Daniel Albarracín, sociólogo y economista.
Recientemente, la revista de economía crítica "Números Rojos", por cierto de gran calidad, me entrevistaba Peggy Martinello sobre las Auditorías ciudadanas sobre las deudas. En el número 4, publicado el 17 de Octubre de 2012, aparece un artículo ("Tú gastas...¿yo pago?, pág. 66-69) en el que se reflejan algunos de las opiniones que les facilité dentro de un texto más largo muy recomendable. En este post os incluyo el conjunto de preguntas que me plantearon y las contestaciones que les dí. Espero que os sea de utilidad.
A- La deuda en
España
1. ¿Se puede evaluar la parte ilegítima de la
deuda española? ¿De donde proviene?
Acerca de la categoría deuda
odiosa hay un reconocimiento en tratados internacionales, y experiencias
históricas, en la que
Estados soberanos han declarado el impago de deudas
contraídas en condiciones de corrupción, para finalidades de guerra que
beneficiaban a los acreedores o a los dictadores que lo solicitaban, etcétera. En
cambio el término deuda ilegítima no tiene un amparo legal, pero sí unas bases
éticas y políticas fundadas en criterios de justicia.
La deuda ilegítima puede
originarse por diferentes vías, entre las cuales pueden destacarse las
siguientes, en base a diferentes dimensiones del problema:
