquella amnistía, que apenas exigía un tipo nominal
del 10% de lo declarado, al final sólo exigió el 3% efectivo de lo declarado,
dadas las cantidades perdonadas. Por lo demás, apenas permitió regularizar la
mitad de lo previsto, unos 1200 millones de euros.
Cabe preguntarse hasta qué punto España es un
paraíso fiscal - o un infierno, desde el punto de vista de lo que debiera ser
un buen uso de los sistemas fiscales-. A este respecto, la figura de las
Entidades de Tenencia de Valores Extranjeros (ETVE), promocionada por el
Instituto de Comercio Exterior, es sumamente ventajosa para la inversión
extranjera -la mitad de la inversión extranjera escoge este vehículo-, a la que
se busca atraer, aunque parece que no con el éxito con que lo logra los Países
Bajos. Se trata de un tipo de sociedad holding cuyo atractivo es que los
inversores no pagan impuestos ni por los dividendos, ni por las ganancias de
capital procedentes de sus filiales en el extranjero. No suele ser inversión
productiva ni genera empleo. Y, en última instancia, es también aprovechada por
empresas españolas que, tras una reforma del gobierno de 2014, tras haber
llevado su dinero a paraísos fiscales luego lo traen de vuelta, disfrutan de
una nueva exención sobre los dividendos y plusvalías.
Otra figura digna de un régimen fiscal que
privilegia a las grandes fortunas son las SICAV. Se trata de un instrumento
financiero que permite invertir dinero y diferir el pago anual de impuestos,
como otros fondos de inversión, a través de la creación de una sociedad anónima
cuyo objeto social sea invertir en activos financieros. Mediante este
instrumento los accionistas, que tienen que ser al menos 100 -aunque es
frecuente que haya unos pocos principales y el resto aporten una porción menor-
y cuente con 2,4 millones de euros de capital, tributan por las plusvalías una
vez materialicen estas, sea repartiendo dividendos o vendiendo las acciones.
Como los fondos de inversión, cuentan con una tributación para los rendimientos
y plusvalías de la sociedad del 1 % y entre el 21 % y el 27 %
para las ganancias patrimoniales de los socios.
También resulta digno de destacar la figura de las
SOCIMIs que son entidades inmobiliarias, que disfrutan de un régimen fiscal
escandalosamente favorable para sus inversores, y que representan un vehículo
para beneficiarse enormemente de la miniburbuja inmobiliaria creada en estos
últimos años, y que replica viejos vicios de la bien conocida que se produjo en
la primera década de los 2000.
Las multinacionales españolas también se desenvuelven
en el marco internacional aprovechando la arquitectura que privilegia a las
grandes corporaciones transnacionales. Algo al alcance de muy pocos. La
totalidad de las grandes empresas españolas, cuya máxima expresión son las 35
entidades que cotizan en el IBEX, cuentan con filiales en jurisdicciones
off-shore o paraísos fiscales. Según Oxfam
Intermón, en 2016 se produjo hasta un incremento adicional del 44%
de la presencia de empresas del Ibex-35 en guaridas fiscales, con un total de
891 filiales instaladas allí, destacando el Banco Santander con 235 y ACS con
113. Pero también Iberdrola, Abengoa, BBVA, etc... Tan sólo en la
jurisdicciones off-shore de Delaware, en EEUU, había 417 filiales, el 47% del
total, siendo su guarida preferida.
Este comportamiento es extensible a todas las
grandes multinacionales globales, como Google, Apple, Starbucks, McDonalds,
Fiat o Ikea cuya gestión fiscal de su rentabilidad se vertebra a partir de
mecanismos de precios de transferencia y préstamos intra-grupo, que les permite
aflorar sus beneficios allí donde menos carga fiscal les reporta. Las grandes
auditoras, especialmente las Big 4, se encargan de avalar públicamente sus
balances empresariales, dando fe de su veracidad y legalidad, al tiempo que les
asesoran para adaptar sus esquemas contables privados para minimizar sus costes
fiscales, sorteando el espíritu de la ley, lo que constituye un flagrante conflicto
de intereses. La planificación fiscal que se pergeña incumple el espíritu de la
ley ajustándose, sin embargo, a los agujeros en su redacción. Redacciones que,
no pocas veces, han sido realizadas bajo la asesoría de expertos vinculados a
estos intereses privados...
3. Papeles de Panamá: Contra el capital líquido.
Entre 2016 y finales de 2017 participamos en el Parlamento Europeo en la
Comisión de Investigación de los Papeles de Panamá, uno de los casos en los que
se filtró cierta documentación sobre diversas jurisdicciones fiscales
reconocidas como “guarida fiscal”. La Unión Europea se ha visto empujada a
abrir esta comisión parlamentaria ante un escándalo que, podría ofrecer
información adicional y concreta, de un fenómeno que, por desgracia, convive
con nosotros desde hace tiempo y que forma parte sistémica de los fundamentos
del capitalismo líquido de nuestra época.
Conviene señalar que muchas de estas comisiones se abren para “hacer como
que se investiga”. Nosotros lo venimos denunciando, porque, al fin y al cabo,
de los más de 11 millones de documentos filtrados, a bien pocos se nos dio acceso,
dada la clasificación secretista que se les confiere a la mayoría de los
papeles sensibles, y la dificultad de acceso que se brinda a los mismos.
También hay otras razones para esta obstaculización. Una fue la falta de
voluntad política de la Comisión Europea que antepuso numerosas restricciones.
Otra es que los periodistas que disponen de ella se verían perjudicados, y
podrían ser denunciados, si filtran algo que perjudique a personas o empresas
específicas. Algo que se resolvería si hubiese realmente una protección para
los “whistleblowers” (denunciantes) a día de hoy inexistente.
Conocer la realidad se consigue a fuerza de conocer sus resistencias. Esas
resistencias se han presentado no sólo como distracciones burocráticas y
secretistas. Sobre todo han cobrado forma de ping-pong, donde unos y otros se
escabullen de su responsabilidad apelando a su “incompetencia legal”, echando
la pelota a otro tejado. Muchos dirán que la UE no tiene la regulación ni los
medios apropiados, la UE dirá que cuenta con la regulación apropiada y que
algunos Estados Miembros no la aplican, y los Estados Miembros involucrados
señalan que ellos tan sólo juegan con la regla universalizada en el capitalismo
global que hace de la competitividad fiscal una ventaja comparativa. Cabe decir
que no es cierto que las regulaciones europeas sean las adecuadas. Aunque nos
tememos que sí es cierto que muchos Estados Miembros no aplican ni siquiera los
mínimos recomendados. Y aun así esto no encierra toda la verdad.
El capital circula como el agua y las regulaciones equivaldrían a algo así
como la arquitectura de una piscina. No resulta admisible que nos digan que el
fondo está en general bien cimentado. Basta con un pequeño agujero para que,
dicha excepción, se convierta en norma de escapatoria del agua. El agua se irá
toda por ahí si el fondo es plano. Eso es precisamente lo que sucede con la
arquitectura fiscal para el capital.
Ahora bien, en el contexto de que el capitalismo necesita y emplea el
Estado para ordenar la economía y la sociedad, los sistemas fiscales siguen
requiriendo ingresos. Pero eso, la renta recibe un tratamiento, cuanto menos,
dual, como la luz en tanto que onda-corpúsculo. Por un lado, cuando la renta
procede de actividades productivas del mundo del trabajo o de la generación de
valor de pequeños productores, lo tiene francamente difícil para escapar al
fisco y, entonces, adopta la forma de corpúsculo, sólida. Pero cuando los
ingresos proceden de rentas financieras o como beneficios extraídos a los
productores o trabajadores, se comporta como el agua, como la onda que se
escapa. En suma, el dinero sólo se hace capital, y entonces líquido, cuando se
agrupa en grandes cantidades. Esto sólo está al alcance de grandes
corporaciones y grandes fortunas. Y, entonces sí, no sólo se encuentra en el
camino un sinfín de rendijas por las que fugarse, sino con una diversidad de
servicios estructurados de optimización fiscal, numerosos actores
intermediarios que hacen negocio, y una variedad importante de mercados con su
propia área de influencia geoestratégica.
3.1.
Mercado
mundial de Guaridas Fiscales
Según la Conferencia de las Naciones Unidas sobre
Comercio y Desarrollo (Vazquez y Soria, 2016), más del 30% de la inversión
mundial en 2015 se realizó a través de paraísos fiscales o centros de inversión
extraterritoriales. Stiglitz
afirmó el pasado día 16 de Noviembre en el Parlamento Europeo que presenciamos
un régimen fiscal global injusto y detrás de los paraísos fiscales se abre un
sector que se basa en el secretismo para crear una “economía global en la
sombra”.
Así, las
rendijas, en la práctica, dan paso a canales que se dirigen al mercado
internacional de “paraísos fiscales”, con puerta de entrada, grandes potencias
o áreas de países que los amparan, y facilitadores concretos. En 2010, Tax Justice Network
estimaba que entre 21 y 39 billones de dólares se encontraban en forma de
activo financiero en un total de 80 jurisdicciones fiscales off-shore, cifra
que, por supuesto no ha dejado de crecer. Grandes bancos privados transnacionales,
consultores jurídicos y fiscales, directores de paja y entidades pantalla, como
las fundaciones y fideicomisos, que ofrecen servicios de optimización fiscal,
bajo la más estricta confidencialidad, a cambio de un porcentaje y un pacto de
silencio mutuo. Según Intermon Oxfam,
las entidades financieras ostentan un papel
destacado no solo como ayudantes para crear sociedades pantalla, sino como
principales benefactoras de la creación de filiales en estos territorios off
shore. Esas tramas cuentan con polos o alianzas geoestratégicas de gobiernos
cómplices que amparan dichas prácticas con subterfugios o vacíos legales
tolerados, que se refuerzan con situaciones de descoordinación o competencia
regulatoria “a la baja” entre países, o, en su defecto cuando sí hay cierta
armonización, una ausencia de organismos de control o inspección para hacer
cumplir la ley. Cuando los hay, operan con pocos o inadecuados recursos, con
objetivos secundarios que procuran distraer o legitimar prácticas detestables,
o trabajan con poderes limitados con el efecto evidente de dejar hacer.
Estas
estructuras ya no son meros vacíos, sino estructuras sólidas que operan en el
margen de la ley, cuyo origen está en el beneficiario o propietario real del
capital, sigue con los gestores financieros de la gran banca en la sombra,
continua con los diferentes gabinetes hasta llegar a las jurisdicciones
fiscales finales. Ahora bien, hay diferentes mercados a los que se puede
llegar. De hecho, los polos de generación de esas tramas se originan en
diferentes áreas de mercado de capitales, que pueden tener amparo sea en el
polo asiático, europeo, británico –que cuenta con las dependencias de la
corona- o americano, si bien, siendo estos los principales, la clasificación
está por definir.
En suma,
no sólo hay una trama para favorecer estos canales offshore, sino que también
estas estructuras offshore compiten entre sí. Nikolas
Stolpkin (2016), advertía que la filtración de los Papeles de
Panamá vertía “información [que] fue obtenida de
una fuente anónima, (…) [publicada] por el diario alemán Sueddeutsche Zeitung y
que, para procesar tamaña cantidad de información, fue compartida benévolamente
con el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (International
Consortium of Investigative Journalists – ICIJ), creada en 1997 por iniciativa
del Center for Public Integrity, [financiada por] Rockefeller Brothers Fund,
Rockefeller Family Fund, Open Society Foundations, Ford Foundation, Carnegie
Corporation of New York, etc.”. Esto es, instituciones ligadas a George Soros y
la CIA, especialmente. Según Stolpkin, el propósito podría poner en
dificultades políticas a algunos adversarios de EEUU, pero, fundamentalmente,
de lo que se trataba era de señalar que hay algunos destinos inseguros en el
mercado mundial de paraísos fiscales, para propiciar, una vez que EEUU no
quiere acatar ni siquiera las mínimas normas de intercambio de información
planteadas por la OCDE (CRS o Norma de Información Común), que los capitales
afluyan a los propios paraísos fiscales de la superpotencia norteamericana[2].
3.2.
Problemas de
regulación internacional y, por supuesto, europea.
Más allá
de competencia de estructuras de negocios offshore, en la que EEUU y Reino
Unido operan con un mayor abuso si cabe que otros, la UE también cuenta con sus
propias estructuras offshore y un entramado regulatorio cuyos desniveles,
permisividades, y estímulos en la sombra potencian este privilegio que de facto
beneficia sólo a los grandes capitales, rentistas y familias más ricas, en
perjuicio de las mayorías productivas.
En
2015, Antonio
Fuertes Esteban, de ATTAC,
señalaba que “La Unión Europea se ha construido como espacio financiero sin
fronteras y sin autoridad reguladora como tal, por lo tanto descontrolado“,
sorprendiendo que el BCE no tenga ni competencias para actuar en la materia.
Así, la UE “permite a 3 paraísos fiscales en su seno y no regula su relación
con los otros 7 territorios paraísos fiscales del espacio económico europeo,
manteniendo con ellos acuerdos económicos y comerciales preferenciales mientras
que estos compiten deslealmente con los demás países de la UE.“
Los países
apenas desarrollan registros que identifiquen debidamente a los beneficiarios
reales, facilitando su anonimato o contando con “testaferros”. De existir esos
registros, se carece de una coordinación internacional que permita el
intercambio adecuado de información.
Al amparo
de este tolerado funcionamiento en la sombra, nos encontramos operaciones más
oscuras. Se trata del lavado de dinero, el narcotráfico y el terrorismo. Nos
llama la atención que los poderes públicos no hayan tenido gran problema para
seguir la pista de terroristas, pero no empleen sus instrumentos para acabar
con estas prácticas e identificar a los responsables, culpables y cómplices
necesarios de los mecanismos globales de evasión fiscal[3].
Por otro
lado, también hay Estados Miembros, más allá de los propios paraísos presentes
en el Espacio Económico Europeo (Luxemburgo, Suiza, Mónaco, Gibraltar, Andorra,
etc…), que encajan en la figura de “semiparaíso fiscal” como son, por ejemplo,
los casos de Holanda, Irlanda o Bélgica, y son consecuencias y beneficiarios de
la devaluación fiscal que como estrategia se sostiene en el marco del Espacio
Económico Europeo.
Un informe de Intermon Oxfam[4], observaba que el 66% de la inversión extranjera en España, en 2015, llegaba desde
paraísos fiscales, algo propiciado porque los beneficios obtenidos fuera apenas
están obligados a tributar. Asimismo, las
empresas del IBEX-35 contaban con 891 filiales en paraísos fiscales ya en 2014,
destacando el Banco de Santander entre las empresas españolas, con 235 filiales.
4. ¿Qué se puede
hacer?.
Numerosas
organizaciones internacionales y economistas, como Joseph Stiglitz, ponen el
acento en desarrollar standards internacionales para mejorar
la cooperación e intercambio de información entre autoridades nacionales, identificando
a los auténticos beneficiarios de las tramas offshore mediante registros
públicos. También se propone que se supervise a los múltiples intermediarios, o
que se modifique la regulación de las entidades fiduciarias que no están
obligadas a declarar a los beneficiarios reales (los que aportan fondos a las
mismas, cuando lo hacen en un porcentaje inferior al 25%) así como establecer
medidas para la protección de los denunciantes (whistleblowers). Esta es la retahíla de medidas al uso que se
proponen en los medios convencionales que, siendo necesarias, sin duda,
resultan aún con todo insuficientes.
Para
nosotros resulta crucial ir a la raíz de los problemas. En primer lugar, aislando a los paraísos fiscales y
sancionando a quienes operan en ellos, investigando a la gran banca y los
intermediarios cómplices que aprovechan el secreto bancario –que habría
eliminar-, no siguen prácticas normativizadas de diligencia debida y hacen de
la evasión fiscal un negocio. En segundo lugar, todas estas iniciativas deben
conjugarse en el camino hacia un modelo internacional en el que se armonice la
fiscalidad internacional, aspirando a una reforma fiscal progresiva favorable a
las clases populares. Más concretamente, además, parece imprescindible
desarrollar y aplicar una normativa contable homogénea que obligue a las
empresas multinacionales a presentar información económica relevante
estructurada por su base de negocio y de actividad real por país, para tributar
en cada territorio en base a la presencia de personal, capital físico y
beneficios efectivos extraídos en el mismo, evitando el abuso a los precios de
transferencia.
El problema de la evasión fiscal tiene solución,
pero no la tendrá mientras los lobos estén al mando del gallinero. Es necesaria
otro gobierno y otra política para superarlo, y también un marco internacional
que lo facilite.
Para empezar podemos sugerir algunas medidas que
convendría poner en pie:
A escala, cuanto menos, europea:
a) Necesitamos una lista de paraísos fiscales, que
favorecen el dumping fiscal o el secretismo, y que no cooperan fiscalmente, que
no sea a la carta, que incluya también las jurisdicciones con baja tributación.
b) Se requiere de una aplicación de sanciones
financieras y comerciales a las jurisdicciones que incumplan en Europa. Muy en
particular, en el espacio europeo, Suiza, Luxemburgo y diversos territorios
dependientes de la Corona Británica, así como la exigencia de un impuesto de
sociedades europeo que no sólo armonice las bases imponibles[5],
sino que se aplique con retenciones fiscales en origen, y establezca un tipo
mínimo efectivo a escala europea que impida el dumping fiscal permanente, como
el que realizan Países Bajos o Irlanda, así como otros pequeños territorios
vinculados indirectamente con la Unión Europea (Liechtenstein, Andorra, Mónaco,
etc...).
b) Eso implica establecer mecanismos de control del
movimiento de capitales, comenzando con el seguimiento de las transacciones que
tengan repercusión fiscal. Un primer paso es generalizar el intercambio
automático de información fiscal en toda Europa al mismo tiempo (y no de manera
desigual, como es lo que puede producirse pronto), y establecer retenciones
fiscales equivalentes al tipo mínimo efectivo deseable (que debiera comenzar
por un 25%) en las transacciones que salgan fuera de la Unión europea.
c) También comporta establecer una regulación global
sobre los facilitadores de los negocios offshore,
comenzando por la banca, las auditoras, los bufetes de abogados y de
contabilidad que viven del negocio de la gestión patrimonial, la apertura de
empresas o la asesoría fiscal, obligando a contar con una licencia para operar
que, de no rendir cuenta de su responsabilidad de elaborar informes de
transparencia y responder a los criterios de diligencia debida, debiera ser
retirada.
A este respecto, las medidas que la Comisión europea
piensa poner en marcha son insuficientes o son problemáticas. De todos modos,
coincidimos que desarrollar un registro de beneficiarios últimos de todas las
empresas, que incluyan a fundaciones y entidades fiduciarias, o la armonización
de la base imponible del impuesto de sociedades y los informes país por país,
forman parte de la solución. Pero las medidas de transparencia por sí solas no
son suficientes, sin un cuerpo de inspección y sanciones disuasorias efectivas,
y el impuesto de sociedades en su armonización necesita elementos en su diseño
adicionales, que introduzca progresividad, retenciones fiscales en origen, y un
tipo mínimo efectivo (que no de manga ancha a deducciones con dudosa utilidad). Ni que decir tiene que Europa necesita una
reforma también de los recursos que nutren el presupuesto europeo, y eso supone
proponer un modelo de contribuciones nacional que tenga tanto el peso de cada
economía como su renta per cápita, un impuesto de sociedades europeo armonizado
y al alza, una ecotasa, o un impuesto sobre las transacciones financieras, o un
impuesto sobre las grandes fortunas.
d) Frente a las palabras, los whistleblowers (delatores) y periodistas de investigación deben
gozar de derechos equivalentes a la protección de defensores de derechos
humanos, mediante un organismo público que tramite ágilmente sus denuncias con
sigilo.
A nivel estatal:
1) Es preciso impulsar una fuerte reforma fiscal
que, sin necesidad de aumentar la presión fiscal en un primer periodo,
modifique el peso de los impuestos y su regresividad. Debiéramos contar con una
reducción del impuesto del IVA, sobre todo para los bienes de primera necesidad
y los culturales, más tramos que den mayor progresividad al IRPF, un incremento
del tipo efectivo del Impuesto de Sociedades eliminando la mayoría de sus
deducciones, y el restablecimiento del impuesto de patrimonio a escala estatal,
a partir de un mínimo exento de 300.000 euros, con un tipo adicional para
tramos superiores.
2) Necesitamos un cuerpo de inspectores fiscales que
puedan realizar su cometido, lo que supone dotar de más medios y personal a la
Agencia Tributaria, así como dotar de medios especializados para el seguimiento
de la evasión fiscal más sofisticada o de aquella vinculada al crimen
organizado.
5. Bibliografía
Albarracín,
Daniel (2012) “¿De qué
mercado y estado me hablas?: los fundamentos del capitalismo y
las nuevas políticas de la burguesía” Nuestra
bandera: revista de debate político, ISSN 1133-567X, Nº. 231, 2012, págs. 71-75
Coase,
Ronald (1937). "The Nature of the Firm". Economica.
Blackwell Publishing
Harvey, David
(2003). The New Imperialism. Oxford University
Press.
Fuertes
Esteban, Antonio (2015) “Los paraísos fiscales europeos, al servicio de las
corporaciones globales.”
http://www.attac.es/2015/01/26/los-paraisos-fiscales-europeos-al-servicio-de-las-corporaciones-globales/
Laffer, Arthur (2004)
"The Laffer Curve: Past, Present, and Future," Heritage
Foundation Backgrounder No. 1765
Obermaier y Obermayer (2016) Los papeles de Panamá. El club mundial de los evasores de impuestos. Península Realidad. pág. 239
Ramsey, F. (1927). “A
contribution to the theory of taxation”. En: Economic Journal, 37, p.47-61.
Shaikh, Anwar (2016) Capitalism:
Competition, Conflict and Crisis New York, NY : Oxford University Press
Stolpkin, Nicolas (2016) “La jugada maestra detrás de la operación Panama Papers”. http://www.attac.es/2016/04/30/la-jugada-maestra-detras-de-la-operacion-panama-papers/
Vazquez, Orencio y Soria, Eduardo, (2016) “¿Cuáles son los paraísos fiscales más usados por las empresas del IBEX35?” http://www.nuevatribuna.es/articulo/consumo/rsc/20160913174641131707.html
Zucman, Gabriel (2013) La richesse cachée des nations. La République des idées
[1] Como dijo una vez con orgullo, la esposa del
multimillonario Harry Helmsley, Leona Helmsley, que luego fue condenada por
evasión fiscal (Obermaier y Obermayer (2016)
Los papeles de Panamá. El club mundial de los evasores de impuestos. Península Realidad. pág. 239).
[2] Según
Intermon Oxfam, en 2014 los paraísos fiscales más usados por las empresas
españolas del IBEX35 son: EEUU Delaware: 417, Holanda: 131, Irlanda: 65,
Luxemburgo: 55, Hong Kong: 27, Suiza: 25, Islas Cayman: 23 y Uruguay: 22.
[3] Sally
Burch señalaba en 2012 que a nivel mundial, “la
pérdida en términos tributarios es también enorme: teniendo en cuenta las
ganancias no declaradas que han generado estas inversiones offshore desde 1970, la pérdida en los últimos
40 años podría alcanzar alrededor de 3,7 billones de dólares”.
Recordemos que para España, en 2015, el 58% de la inversión que llegó lo hizo a través de
Holanda y Luxemburgo. http://www.attac.es/2012/11/08/los-paraisos-fiscales-y-la-fuga-de-capitales/
[5] Uno
de los grandes hitos que lograría la regulación sería la tasación unitaria, a
cuyo propósito puede contribuir la armonización de las bases imponibles en
materia del Impuesto de Sociedades (sobre los beneficios), lo que en la jerga
europea se llama el CCCTB. Esta exigiría un tratamiento fiscal único a todo un
mismo grupo empresarial, más allá de la independencia formal de las empresas
que lo compongan. A partir de ahí, la recaudación en cada país ha de seguir una
regla de distribución que ponderaría el peso de la presencia de empleados,
salarios y ventas atribuibles en cada país. Este tipo de medidas vacunan en
gran medida contra el abuso de los precios de transferencia entre las
contabilidades intragrupo transnacionales.
Numerosos países han avanzado en la aplicación y
realización de los Informes país por país, que es un prerrequisito para
disponer de información para el tratamiento fiscal completamente imprescindible
para una armonización en la materia. Sin embargo, aún no se ha generalizado, y
sin contar con esta información adelantar esta regulación puede ocasionar
varios problemas serios. La armonización de las bases fiscales sobre lo que ha
de gravarse es una iniciativa positiva e importante. Pero cuando no se puede
determinar esas bases con cierta precisión pueden ocasionarse vacíos que
causarán problemas de evasión o elusión fiscal. De tal manera que la aplicación
de esta nueva regulación debe exigir a todos los países la realización de
dichos informes de país. De hecho, un problema existente es que la regulación
puede dejar dos vacíos muy importantes.
El primero, es que al no poder regular esta
determinación de las bases imponibles fuera de la UE, muchas empresas podrán
abrir sedes en terceros países, lo que puede generar una oleada de evasión de
capitales por esta vía. El segundo, es que muchas regulaciones permiten que las
pérdidas de un año puedan ocasionar descuentos fiscales en años posteriores,
transfiriendo en el tiempo la obligación fiscal. La regulación aún no ha
abordado como resolverlo.
De manera adicional, nosotros consideramos que la
regulación y armonización europea de impuesto de Sociedades es fundamental, no
sólo en su base imponible, sino también en el avance hacia un tipo mínimo
efectivo europeo, que aunque admita limitadas desgravaciones tengan un peso
máximo equivalente en todos los países europeos.
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